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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G33/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de octubre de 2004 haberse presentado como único postor la empresa Cin- co Cero Vigilancia Privada y Servicios Generales S.A.;suscribiéndose por tal motivo el 1 de agosto una Cláusu- la Adicional al referido contrato Nº 2388 por el 30% adi- cional ascendente al monto total de S/. 57,600.59 (Cin-cuenta y siete mil seiscientos con 59/100 Nuevos So- les), equivalente a 71 días adicionales de servicio de seguridad y vigilancia, tiempo necesario para llevar acabo la Segunda Convocatoria de la Adjudicación Direc- ta Pública Nº 002-2004-INRENA; Que, el 8 de agosto del 2004, se publicó la Segunda Convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 002- 2004, presentándose las empresas Cinco Cero Vigilancia Privada y Servicios Generales S.A., Protección Seguridad yVigilancia Técnica Sociedad Anónima-PROTEO S.A. y JCB Profesionales en Seguridad S.A.C., otorgándose el 25 de agosto la Buena Pro a la empresa Protección Seguridad yVigilancia Técnica Sociedad Anónima-PROTEO S.A.; otor- gamiento contra el cual interpusieron recurso de apelación las otras dos empresas postoras el 2 de setiembre del 2004; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 175-2004-INRE- NA del 21 de setiembre se declaran fundados los recursos de apelación interpuestos por las empresas Cinco CeroVigilancia Privada y Servicios Generales S.A. y JCB Profe- sionales en Seguridad S.A.C., retrotrayendo el proceso a las etapas de evaluación de las propuestas técnica y económi-ca, producto del cual el Comité Especial designado para llevar a cabo el proceso otorgó el 30 de setiembre la Buena Pro a la empresa JCB Profesionales en Seguridad S.A.C.; Que, con fecha 11 de octubre del 2004, las empresas Cinco Cero Vigilancia Privada y Servicios Generales S.A. así como la empresa Protección Seguridad y Vigilancia Téc-nica Sociedad Anónima-PROTEO S.A .han interpuesto re- curso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro a la empresa JCB Profesionales en Seguridad S.A.C.; Que, de conformidad con el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las sucesivas apelaciones al proceso de la Adjudicación Directa Pública Nº002-2004-INRENA constituyen un hecho imprevisible que prolonga el proceso de selección de la empresa que se encargará de la seguridad y vigilancia de las instalacionesdel INRENA, excediendo el período de 71 días adicionales de servicio de seguridad y vigilancia equivalente al 30% del contrato original suscrito entre el INRENA y la empresa Cin-co Cero Vigilancia Privada y Servicios Generales S.A. situa- ción que compromete en forma directa la continuidad de las actividades institucionales; Que, así mismo, de conformidad a lo establecido en los artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como en los artículos 105º,108º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con las visaciones de la Gerencia General, de las Oficinas deAsesoría Jurídica, Administración, Planificación y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso "j" del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ins-tituto Nacional de Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia la contratación de una empresa que brinde el servicio de seguridad y vigilancia para la Institución por el plazo de 60 días calendario, autorizando a la Oficina de Administracióna efectuar los procedimientos que fueran necesarios para realizar los procesos correspondientes. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración del pro- ceso para la selección de la empresa que brinde el ser- vicio de seguridad y vigilancia hasta por un monto de S/ . 49,447.14 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos cua-renta y siete con 14 /100 Nuevos Soles), en tanto dure el proceso de la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2004- INRENA que se viene llevando a cabo y se otorgue laBuena Pro a la empresa seleccionada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración la remisión de una copia de la presente Resolu-ción y el documento del Visto a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aprobación conforme lo establece el artículo20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprue- ba el texto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispóngase su publicaciónen el Diario Oficial El Peruano y póngase en conocimien- to del CONSUCODE conforme a Ley. Regístrese y comuníquese. HERIBERTO W. RAMOS GONZÁLES Jefe (e) 18502 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G72/G72/G61/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G6F/G73/G63/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G46/G72/G75/G74/G61/G20 /G79/G20 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G43/G75/G61/G72/G65/G6E/G74/G65/G6E/G61/G20 /G56/G65/G67/G65/G74/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G56/G61/G6C/G6C/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G48/G75/G61/G75/G72/G61/G20/G53/G61/G79/GE1/G6E/G2C/G20/G49/G72/G72/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61/G20/G79 /G4C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 257-2004-AG-SENASA Lima, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Convenio de Traspaso de Recursos Nº CTR-011- 2004-EF/UEPL 480, suscrito por la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economía y Finanzas y el ServicioNacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cual tiene como objetivo ejecutar el Proyecto de Inversión Pública "Erradicación de la Mosca de la Fruta ( Ceratitis capitata W.) en el Valle Interandino de Huaura Sayán". CONSIDERANDO:Que, el Artículo 1º de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, establece la finalidad deoptimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, proce- sos, metodologías y normas técnicas relacionados con lasdiversas fases de los proyectos de inversión; Que, ante el interés del sector privado de propiciar el desarrollo sostenido a las exportaciones de los productoshortofrutícolas, así como de los productores del Valle Inte- randino de Huaura Sayán, se formula y gestiona un proyec- to de inversión en el marco de la Ley del Sistema Nacional deInversión Pública, a fin de atender dichas necesidades; Que, siendo las Moscas de la Fruta uno de los factores primordiales que limitan el acceso a mercados de exporta-ción para los productos hortofrutícolas, es necesario com- batirlas y erradicarlas, correspondiendo darle una inmediata atención; Que, mediante el Convenio de Traspaso de Recursos Nº CTR-011-2004-EF/UEPL 480, suscrito por la Unidad Espe- cial PL 480 del Ministerio de Economía y Finanzas y el SE-NASA, se aprueba la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "Erradicación de la Mosca de la Fruta ( Ceratitis ca- pitata W.) en el Valle Interandino de Huaura Sayán"; Que, el logro de las metas y objetivos del mencionado proyecto involucra la integración y apoyo de los agricul- tores, comerciantes, transportistas y todos aquellos relacio-nados al tema; por tanto, es necesario hacer de conocimien- to público el inicio de las acciones y medidas fitosanitarias para la erradicación de la Mosca de la Fruta en el ValleInterandino de Huaura Sayán; Que, parte de las acciones y medidas fitosanitarias para la erradicación de la Mosca de la Fruta, como es el ManejoIntegrado, se encuentran reguladas en el Reglamento para el Control, Supresión y Erradicación de las Moscas de la Fruta, mediante Decreto Supremo Nº 009-2000-AG; Que, con el propósito de facilitar el comercio interna- cional y evitar el uso de medidas injustificadas al comer- cio y armonizar las medidas fitosanitarias a nivel interna-cional, es necesario adoptar las Normas Internacionales de Medidas Fitosanitarias - NIMF, que para el caso es- pecífico corresponde la NIMF Publicación Nº 9 "Direc-trices para los Programas de Erradicación de Plagas", establecidos por la Convención Internacional de Protec- ción Fitosanitaria - CIPF;