Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2005 (29/08/2005)


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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de agosto de 2005

Articulo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro Sociedad Anonima, contra la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/ CD por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo efectuarse las modificaciones que se senalan en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion; e infundado en lo demas que contiene. Articulo 2º.- Modifiquese la descripcion de sistema, clasificacion y ambito de influencia de los sistemas electricos MORDAZA, MORDAZA Rural, Pasco y MORDAZA del Mantaro 4, consignados en el anexo Nº 01 de la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/CD, tal y como se muestra a continuacion:
Empresa Electrocentro MORDAZA de Sistema Sistema Interconectado MORDAZA Sector Descripcion Tipico 2 MORDAZA (A4252, A4253, A4254, A4255, A4256, A4262) MORDAZA Rural 1 4 MORDAZA (A4257) MORDAZA Rural 2 5 MORDAZA (A4258, A4259, A4260) Pasco 3 Alambron, Andaychagua, Bellavista, MORDAZA MORDAZA, Casapalca Norte, Chicla, Curipata, Fundicion, Hidro-Oroya, Marh Tunel, Mayupampa, Morococha, MORDAZA MORDAZA, Paccha - Oroya, Pachachaca, Pasco, S. E. San MORDAZA 2 (Yurajhuanca), San MORDAZA, Sep Alto Marcavalle, Sep San MORDAZA, Yurajhuanca MORDAZA del 5 Chala Nueva, Chumpe, Comas, ConcepMantaro 4 cion (A4504), Huarisca, Machu, Matapa, S.E. Chuicon, S.E. El Tambo, S.E. La MORDAZA, Xauxa (A4601), Pachacayo

Distribucion para el periodo noviembre 2005 - octubre 2009; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2005, Electrosur interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION 2.1 Clasificacion del Sistema Electrico Yarada 2.1.1 Sustento del Petitorio Que, Electrosur senala que el sistema electrico Yarada se ha clasificado como sector tipico 2 (zona urbana), debiendo considerarse como sector tipico 5 (zona rural), ya que segun informacion socioeconomica la MORDAZA de Yarada es netamente rural; Que, asimismo, senala que de acuerdo a la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EMDGE, al sistema Yarada le corresponde sector tipico 2, contraviniendose con la realidad; Que, Electrosur senala que el sistema Yarada no tiene ninguna similitud con sistemas del sector tipico 2, ya que el 83% de la inversion es para suministro de energia en media tension, asemejandose a sistemas del sector 5 (rural) o al sistema electrico Villacuri. Agrega, que al estar clasificado como sector 2, se establece para el sistema Yarada, exigencias de calidad para una MORDAZA MORDAZA sin serla, toda vez que se trata de una MORDAZA rural; Que, finalmente, Electrosur senala que el OSINERG mediante su Oficina Regional de Tacna ha realizado la inspeccion de la MORDAZA de Yarada, constatando sus caracteristicas topologicas y de cobertura que brinda Electrosur, emitiendose el Informe Tecnico Nº 012-0632004-RTC-IT, remitido por la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, mediante memorandum GFE-Nº 015-2005, a la GART para su analisis; Que, por lo mencionado, Electrosur solicita se considere al sistema electrico Yarada como sector tipico 5, adjuntando los documentos mencionados, asi como informes, planos, fotos, etc., que acreditan que el sistema Yarada es rural. 2.1.2 Analisis de OSINERG Que, el OSINERG clasifico los sistemas electricos pertenecientes a Electrosur tomando en cuenta la informacion remitida por Electrosur mediante su oficio GC564-2005 del 17/05/2005, y en estricto cumplimiento de la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 4º de la resolucion mencionada, para el sistema electrico Yarada se calcularon los indicadores I1, I2, I3 e IClasif a partir de la informacion remitida por Electrosur, resultando la clasificacion de sector tipico 2, tal y como tambien lo senala Electrosur; Que, el sistema Yarada, si bien es un sistema que presenta caracteristicas geograficas similares a las de una MORDAZA rural, corroborados por el Informe Tecnico Nº 012-063-2004-RTC-IT, sus caracteristicas de MORDAZA no corresponden a zonas rurales convencionales, ya que tiene usuar ios en media tension con altos consumos de energia que se dedican a actividades de agroindustria. Por otro lado, Electrosur afirma de que el sistema Yarada se asemeja al sistema Villacuri, lo cual no es correcto, ya que el sistema Villacuri tiene ratios de km de media tension por usuario 7 veces mayores a los que presenta el sistema Yarada, y practicamente sin presencia de usuarios en baja tension, a diferencia del sistema Yarada que cuenta con 878 usuarios en baja tension; Que, el recurso impugnatorio de Electrosur esta referido a la clasificacion del Sistema Electrico Yarada sustentandose en aspectos tecnicos y geograficos constatados por diversas autoridades. Sobre el particular cabe indicar que el propio impugnante asi como el Informe Tecnico Nº 012-063-2004-RTC-IT reconocen que de la aplicacion de la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EMDGE, al Sistema Electrico Yarada le corresponde la clasificacion del Sector Tipico 2. En tal sentido lo que en esencia estaria cuestionando Electrosur no seria propiamente la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/ CD sino que estaria impugnando indirectamente la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE por lo que desde el punto de vista estrictamente juridico su recurso deviene en improcedente, toda vez dicha resolucion no puede ser impugnada ante OSINERG y que la Resolucion

Articulo 3º.- Modifiquese los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion de la empresa de distribucion electrica Electrocentro para el periodo 1 de noviembre de 2005 al 30 de MORDAZA de 2006 de acuerdo a lo siguiente:
Sector VADMT VADBT 2 55.31% 56.91% 3 17.37% 16.28% 4 8.82% 8.46% 5 18.50% 18.35% Total 100.00% 100.00%

Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada junto con el Tecnico OSINERG-GART/DDE Nº 035-2005 en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 14794 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 241-2005-OS/CD MORDAZA, 23 de agosto de 2005 Con fecha 2 de MORDAZA de 2005, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, (en adelante el "OSINERG"), publico la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/CD, (en adelante la "Resolucion"), mediante la cual se fijo la clasificacion de los sistemas de distribucion electrica y los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion para el periodo noviembre 2005 - octubre 2009. Es contra dicha Resolucion que Electrosur Sociedad Anonima, (en adelante "Electrosur"), ha presentado recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolucion Directoral Nº 015-2004EM/DGE se establece los Sectores de Distribucion Tipicos y el procedimiento de clasificacion de los sistemas de distribucion electrica y calculo de los factores de ponderacion de los Valores Agregados de

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