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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2004 (22/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G38/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de mayo de 2004 que rigen las adquisiciones y contrataciones del Estado e incumpliendo las cláusulas contractuales suscritas conla empresa; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del artícu- lo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del sistema emitir, como resul- tado de las acciones de control efectuadas, los informesrespectivos con el debido sustento técnico y legal, cons-tituyendo prueba preconstituida para el inicio de accio-nes administrativas y/o legales que sean recomendadasen dichos informes; Que, por tanto, resulta necesario autorizar a la Pro- curaduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales dela Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que inter-ponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 17357, Ley que Crea el Consejo de De-fensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto LeyNº 17667, la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública y el Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Presidencia del Consejo de Ministros, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa delos intereses del Estado, inicie e impulse las accionesjudiciales que corresponda contra las personas indica-das en el Informe Nº 01-2003-OGAI/CNI - Adquisiciónde 3 Equipos de Barrido Electrónico a la Empresa Mille- nium Group S.A.C., con recursos del Régimen de Ejecu- ción Especial Asignados al Consejo Nacional de Inteli-gencia - CNI, emitido por el Órgano de Control Institucio-nal del Consejo Nacional de inteligencia - CNI, el mismoque forma parte integrante de la presente ResoluciónMinisterial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden-cia del Consejo de Ministros, para los fines a que se con-trae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09683 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D /G6D/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/GF3/G6C/G6F/G20/G6C/G65/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72 /G57/G4D/G53/G20/G47/G61/G6D/G69/G6E/G67/G20/G49/G6E/G63/G2E/G20/G79/G20/G42/G61/G6C/G6C/G79/G20/G47/G61/G6D/G69/G6E/G67/G20/G26 /G53/G79/G73/G74/G65/G6D/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G53/G75/G63/G75/G72/G73/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 214-2004-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 13 de mayo de 2004 Visto, el Expediente Nº 000504-2004-MINCETUR, de fecha 28.4.2004, en el que la empresa WMS Gaming Inc,solicita autorización y registro de memorias de sólo lec-tura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas,estableciéndose en el artículo 11º que los programas dejuego cuya explotación es permitida en el país son aque-llos que cuentan con autorización y registro;Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,establece la información y documentación que deben pre-sentar los interesados en obtener la autorización y regis-tro de las memorias de sólo lectura que integran los pro-gramas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamen- to señala que los modelos de máquinas tragamonedas ylas memorias de sólo lectura de los programas de juegodeberán someterse con anterioridad a su autorización yregistro, a un examen técnico ante una Entidad Autori-zada, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que compo- nen el programa de juego, según sea el caso, cumplencon los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamentoy las Directivas; Que, realizada la evaluación de los Certificados de Cumplimiento Nº 200404-17, 200404-18, 200404-19, 200404-20, 200404-21, 200404-22, de fecha 23.4.2004, expedidos por el Laboratorio de Certificación de la Pon-tificia Universidad Católica del Perú, así como de lasmemorias de sólo lectura, se advierte que las mismascumplen con lo dispuesto en el artículo 18º del DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando el pro- grama principal y de personalidad un porcentaje de re- torno al público no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer pá- rrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, sólo podrán ser materia de Autorización yRegistro las memorias de sólo lectura que contienen los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el ProcedimientoNº 06 del TUPA del MINCETUR aprobado mediante De-creto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a loopinado en el Informe Técnico Nº 049-2004-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 235-2004-MIN- CETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de seis (6) memorias de sólo lectura solicitadas por la empresa WMS Gaming Inc., fabricadas por la empresa WMS Ga-ming Inc. (EE.UU.), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de Memoria 1 A0005471 I142-4-K-307BJ (XU3) 2 A0005472 I118-4-K-308BJ (XU3) 3 A0005473 I178-4-K-307BJ (XU3) 4 A0005474 I205-4-K-307BJ (XU3) 5 A0005475 I162-4-K-313BJ (XU3) 6 A0005476 V135-4-O-302 (XU3) Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 09628 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 215-2004-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 13 de mayo de 2004 Visto, el Expediente Nº 000475-2004-MINCETUR, de fecha 20.4.2004, en el que la empresa Bally Gaming &Systems S.A., Sucursal del Perú, solicita autorización yregistro de memorias de sólo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas,estableciéndose en el artículo 11º que los programas dejuego cuya explotación es permitida en el país son aque- llos que cuentan con autorización y registro;