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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G33/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 29 de agosto de 2005 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 121-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Vistos; en la Sesión Ordinaria de fecha 23 de agosto del año en curso, el Dictamen Nº 026-2005-CAJ/MSI, elDictamen Nº 001-2005-CAL/MSI y el Dictamen Nº 017-2005-ADM-FIN/MSI de las Comisiones de AsuntosJurídicos, Asuntos Laborales y Administración y Finanzas, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia conformo lo establece el artículo 194º de laConstitución Política del Estado, modificado por la Leyde Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ordenanza Nº 105-MSI aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, y mediante Ordenanza Nº 120-MSI, se aprobó las modificaciones del caso; Que, teniendo en cuenta la nueva estructura orgánica que ha adoptado la Municipalidad, es necesario aprobar el nuevo Cuadro de Asignación de Personal - CAP , conforme a lo reglado por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para laelaboración y aprobación del CAP de las Entidades de laAdministración Pública; Que, mediante Informe Nº 070-2001-11-OPP/MSI del 4 de agosto de 2005, de la Gerencia de Planificación yPresupuesto, se alcanza la propuesta del Cuadro para laAsignación de Personal, según las recomendacionesefectuadas por la Comisión de Asuntos Laborales y la Comisión de Administración y Finanzas; Que, con la aprobación del nuevo CAP de esta Corporación Edil, es necesario disponer la modificacióndel Presupuesto Analítico de Personal - PAP de esta Corporación Edil; y, En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,se aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Actas la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad de San Isidro, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Disponer la modificación del Presupuesto Analítico de Personal - (PAP) para adecuarlo al CAP . POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cinco. JORGE SALMÓN JORDAN Alcalde 14991PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPÓN - CHULUCANAS /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 292-2005-MPM-CH Chulucanas, 27 de julio del 2005VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de julio del 2005, el Informe Nº 136-2005-PVL, emitido por la responsable del Progr ama Vaso de Leche sobre requerimiento de adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 098-2005- MPM-CH-CE-PVL de la Presidenta del Comité Especialde Adquisiciones PVL y Directora de Administración que solicita se tome las acciones inmediatas para la adquisición del producto para el Programa Vaso de Leche.Así mismo estando la opinión favorable de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 387-2005-MPM-CH-AL, se proceda a declarar en Situación de Desabastecimiento Inminentela adquisición de insumos del PVL; CONSIDERANDO: Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo del día 26 de julio del 2005, se puso a conocimiento del Pleno del Concejo, el Informe Nº 098-2005-MPM-CH-CE-PVL de la Directora de Administración para que se tome lasacciones inmediatas para la adquisición de productos del Programa del Vaso de Leche, toda vez que en el proceso de Licitación de Insumos para el Programa Vasode Leche, específicamente para losítem’s soya en grano seleccionado y harina de trigo, las empresas TRANSCO S.A.C. Y Carlo M. Romero en Consorcio y la EmpresaCereales del Perú EIRL han presentado recursos de revisión por ante el CONSUCODE; Que, el Art. 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado expone que la Situación de Desabastecimiento Inminente se configura en los casos señalados en el Art. 21º de la Ley, ante un hecho de excepciónque determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para lasadquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo a lo vertido por la Directora de Administración y Presidenta del Comité de Adquisiciones,se estaría ante un peligro inminente de continuidad de prestación de ayuda social que está afectando directamente a la población materno infantil, madres gestantes y enperíodo de lactancia con derecho a la provisión diaria por parte del Estado, quienes no reciben su ración desde el mes de junio del presente año, agudizándose aún máscon los recursos que presentan las empresas perdedoras, siendo de aplicación lo normado en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, que establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección las adquisicionesy contrataciones que se realicen en situación de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, se hace necesario que el Concejo Municipal como máxima instancia de Gobierno de la Municipalidad adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidadesnecesarias a la Administración, a efectos de que ésta cumpla eficientemente con la prestación de los Programas Sociales a su cargo; Que, el Concejo Municipal viendo la necesidad de tomar una decisión y no seguir afectando a los beneficiarios del Programa ha debatido la posibilidad de