Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2005 (20/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2005

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2005-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 134-MDMM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA modificada por la Ordenanza Nº 173-MDMM que precisa sus alcances; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras en coordinacion con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sugieren modificar los procedimientos contemplados en el MORDAZA de esta Municipalidad en los Items Nºs. 4.10, 4.11, 4.16, 4.17, 4.18, 4.19, 4.20, 4.21, 4.22, 4.23, 4.24, 4.25, 4.26, 4.29, 4.30, 4.31, 4.32, 4.33, 4.34, 4.35, 4.41, 4.44, 4.48, 4.49, 4.50, 4.52, 4.53, 4.54, 4.55, 4.56, 4.57 y 4.60, a fin de cumplir con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 776, la Ley Nº 27157 y su reglamento; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,

prescribe que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del sector, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; De conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese los procedimientos consignados con los Items 4.10, 4.11, 4.16, 4.17, 4.18, 4.19, 4.20, 4.21, 4.22, 4.23, 4.24, 4.25, 4.26, 4.29, 4.30, 4.31, 4.32, 4.33, 4.34, 4.35, 4.41, 4.44, 4.48, 4.49, 4.50, 4.52, 4.53, 4.54, 4.55, 4.56, 4.57 y 4.60 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA aprobado por la Ordenanza Nº 134-MDMM y modificatorias, quedando establecidos como se detalla en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Actualicese los procedimientos del MORDAZA aprobado por la Ordenanza Nº 134-MDMM y modificatorias, indicados en el articulo primero de este Decreto conforme al Anexo Nº 01. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete y deberan venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

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