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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (15/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G33/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de octubre de 2004 Que, siendo función del SENASA lograr una constan- te mejora de la sanidad agraria en apoyo a la produc-ción, así como dotar a la actividad agraria nacional de un marco de mayor seguridad y menores riesgos sanita- rios, tal como lo establece el Artículo 4º de su Reglamen-to de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24-95-AG; Con las visaciones de la Dirección General de Sani- dad Vegetal y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por iniciado el Proceso de Erradica- ción de la Mosca de la Fruta ( Ceratitis capitata W ) en las áreas reglamentadas del Valle Interandino de Huaura Sayán, Irrigación Santa Rosa y La Unión; así como el inicio de las acciones de Cuarentena Vegetal a fin deprevenir el ingreso de la plaga en dichas áreas. Artículo 2º.- Las áreas reglamentadas del Valle Inte- randino de Huaura Sayán comprenden los distritos de: Che-cras, Leoncio Prado, Paccho, Santa Leonor y Sayán en la provincia de Huaura; los distritos de: Andajes, Caujul, Co- chamarca, Naván, Pachangara y Oyón en la provincia deOyón, Ihuari en la Provincia de Huaral y la Irrigación Santa Rosa y La Unión. Artículo 3º.- El Proceso de Erradicación de la Mosca de la Fruta, está basado principalmente en tres etapas: a) Vigilancia.- Consiste en efectuar diversas actividades que nos permitan obtener la distribución de la plaga en el área delimitada (Valle Interandino de Huaura Sayán). Estas actividades incluyen el Sistema Nacional de Detección abase de la Red Oficial de Trampeo y Muestreo de Frutos a cargo del Programa Nacional de Moscas de la Fruta. b) Contención.- Incluye la definición, implementación y ejecución de un Sistema de Cuarentena Vegetal, a fin de proteger las áreas reglamentadas del Valle Interandino de Huaura Sayán, Oyón , Ihuari, Irrigación Santa Rosa y LaUnión, del ingreso y reinfestaciones de Moscas de la Fruta. c) Medidas de Tratamiento y Control.- Basados en el Manejo Integrado de Plagas, incluye lo siguiente: - Control cultural y mecánico - Control legal- Control autocida - Control químico Artículo 4º.- El SENASA coordinará, gestionará y establecerá las medidas necesarias para la integración y apoyo de los diferentes agentes involucrados en elproyecto, a fin de contribuir a lograr los objetivos y fines propuestos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe 18543 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 435-2004-DE/SG Lima, 13 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingre-so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repúbli- ca", establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de gue-rra por razones protocolares, de asistencia cívica, acti-vidades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la quese debe especificar los motivos, la identificación del per- sonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiem- po de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 566 de fecha 22 de setiem- bre del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en méritoa la información proporcionada por el Jefe del Grupo Consul- tivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio dela República, sin armas de guerra, de personal militar estado- unidense, del 16 de octubre al 1 de noviembre del presente año, con la finalidad de realizar visitas oficiales y para unentrenamiento con la Dirección de Capitanías y Guarda Cos- tas de la Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indicanen el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 16 de octubre al 1 de noviembre del 2004, con la finalidad de realizar visitas oficiales y para un entrena-miento con la Dirección de Capitanías y Guarda Costas de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición, confor- me lo estipula el artículo 5° de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Mi- nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 18637 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 436-2004-DE/SG Lima, 13 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tro- pas Extranjeras en el Territorio de la República", establece quela autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocola- res, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrena-miento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identi- ficación del personal militar, la relación de equipos transeúntesy el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 565 de fecha 22 de setiembre del 2004, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exte- riores, en mérito a la información proporcionada por el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Es-tados Unidos de América, solicita se expida la autori- zación para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar estadounidense,del 17 al 21 de octubre del presente año, con la finalidad de participar en la Conferencia de Planeamiento Final de la Conferencia de Seguridad de la Región Andina (AND-SES), que se realizará en la ciudad de Lima; y,