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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2004 (08/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G31/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de mayo de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G30/G37/G39/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2004-AL/MDSMP San Martín de Porres, 30 de abril del 2004. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 005-2004- AL/MDSMP, de fecha 30 de marzo de 2004, se decreta la prórroga del plazo de vencimiento a lo establecidoen los Artículos 1º incisos a), b), 2º y 3º de la Ordenan- za Nº 079-MDSMP, de fecha 19 de diciembre del año 2003; Que, es política de la actual gestión otorgar facilidades a los contribuyentes de la jurisdicción, para el cumplimiento oportuno y voluntario de partede los administrados de las obligaciones tributarias formales y sustanciales, a fin de reducir la alta moro- sidad existente ante la administración tributaria mu-nicipal, asimismo dada la cantidad de predios dedi- cados a comercios existentes en la jurisdicción, es conveniente establecer una prórroga a los beneficiostributarios; Que, el artículo 6º de la Ordenanza Nº 079-MDSMP, autoriza al Alcalde a dictar medidas complementarias,necesaria para el cumplimiento de la acotada Ordenan- za; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de mayo del presente año, el plazo del vencimiento al que se refiere los artículos 1º incisos a), b), 2º y 3º de la Orde- nanza Nº 079-MDSMP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Munici- pal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, la Unidad deImagen Institucional el cumplimiento y difusión del pre- sente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08796 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2004-AL/MDSMP San Martín de Porres, 30 de abril de 2004 El ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto, la Ordenanza Nº 095-MDSMP, se autoriza a realizar el Matrimonio Civil Comunitario al conmemorarse el Cincuenta y Cuatro Aniversario de Creación Política del distrito de San Martín de Po-rres;CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental dela sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 233º del Código Civil establece la regularización jurídica de la familia que tiene por finali- dad contribuir a su consolidación y fundamentalmente en armonía con los principios y normas estipuladas ennuestra Constitución Política; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Realizar el MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO al conmemorarse el Cincuenta y Cua-tro Aniversario de Creación Política del distrito de San Martín de Porres día 8 de mayo del 2004 a horas: 1.00 p.m., en el Local del Centro Comunal sitio en el Jr. SanMartín Nº 3762 - San Martín de Porres. Artículo Segundo.- Señalar como requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil, los si-guientes: 1.- Partida de Nacimiento original de ambos con- trayentes, con vigencia de un (1) año para Lima y Ca- llao y de tres (3) años para provincias. 2.- Copias de los D.N.I. fedateada de ambos con- trayentes y de sus dos (2) testigos que no sean fami- liares. 3.- Declaración Jurada de dos (2) testigos no fami- liares, en la cual manifiesten que los contrayentes son solteros, con firma legalizada notarialmente. 4.- Certificado Médico Pre-Nupcial.5.- Certificado de Consejería de Prevención contra el SIDA. 6.- Una foto tamaño pasaporte de cada uno de los contrayentes. 7.- Certificado Domiciliario Policial y/o recibo de luz o teléfono. Artículo Tercero.- De conformidad con el Artículo 252º del Código Civil se dispensa a los contrayentes dela publicación del Aviso Matrimonial. Artículo Cuarto.- Establecer como pago único por derecho de trámite la suma de CINCUENTA Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 50.00), por Acta Matrimonial. Artículo Quinto.- Manténgase los demás requisitos exigidos cuando se trate de menores de edad, viudos,divorciados y extranjeros. Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de Servi- cios y Programas Sociales, de Administración y Finan-zas, de Participación Ciudadana, a la División de Regis- tro Civil, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Artículo Séptimo.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional la publicación y difusión del presente De- creto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08797 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2004 San Martín de Porres, 23 de abril del 2004.