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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2004 (07/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G38/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de julio de 2004 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Dirección General de Crédito Público ANEXO Entidad: ................................................................................... Dirección: ............................................................................... Nº Teléfono: ................................. Nº Fax: ............................... Correo Electrónico: ..................... ......................................... Item Prestamista Fecha de Finalidad Préstamo en Mon. OriginalFecha Fecha Corte Saldo Adeudado Observaciones Contrato Moneda Monto del Cancelación de Adeudado en Moneda Préstamo del Préstamo Original 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 30-Jun-04 TOTAL Por el presente documento declaro que la información proporcionada es la correcta. ————————————————— ————————————————- Elaborado por VºBº Jefe 12644quier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID WAISMANN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidenciade la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 12690 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G2D/G64/G65/G75/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G79/G20/G73/G69/G6E/G20/G67/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G41/G72/G74/G2E/G20/G31/G31/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G31/G33/G30 DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO OFICIO CIRCULAR Nº 1121-2004-EF/75.23 Lima, 2 de julio de 2004 Señores Entidades del Sector PúblicoPresente Asunto : Infor mación sobre Operaciones de En- deudamiento con y sin Garantía del Go-bierno Nacional.Referencia : Ley Nº 28130 - Art. 11º Tengo a bien dirigirme a ustedes, a fin de referirme a lo dispuesto en el Artículo 11º de la Ley de Endeuda-miento del Sector Público para el año fiscal 2004, LeyNº 28130. Al respecto, el citado artículo señala literalmente que, “Toda entidad del Sector Público que tenga concertadasoperaciones de Endeudamiento, incluyendo aquellas queno cuenten con la garantía del Gobierno Nacional, de-berá informar a la Dirección General de Crédito Públicodel Ministerio de Economía y Finanzas los saldos adeu-dados al cierre de cada trimestre calendario, dentro delos quince (15) días hábiles siguientes al mismo, bajoresponsabilidad del Titular de la entidad u órgano co-rrespondiente”. En tal sentido, se recuerda que dicha norma involucra a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, EmpresasPúblicas, Empresas de Saneamiento Municipal, CajasMunicipales, etc., que hayan celebrado operaciones deendeudamiento con o sin el aval de la República; por tanto,todas estas entidades deberán reportar la información delos saldos adeudados al 30 de junio del 2004 y sucesiva-mente al cierre de cada trimestre, según formato adjunto, ala siguiente dirección: Ministerio de Economía y Finanzas, Jr. Junín 319 - Lima 1Telefax: 01 426 8500 Cualquier información adicional, sírvase contactar con la Sra. Gladys Huarancca a los teléfonos 427-2951,427-7872 o correo electrónico: ghuarancca@mef.gob.pe Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi consideración. Atentamente, FÉLIX JIMÉNEZ Director General de Crédito Público