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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G35/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de enero de 2005 de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lamba- yeque; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 Ley de los Gobiernos Regionales modificado por la Ley Nº 27902, concordante con las OrdenanzasRegionales Nº 002 y 021-GR.LAMB/CR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lambayeque; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulidad del proceso de selección: Adjudicación Directa Selectiva Nº 024-2004-GR.LAMB: “Adquisición de Motobombas,Mangueras y Accesorios”, desde la etapa de Convocato- ria, estado al cual debe retrotraerse el proceso, a fin de proceder conforme a la normatividad existente, debien-do incluirse las características del equipo de bombeo y accesorios en las Bases Administrativas, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina Regio- nal de Administración en mérito al Art. 26º segundo pá-rrafo del Reglamento de la Ley Nº 26850, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a suexpedición. Artículo Tercero.- Notificar los extremos de la pre- sente Resolución al CONSUCODE, PROMPYME y a lospostores que adquirieron las Bases de las indicadas Adjudicaciones y al Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía del Gobier-no Regional de Lambayeque, para los fines consiguien- tes. Regístrese, comuníquese y archívese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 00557 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G72/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G6C/G65/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G69/G6E/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6A/G61/G73/G2C/G20/G70/G75/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G6D/G65/G74/GE1/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G72/G6F/G2D /G6C/G6C/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G73/G69/G6D/G69/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G6F/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G75/G62/G69/G71/G75/G65/G6E/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G48/G69/G73/G74/GF3/G72/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002 Lima, 7 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el numeral 6) del artículo 93º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece la facultadde las Municipalidades Provinciales y Distritales de dis- poner la pintura periódica de las fachadas, así como el uso de determinados colores en el pintado de las mis-mas; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Adminis- tración del Centro Histórico, aprobado por OrdenanzaNº 062, de fecha 18 de agosto de 1994, señala que las disposiciones relativas al Ornato, están referidas a la presentación y conservación de la propiedad pública yprivada, así como en todo lo concerniente al entorno urbano; Que, por su parte, el artículo 149º de la misma norma legal, establece la obligación de los ocupantes de inmue- bles, sean éstos de valor monumental o no, a mantenerlos de manera permanente, en buen estado de presenta-ción y conservación, debiendo limpiarlos y pintarlos enla oportunidad que señale la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de igual modo, el literal d) del referido artículo, dispone que las fachadas de los inmuebles, deberán mantener unidad de color, respetándose además la uni-dad inmobiliaria, entendiéndose como parte de las fa- chadas, a las rejas, puertas metálicas enrollables y simi- lares instaladas en los inmuebles tanto de propiedadpública como privada; Que, de las inspecciones llevadas a cabo por personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ha constatadoque muchas de las rejas, puertas metálicas enrollables y otras similares, son pintadas con colores no autorizados en la cartilla de colores aprobada por la Municipalidad Metropo-litana de Lima; Que, en tal sentido, a efectos de garantizar el mante- nimiento del Ornato de la Ciudad y uniformizar el color delas rejas, puertas metálicas enrollables y otras similares de los inmuebles públicos o privados, se hace necesario determinar el tipo de pintura y color a emplearse en elpintado de las mismas; De conformidad con lo establecido por el numeral 6) del artículo 20º, y el artículo 42º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA:Artículo Primero.- Disponer que el color a emplear- se en el pintado de rejas, puertas metálicas enrollables yotras similares de inmuebles públicos o privados que se ubiquen en el Centro Histórico de Lima, será esmalte gris tráfico A RAL 7042. Artículo Segundo.- Los propietarios, inquilinos o conductores de inmuebles y establecimientos cuyos lo- cales o inmuebles cuenten con rejas, puertas metálicasenrollables y otras similares, deberán adecuar el color de las mismas de acuerdo a lo señalado en el artículo precedente, en un plazo no mayor de treinta días poste-riores a la publicación del presente Decreto. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección Muni- cipal de Fiscalización y Control y a la Dirección Munici-pal de Servicios a la Ciudad, el cumplimiento de las dis- posiciones señaladas en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 00546 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G2D /G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 010-2005-DA/MDB Breña, 7 de enero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, concordante con el artículo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y laResolución Nº 380-2003 CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE que regula el procedimien-to de elaboración y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Público, establecen que cada Entidad debe elaborar su PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públi-