TEXTO PAGINA: 18
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G39/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de julio de 2004 RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G61/G64 /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G64/G75/G6D/G20/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C /G22/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G64/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G43/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2004-RE Lima, 2 de julio de 2004 Vista la Hoja de Trámite (GAB) Nº 5230, de 21 de junio de 2004 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Debiendo suscribirse el Acuerdo Constitutivo del "Fondo Mundial para la Diversidad de Cultivos" en la ciudad de Roma, República Italiana; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembrede 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembrede 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:1.- Delegar en la persona del Embajador José Pablo Morán Val, Representante Permanente del Perú ante laOrganización de las Naciones Unidas para la Agricultura yla Alimentación (FAO), las facultades suficientes para sus-cribir ad referendum en representación del Gobierno delPerú, el Acuerdo Constitutivo del "Fondo Mundial para la Diversidad de Cultivos" en la ciudad de Roma, Repú- blica Italiana. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Pablo Morán Val, Representante Perma-nente del Perú ante la Organización de las Naciones Uni-das para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12695/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G2C/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G44/G65/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G73/G72/G61/G65/G6C/G20/G79/G20/G65/G6C /G43/G4F/G4E/G43/G59/G54/G45/G43 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 209-2004-RE Lima, 2 de julio de 2004 Visto el Memorándum (AMO) Nº 124-04, de 8 de junio de 2004, de la Dirección de África y Medio Oriente, delMinisterio de Relaciones Exteriores del Perú; Debiéndose suscribir el "Convenio de Cooperación en Ciencia y Tecnología entre el Ministerio de Ciencia,Cultura y Deporte de Israel y el Consejo Nacional deCiencia y Tecnología (CONYCTEC)" ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembrede 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembrede 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar al Segundo Secretario Waldo Guillermo Ortega Matías, Encargado de Negocios a.i. de la Embaja-da del Perú en el Estado de Israel, las facultades suficientespara que suscriba el "Convenio de Cooperación en Cien- cia y Tecnología entre el Ministerio de Ciencia, Culturay Deporte de Israel y el Consejo Nacional de Ciencia yTecnología (CONYCTEC)" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Segundo Secretario Waldo Guillermo Ortega Matías, En-cargado de Negocios a.i. de la Embajada del Perú en elEstado de Israel. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12696 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicarsus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU