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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2005 (13/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G35/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de enero de 2005 de donar diversos bienes a favor de Centros Educativos Estatales de limitados recursos; Que, mediante Oficio Nº 3826-2004-SBN-GO-JPM, de fecha 18 de mayo del 2004, la Jefatura de Patrimonio Mo- biliario de la Superintendencia de Bienes Nacionales ha pro-cedido a la evaluación de la documentación presentada so- bre la baja de los bienes muebles, aprobada mediante la Re- solución Jefatural Nº 115-2004.Z.R.NºV/JEF, la misma quese encuentra conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y en la Directiva Nº 004-2002/SBN; Que, a través de Oficio Nº 697-2004-Z.R.NºV/JEF de fecha 7 de mayo del 2004, se remite a la Unidad de Gestión Educativa Local de la Dirección Regional de Educación,copia autenticada de la Resolución Jefatural Nº 115-2004- Z.R.NºV/JEF en la que se aprueba la baja de 130 bienes patrimoniales de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.Asimismo, se adjunta el Oficio Nº 001-2004-Z.R.NºV/ST - C.A.B.E. y el Acta Nº 001-2004-Z.R.NºV/ST - C.A.B.E. con sus respectivos anexos, información remitida en cum-plimiento de lo dispuesto en el artículo 3º numeral 3.2 del Reglamento de la Ley Nº 27995, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-EF, que establece procedimientospara la transferencia de los bienes muebles dados de baja por las entidades estatales, a favor de los Centros Educativos Estatales de las zonas en extrema pobreza; Que, mediante Oficio Nº 1696-2004-DRELL-OA/RyCP de fecha 22 de junio del 2004 y Oficio Nº 1763-2004- DRELL-OA/RyCP de fecha 30 de junio del 2004, el Direc-tor de la Oficina de Administración de la Dirección Regio- nal de Educación alcanza la relación de Centros Educativos que serán beneficiados con la transferencia de bienes mue-bles y documentación de los Directores de los Centros Edu- cativos, respectivamente; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4º, numerales 4.2 y 4.3 del Reglamento de laLey Nº 27995 y en atención a lo dispuesto en el artículo 2º numeral 2.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN aprobada por Resolución de la Superintendencia de Bienes NacionalesNº 031-2002-/SBN que regula el “Procedimiento para la donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado”; Que, mediante Informes Técnicos Legales, el Comité de Gestión Patrimonial de la Zona Registral Nº V - Sede Truji- llo, determina que es procedente realizar la donación debienes muebles dados de baja a favor de los Centros Educa- tivos Estatales que se señalan a continuación: CUADRO RESUMEN DE TRANSFERENCIAS Nº INFORME CENTRO EDUCATIVO Nº BIENES ESTATAL DONADOS 013-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP Nº 111 2 014-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP Nº 81604 5 015-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP Nº 80033 “José Olaya B” 4 016-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP Nº 1894 “Los Parques” 3 017-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP Nº 81608 “San José” 55 De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 56º, numeral 2 del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones deBienes Patrimoniales de la SUNARP aprobado por Re- solución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 236-2004-SUNARP/SN, y a lo señalado enel artículo 7º, literal w) del Reglamento de Organización de Funciones de la SUNARP; y, En uso de las atribuciones conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación, de los bienes muebles detalla-dos en el anexo adjunto, de acuerdo a los Informes Téc- nicos Legales Nºs. 013, 014, 015, 016, 017-2004-Z.R.Nº V/ST-CGP de fecha 17 de setiembre de 2004, los cualesforman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo,- Autorizar al Gerente de Admi- nistración y Finanzas de la Zona Registral Nº V - Sede Tru-jillo a proceder a la entrega de los bienes muebles objeto de donación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la Unidad deGestión Educativa de la Dirección Regional de Educación de La Libertad, a las entidades favorecidas y a las instanciascorrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 00434 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G49/G74/G61/G6C/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F ACUERDO REGIONAL Nº 002-2005-GR.LAMB./CR Chiclayo, 7 de enero de 2005 VISTO: La Carta S/N de fecha 30 de diciembre del 2004 de ARCI NUOVA ASSOCIAZIONE - Comitato Territoriale di Arezzo; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Gobierno Regional Lambaye- que, Dr. Yehude Simon Munaro, en ejercicio de las fun-ciones inherentes a su cargo deberá viajar a la Repúbli- ca de Italia, donde acudirá desde el día 15 al 25 de enero del presente año, período en el cual estará fuera de laRegión Lambayeque, accediendo a la invitación hecha por la ARCI NUOVA ASSOCIAZIONE - AREZZO, Red Subgrupo 9, para participar en diversas actividades decarácter público y de trabajo organizadas por ésta que estrecharán los lazos de cooperación en la que ambas regiones vienen trabajando y que se desarrollarán ade-más de la provincia de Arci, en la ciudad de Roma, Nápo- les y Pomigliano d’Arco según el programa establecido; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos que demande el referido viaje serán cubiertos por la entidad organizadora e incluirá pasajes y gastos de estadía, razón por la que el mismo no demandarágasto alguno al Gobierno Regional de Lambayeque; Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley deBases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado para realizar acciones de servicio fuera de su centro detrabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sedehabitual de trabajo, dispuesta por la autoridad compe- tente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que es-tán directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobier- no Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2003-GR.LAMB/CR, modificado por Ordenanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB/CR, prevéen su Artículo 12º, inciso 1., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar los viajes por comi- sión de servicios del Presidente Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), in fine, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aprobados