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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G32/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ejecutiva Nº 0060-2004- INIA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de mar- zo del presente año, se acepta la renuncia de la ingenieraEyla Clara, Velasco Urquizo al cargo de Director de la Es- tación Experimental Agraria "Andenes" - Cusco; Que, por el Oficio Nº 291-2004-INIA-DE la Dirección Ejecutiva del INIA dispone la elaboración de la Resolución Ejecutiva que permita designar al profesional responsable de la Dirección de la Estación Experimental Agraria "An-denes" - Cusco recayendo la decisión en el ingeniero agró- nomo Víctor, Vásquez Arce; Que, el cargo correspondiente a la Dirección de la Es- tación Experimental Agraria "Andenes" - Cusco, es un car- go de confianza; Que, el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Or- ganización y Funciones del INIA, aprobado por D.S. Nº 020- 2003-AG, faculta al Director Ejecutivo del INIA, a designar o remover a los titulares de los cargos de confianza de laInstitución; De conformidad con el literal j) del artículo 11º del Re- glamento de Organización y Funciones del INIA, aprobadopor Decreto Supremo Nº 020-2003-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario OficialEl Peruano, al ingeniero agrónomo Víctor, Vásquez Arce, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agra- ria "Andenes" - Cusco, del Instituto Nacional de Investiga-ción y Extensión Agraria. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO HUERTA FERNÁNDEZ Director EjecutivoInstituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria 05910 MINCETUR /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G63/G6F/G72/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G64/G20/G76/G61/G6C/GF3/G72/G65/G6D/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G41/G72/G74/G2E/G20/G31/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G56/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G49/G4E/G43/G45/G2D/G54/G55/G52/G2F/G56/G4D/G43/G45/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G6F/G72/G69/G67/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G2D /G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G79/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2004-MINCETUR/DM Lima, 19 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 08-2003- MINCETUR/VMCE, publicada en el Diario Oficial El Perua- no del 21 de noviembre de 2003, se dispuso, al amparo de lo dispuesto por el Artículo 97º del Acuerdo de Cartagena,la aplicación de derechos correctivos provisionales ad va- lórem de un 12%, restituyendo el arancel al nivel de nación más favorecida, sobre las importaciones de los productoscomprendidos en las subpartidas arancelarias 1507.90.00, 1511.90.00, 1512.19.00, 1516.20.00, 1517.10.00 y 1517.90.00, originarios y procedentes de Bolivia, Colom-bia, Ecuador y Venezuela; Que, mediante comunicación C/004-04C.AC., de fecha 19 de marzo de 2004, el Comité de Fabricantes de Aceitesy Derivados de la Sociedad Nacional de Industrias ha co- municado haber logrado un acuerdo con los representantes privados de la industria aceitera de Bolivia; Que, en este sentido, corresponde levantar la medida dispuesta mediante la Resolución Viceministerial Nº 08- 2003-MINCETUR/VMCE para el caso de los aceites refi-nados de soya y girasol, sin perjuicio del derecho del Go- bierno del Perú de continuar evaluando el potencial dañoque las importaciones de aceites refinados bolivianos pu- dieran causar a la producción nacional; Que, de conformidad con la Ley Nº 27790 - Ley de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Comercio Exte- rior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCE- TUR - Reglamento de Organización y Funciones del MIN-CETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la aplicación de derechos correctivos provisionales ad valórem de un 12%, dispues-ta por el Artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 08- 2003-MINCETUR/VMCE, para el caso de las importacio- nes de los productos comprendidos en las subpartidas aran-celarias 1507.90.00 y 1512.19.00, originarios y proceden- tes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela. Artículo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Tu- rismo comunicará a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicación de la presente Resolución, así como las precisiones que fue-ran necesarias sobre sus alcances. La presente Resolución entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 05923 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G45/G50/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C /G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2004-DE/EP Lima, 22 de marzo de 2004 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 210 SUB DIR EDUC/C-2.a.05.00 de diciembre del 2003, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cap. Com. OLIVA ARÉVALO Carlos Enrique, con la finalidad de participar en el Curso de Capacitación y Perfeccionamien-to de Comunicaciones, a llevarse a cabo en la República Federativa del Brasil del 25 de marzo al 26 de noviembre del 2004, por cuanto las experiencias a adquirirse redun-darán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior del servidores y funciona- rios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defen- sa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002 - PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión de Estudios, al Cap. Com. OLIVA ARÉVALO Carlos Enrique, para que participe en el Curso de Capacitación y Perfeccionamientode Comunicaciones, a llevarse a cabo en la República Fe- derativa del Brasil, del 25 de marzo al 26 de noviembre del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Río de Janeiro - Lima US$ 742.41 x 1 Persona