Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DEBE DECIR:
SECCION MORDAZA INFORMACION PUBLICA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

DECLARACION JURADA DE INGRESOS Y DE BIENES Y RENTAS LEY Nº 27482 DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD ENTIDAD DIRECCION EJERCICIO PRESUPUESTAL DATOS GENERALES DEL DECLARANTE DNI / CI APELLIDO MORDAZA APELLIDO MORDAZA NOMBRES OPORTUNIDAD DE MORDAZA (Marcar con una X la correspondiente opcion) AL INICIO ENTREGA PERIODICA AL MORDAZA DECLARACION DEL PATRIMONIO RUBROS DECLARADOS INGRESOS MENSUALES* BIENES** OTROS*** Nota: * Incorpora el total del valor del rubro I de la Seccion Primera ** Incorpora el total del valor de los rubros II y III de la Seccion Primera *** Incorpora el total del valor de los rubros IV y V de la Seccion Primera OTRA INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/. SECTOR PUBLICO SECTOR PRIVADO TOTAL S/.

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MINCETUR
Declaran nulidad de otorgamiento de buena pro de concurso publico sobre contratacion de servicio de reservacion y suministro de pasajes aereos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 Visto el Expediente Nº 000745, mediante el cual la empresa Domiruth Travel Service S.A.C., interpone recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro en el Concurso Publico Nº 002-2004-MINCETUR/CE "Contratacion del Servicio de Reservacion y Suministro de Pasajes Aereos". CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, llevo a cabo el Concurso Publico Nº 002-2004-MINCETUR/CE "Contratacion del Servicio de Reservacion y Suministro de Pasajes Aereos", en el cual se otorgo la Buena Pro a la empresa Travel Time S.A., ocupando la apelante el 2do. Lugar; Que, Domiruth Travel Service S.A.C., interpone recurso de apelacion contra la Buena Pro otorgada, dentro del plazo de ley y cumpliendo las formalidades exigidas para el efecto;

Que, fundamentando su apelacion la empresa impugnante afirma que la ganadora de la Buena Pro, Travel Time S.A., no oferto una cantidad especifica de pasajes libres de pago, que permitiera al Comite Especial correspondiente calificar el Factor "Promociones y Beneficios Adicionales" de su Propuesta Tecnica; asimismo, afirma que oferto un boleto libre de pago por cada 20 pasajes nacionales, asi como uno libre de pago por cada 30 pasajes internacionales, en ambos casos condicionados a que estos MORDAZA utilizados en las rutas de una misma aerolinea. Por tanto, la recurrente manifiesta que se puede asumir que el Comite Especial, a efectos de establecer la cantidad especifica de pasajes ofertados por Travel Time S.A, dividio el numero de pasajes que aparece en el Anexo E de las Bases del Concurso, entre el numero de pasajes que deben ser utilizados para tener derecho a un pasaje libre de pago; como resultado de esta operacion la empresa Travel Time S.A., estaria ofertando 16 pasajes nacionales y 5 internacionales, libres de pago, en tanto que Domiruth Travel Service S.A.C oferta 31 pasajes nacionales y 16 internacionales libres de pago; lo que origina una puntuacion y calificacion que difiere de la efectuada por el Comite Especial; Que, por su parte la empresa Travel Time S.A., ganadora de la Buena Pro, al absolver el traslado de la apelacion, sostiene que el puntaje que ha obtenido se justifica por cuanto ha ofertado por cuenta propia 16 pasajes nacionales sin costo alguno, en tanto que la apelante solo ha ofertado 10 pasajes liberados de costo y que en el caso de los pasajes internacionales, ha ofrecido 5 pasajes sin costo alguno, mientras que la impugnante ha ofertado 4. Asimismo, expresa que el ofrecimiento adicional de pasajes libres de costo por Convenios Corporativo con las lineas

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