Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2004 (30/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

para la Explotacion de Servicios Publicos, el Registrador trasladara dicho gravamen a la partida del predio. Si el area afectada con la servidumbre es mayor al predio inmatriculado, dicho gravamen permanecera en la partida de la concesion solo respecto al area no inscrita. Articulo Tercero.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del 2 de agosto del ano en curso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 14080

de Identificacion Vehicular a partir del 31 de diciembre de 2004." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 13960

Amplian plazo de suspension de aplicacion de la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 334-2004-SUNARP/SN MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 087-2004-SUNARP/SN publicada el 4 de marzo de 2004, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, el cual regula la inscripcion de los actos y derechos en el Registro de Propiedad Vehicular; Que, en su Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final, vigente desde el 1 de MORDAZA de 2004, establece que los propietarios de vehiculos menores registrados en las Municipalidades desde el 9 de octubre de 1999, deberan solicitar la inmatriculacion de dichos vehiculos ante la Oficina Registral respectiva, con el fin de ser calificados por los Registradores y obtener la Placa Unica Nacional de Rodaje; Que, la Presidencia de la Comision de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la Republica, mediante Oficio Nº 124-2004-CTC-CR del 31 de marzo de 2004 solicito la suspension de la aplicacion de la MORDAZA mencionada Disposicion Transitoria, Complementaria y Final; Que, en atencion a ello, mediante Resolucion Nº 1342004-SUNARP/SN del 31 de marzo de 2004, se suspendio la aplicacion de la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final hasta el 31 de MORDAZA de 2004; Que, al respecto, estando en curso la aprobacion de la Ley que regule el traslado de las inscripciones de vehiculos menores y su acervo documentario de las Municipalidades a la Sunarp, se hace necesario la ampliacion del plazo de suspension de la aplicacion de la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular; Que, el Directorio de la Sunarp, en su sesion del 22 de MORDAZA de 2004, resolvio ampliar el plazo de suspension de la aplicacion de la citada Disposicion Transitoria, Complementaria y Final hasta el 31 de diciembre de 2004; Estando a las consideraciones que anteceden y a la facultad conferida por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliase el plazo de suspension de la aplicacion de la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular hasta el 31 de diciembre de 2004. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 13961

Modifican Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 333-2004-SUNARP/SN MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece las caracteristicas registrables que debe poseer todo vehiculo de acuerdo a su categoria; Que, mediante Resolucion Nº 087-2004-SUNARP/SN publicada el 4 de marzo de 2004, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, el cual regula la inscripcion de los actos y derechos en el Registro de Propiedad Vehicular; Que, en su Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final se dispuso que los datos registrables regulados en el articulo 15º del mismo cuerpo normativo, que comprende las caracteristicas registrables establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, se incorporaran en la Tarjeta de Identificacion Vehicular a partir del 1 de MORDAZA de 2004; Que, la Sunarp viene trabajando en la elaboracion del MORDAZA formato de la Tarjeta de Identificacion Vehicular que permita la verificacion de las caracteristicas registrables, lo que involucra que se efectuen cambios en el Sistema de Informacion Registral del Registro de Propiedad Vehicular a nivel nacional, por lo que es conveniente establecer un MORDAZA plazo de incorporacion de las mencionadas caracteristicas en la Tarjeta de Identificacion Vehicular; Que, el Directorio de la Sunarp, en su sesion del 22 de MORDAZA de 2004, acordo por unanimidad modificar la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, estableciendo como plazo para la incorporacion de los datos registrables en la Tarjeta de Identificacion Vehicular, a partir del 31 de diciembre de 2004; Estando a las consideraciones que anteceden y a la facultad conferida por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, en los terminos siguientes: "Sexta Disposicion.- Datos en la Tarjeta de Identificacion Los datos registrables a que se refiere el articulo 15º del presente Reglamento se incorporaran en la Tarjeta

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