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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2004 (11/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 100 NUEVOS SOLES) conforme a la Nota de Abono emitida por el Banco de la Nación con fecha 13 de fe-brero de 2004; Que, los desembolsos efectuados a favor de la De- fensoría del Policía por las sumas de US $ 16,992.67(DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y67/100 DÓLARES AMERICANOS) y US $ 17,850.81(DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 81/100 DÓLARES AMERICANOS) señalados en los pá-rrafos precitados, constituyen la segunda entrega defondos correspondiente al segundo año, período abril2003 – marzo 2004, con cargo a la donación de £50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 LIBRAS ESTER-LINAS) equivalente a US $ 78,500.00 (SETENTA YOCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERI-CANOS) prevista para dicho período, conforme a laResolución Suprema Nº 0586-2003-IN de fecha 30 deoctubre de 2003 que amplía el presupuesto del Proyec-to PER 01/031 “Apoyo a la Modernización Técnico Ad-ministrativa del Ministerio del Interior”, cuya ejecuciónestá a cargo del Programa de las Naciones Unidas parael Desarrollo (PNUD) con los recursos que transfierala Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Adminis-tración; Que, para la ejecución de la donación recibida as- cendente a US$ 17,850.81 (DIECISIETE MIL OCHO-CIENTOS CINCUENTA Y 81/100 DÓLARES AMERICA-NOS), previamente debe incorporarse al PresupuestoInstitucional del Año 2004 del Pliego 007: Ministerio delInterior de conformidad al artículo 9º, literal a) de la Ley28129, “Ley de Equilibrio Financiero del Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2004”, que autori-za a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a in-corporar en sus respectivos presupuestos, mediante laResolución correspondiente, la mayor disponibilidad delos recursos distintos a las Fuentes de Financiamiento“Recursos Ordinarios” y “Recursos por OperacionesOficiales de Crédito” que se produzcan durante el añofiscal, como es el caso de los recursos que procedende “Donaciones y Transferencias”;Que, el artículo 28º de la Directiva Nº 001-2004-EF/ 76.01 “Directiva para la Aprobación, Ejecución y Con-trol del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacionalpara el Año Fiscal 2004” establece que los recursosprovenientes de Donaciones se incorporan, necesaria-mente, mediante la aprobación de Créditos Suplemen-tarios; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Reglamentode Organización y Funciones aprobado mediante Re-solución Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 007: Ministerio del In-terior para el Año Fiscal 2004, correspondiente a la UnidadEjecutora 001: Oficina General de Administración por lasuma de S/. 61,585.00 (SESENTA Y UN MIL QUINIEN-TOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES),conforme al detalle siguiente: INGRESOS UNIDAD EJECUTORA 001 : OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN3.0.0 : TRANSFERENCIAS S/. 61,585.00 3.1.0 : TRANSFERENCIAS S/. 61,585.003.1.3 : EXTERNAS S/. 61,585.003.1.3.36 : DONA CIONES-REINO UNIDO S/. 61,585.00 ——————— TOTAL INGRESOS S/. 61,585.00 ============ EGRESOSUNIDAD EJECUTORA 001 : OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNSECCIÓN 1 : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 007 : MINISTERIO DEL INTERIOR REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU