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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G39/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de julio de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 480-2004-MTC/02 Lima, 25 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es-tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las dis-posiciones establecidas en el citado Convenio y en los están- dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 479/ 06/04, de fecha 7 de junio de 2004, en el marco del Procedi- miento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), es-tablecido en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los che- queos técnicos en la aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - Miami - Lima, a sus tripulantes auxiliares Celia Carrasco,Carla Thompson, Karem Zunino, Danitza Ruiz, Miguel Higa, Juan Cattaneo, Silvana Castro, Claudia Cubas, Arturo Ser- vat, Silvana Pino, Gabriela Kahatt, Carla Ramos, Hugo Fio-rini, Ruth Levy, Carlo Lertora, Antonella Pella, José Remar y Patricia Salas, durante los días 10 y 11 de julio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 12711, 12712, 12713, 12714, 12715 y 12716, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramita- ción correspondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes deInspección Nº 0934-2004-MTC/12.04-SDO, 0935-2004- MTC/12.04-SDO y 0936-2004-MTC/12.04-SDO designan- do a los inspectores Lino Roberto Molina Valencia, Merce-des Delpino Aspiazu y Patricia Victoria Mc Callum Luján, respectivamente, para realizar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - Miami - Lima, alpersonal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días 10 al 11 de julio de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos inspectores de la Dirección General de Ae- ronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedanrealizar los chequeos técnicos a que se contraen las Orde- nes de Inspección Nº 0934-2004-MTC/12.04-SDO, 0935- 2004-MTC/12.04-SDO y 0936-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Lino Rober- to Molina Valencia, Mercedes Delpino Aspiazu y Patricia Vic- toria Mc Callum Luján, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 10 al 11 de julio de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nº 12711, 12712, 12713, 12714, 12715 y 12716, abo- nados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por tres inspectores) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 84.72 (por tres inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspecto-res mencionados en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in-forme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Ge- neral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12197 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G69/G6D/G70/G75/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G2D/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D/G74/G61/G72/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G2D /G74/G65/G72/G61/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 500-2004 MTC/02 Lima, 5 de julio de 2004 VISTOS: Los recursos de apelación presentados por el consorcio MABECAR S.A.C. - COMAVI S.A.C. - NEVASUR S.R.L. - MAGESA S.R.L. y por el consorcio ECASUR S.A.C.