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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G32/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de octubre de 2004 des de los sectores público y privado. Éstas, asimismo, fomentan la investigación científica. Artículo 12º.- Registro de títulosEl Colegio de Psicólogos del Perú contará con un registro de psicólogos que posean título profesional y/o grados de Maestro y Doctor. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- El período de trabajo realizado en el Ser- vicio Rural y Urbano Marginal de Salud (SERUMS) es reconocido como tiempo de servicios para los efectosde ascenso. SEGUNDA.- El Poder Ejecutivo reglamentará la pre- sente Ley en el plazo de noventa (90) días a partir de suvigencia. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formu-ladas por el señor Presidente de la República, de confor- midad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Consti- tución Política del Estado, ordeno que se publique y cum-pla. En Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 19643 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G74/G6F/G64/G6F/G20/G72/G69/G65/G73/G67/G6F RESOLUCIÓN Nº 026-2004-2005-P/CR Lima, 28 de octubre de 2004 Visto el Informe Nº 070-2004-DL-DGA/CR del Direc- tor de Logística (e) mediante el cual señala la necesidad de declarar en situación de urgencia la contratación de los servicios de seguros de todo riesgo de incendio ylíneas aliadas, 3D, vehículos, grupal combinado vida y accidentes personales y vida ley por el plazo de 61 días; CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Locación de Servicios Nº 092-2003-AJ/CR, derivado del Concurso Público Nº 001-2003/CR, el Congreso de la República suscri- bió con Rímac Internacional Compañía de Seguros yReaseguros un contrato para prestar los servicios de seguros de todo riesgo de incendio y líneas aliadas, 3D, vehículos, grupal combinado vida y accidentespersonales y vida ley con vigencia hasta el 20 de julio del 2004; Que, atendiendo que en el mes de junio de cada año las compañías aseguradoras nacionales negocian inter- nacionalmente sus coberturas de reaseguros, lo que influye en la variación de las primas en el mercado, seprocedió de conformidad con lo dispuesto por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, realizándose una contratacióncomplementaria hasta por un máximo del 30% adicional al monto contratado originalmente, esta vez mediante el Contrato Nº 070-2004-OAJP/CR con vigencia al 31 deoctubre del 2004, mientras se llevaba a cabo el Concur- so Público correspondiente; Que, la Mesa Directiva mediante Acuerdo Nº 010- 2004-2005/MESA-CR aprobó, el 7 de setiembre del 2004, el expediente del proceso para la contratación del pro- grama de seguros de todo riesgo de incendio y líneasaliadas, 3D, vehículos, grupal combinado vida y acciden- tes personales y vida ley, y autorizar la convocatoria al Concurso Público Nacional;Que, mediante Resolución Nº 013-2004-2005-OM/ CR del 22 de setiembre del 2004, se designó al Comité Especial que se encargará del proceso de selección indicado en el considerando anterior, instalándose el 7de octubre del 2004; Que, la solicitud de declaratoria de urgencia de la contratación del servicio señalado se sustenta en que elproceso de selección hasta quedar consentida (siem- pre que no se formulen observaciones o impugnacio- nes), debe concluir alrededor de la primera quincena dediciembre, y por tanto, la entidad quedaría descubierta de los seguros patrimoniales y otros, incluidos los de vida ley, toda vez que el Decreto Legislativo Nº 688 - Leyde Consolidación de Beneficios Sociales establece que el empleador está obligado a tomar la póliza de seguro de vida y pagar las primas correspondientes; Que, el referido Concurso Público se encuentra pro- gramado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones del año 2004; Que, con la finalidad de seguir contando con los ser- vicios antes descritos es necesario declarar en situa- ción de urgencia por el plazo de 61 días, la prestacióndel servicio de seguros de todo riesgo de incendio y líneas aliadas, 3D, vehículos, grupal combinado vida y accidentes personales y vida ley, cuyo valor referencialasciende a US$ 142,461,94 (pólizas patrimoniales y gru- pal combinado de vida y accidentes personales) y S/. 63,030.36 (póliza de vida ley), con cargo a los recursosordinarios; Que, mediante el Informe Nº 090(06)-2004-OAJP- DGA/CR la Oficina de Asesoría Jurídica y Procuraduríaseñala que el pedido de exoneración de declaración en situación de urgencia para la contratación del referido servicio se encuentra legalmente sustentado, de confor-midad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Que, el artículo 114º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece la indelegabilidad de la facultad de aprobación de exonera-ciones de procesos de selección contemplados en el artículo 19º de la Ley, entre ellos, las declaraciones de situaciones de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º del Reglamento del Congreso, en los artículos 19º, 20º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y en los artículos 108º, 113º, 114º y 115º de su Reglamento; Contando con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emitida mediante el Infor- me Nº 259-2004-OPP-DGA/CR; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva, en el Acuerdo Nº 056-2004-2005/MESA-CR adoptado en la sesión del 25 de octubre de 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgen- cia por el plazo de 61 días la contratación de los servi- cios de seguros de todo riesgo de incendio y líneas aliadas, 3D, vehículos, grupal combinado vida y acci-dentes personales y vida ley, por un valor referencial de US$ 142,461.94 (pólizas patrimoniales y grupal combi- nado de vida y accidentes personales) y S/. 63,030.36(póliza de vida ley), con cargo a los recursos ordinarios, computado a partir del 31 de octubre a las 12.00 horas. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de Lo- gística, para llevar a cabo la referida contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Artículo Tercer.- Disponer que, dentro del plazo le- gal establecido, la Dirección General de Administraciónenvíe copia autenticada de la presente Resolución, del Informe Nº 070-2004-DL-DGA/CR y del Informe Nº 090(06)-2004-OAJP-DGA/CR a la Contraloría Generalde la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ANTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente delCongreso de la República 19577