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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (20/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de abril de 2005 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G61/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G56/G61/G63/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2005-MDLP/ALC La Punta, 15 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal de La Punta, en sesión de fecha 15 de abril de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato del Artículo 194º de la Constitución Política modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa,en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 023/2004-MDLP publi- cada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de julio del 2004,se aprobó los Textos Únicos Ordenados del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), así como el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad; Que, a la fecha existen plazas vacantes previstas en el Cuadro para Asignación de Personal, que cuentan con finan-ciamiento presupuestal correspondiente al ejercicio 2005; Que, para dicho efecto debe aprobarse las Bases del concurso abierto de plazas vacantes por contratación, a fin de garantizar dicha acción de personal; Que, el señor Alcalde ha cumplido con presentar al Con- cejo Municipal el proyecto de Bases en referencia, el cual espertinente aprobar; En uso de las facultades conferidas en el Art. 9º numeral 32 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar las Bases del Concurso Público de Plazas Vacantes para personal contratado dela Municipalidad Distrital de La Punta, el mismo que, comoanexo, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Señor Alcalde, pro- ceda en su condición de Titular de Pliego, a efectuar laconvocatoria pública del concurso señalado en el artículoprecedente y aprobar las disposiciones complementariasque permitan el cabal cumplimiento del proceso. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 07524 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALPA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6C/G6F/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G61/G75/G74/G6F/G6D/G6F/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G70/G61/G70/G65/G6C/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2005-MPP Palpa, 31 de marzo del 2005EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALPA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Informe Nº 003-2005-UR/MP de Registro Nº 309 del 31 de enero del 2005, emitido por el Jefe de la Unidadde Rentas, el Informe Nº 008-2005-JMV/MPP de Re-gistro Nº 376 del 3 de febrero del 2005, emitido por elAsesor Legal Externo, y el Oficio Nº 002-2005-CR-PAL-MPP/PDTA de Registro Nº 848 del 21 de marzo del 2005, mediante el cual la Presidenta de la Comi- sión Permanente de Regidores de Rentas, Planifi-cación y Asuntos Legales remite el Dictamen de Comi-sión Nº 002-2005-CRPAL-MPP del 17 de marzo del2005; sobre la contratación de los servicios persona-lísimos de una empresa especializada en el control de velocidad de vehículos por medio de radares, medios electrónicos u análogos, con tecnología depunta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Ar- tículo 194º de la Constitución Política del Estado, mo-dificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar y el artículo 4º de la Ley Nº 27972 - Orgánicade Municipalidades, las Municipalidades son Órga-nos del Gobierno Local, con personería jurídica deDerecho Público y tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM, precisa que están exonera- dos de los procesos de selección ya sea LicitaciónPública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las adquisiciones y contratacio-nes que se realicen para Servicios Personalísimos,de acuerdo a lo que establece el Reglamento de la Ley antes acotada; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estable- ce de conformidad con el inciso f) del Artículo 19º de la Ley, que se encuentran exonerados del respectivoproceso de selección, los contratos de locación deservicios celebrados con personas naturales o jurí-dicas cuando para dicha contratación se haya tenidoen cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales, o por su determinada cali-dad, profesión, ciencia, arte u oficio, debiendo ser laevaluación de las características o habilidades delocador de carácter objetivo y se efectuará en fun-ción de la naturaleza de las prestaciones a su car- go; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por D.S. Nº 084-2004-PCM establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exonera- ción de los procesos de selección, al amparo de lascausales contenidas en el Artículo 146º del mismocuerpo legal, requieren obligatoriamente informe téc-nico legal previo emitido por las áreas técnicas y deasesoría jurídica de la entidad, agregando que dicho informe contendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de laexoneración, y contemplará criterios de economía,tales como los costos y la oportunidad; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, concordantecon su Reglamento, en sus Artículos 146º y 147º,establece que todas las exoneraciones se aproba-rán mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el