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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (01/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G35/G39/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de febrero de 2005 VISTOS: El Informe Nº 339-2003-CG-LOC, “Informe Largo de auditoría a los Estados Financieros del Consejo Transi- torio de Administración Regional de Ancash” , demás an- tecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 339-2003-CG-LOC, “In- forme Largo de auditoría a los Estados Financieros del Consejo Transitorio de Administración Regional de An- cash”, la Contraloría General de la República recomien- da el inicio de las acciones administrativas contra las personas comprendidas en las conclusiones 1 a la 34 de dicho informe, según el detalle siguiente: Existencia de una diferencia de S/. 141.710,12 al 31 de diciembre de 2002 en el cálculo de la provisión para beneficios sociales de los trabajadores de la SEDE central del CTAR ANCASH, al no haberse con- siderado el incremento otorgado al personal de acuer- do al Decreto de Urgencia Nº 105-2001. Recae res- ponsabilidad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Santiago Lino Linares, Hector Rolando Cabe- zas Huanuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario, Antonio Meza Jara (Ob- servación 1) El saldo de S/. 27.862,651, 80 presentado en la de- preciación acumulada al 31 de diciembre de 2002 de la sede central del CTAR ANCASH, no se presenta razo- nablemente al existir una diferencia de S/. 1 895.120,87 afectando el ajuste por corrección monetaria. Recae res- ponsabilidad administrativa en Teodoro Nicanor Figue- roa Rosario. (Observación 2) Las cuentas de orden cuyo saldo es de 7.350, 997, 65 al 31 de diciembre de 2002, se representan incon- sistentes al existir: Deficiente control Ausencias de arqueos y faltas de inventarios de bienes no deprecia- bles. Recae responsabilidad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Santiago Lino Linares Davila, Hector Rolando Cabezas Huanuco, Julio Alcides Vi- zacarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario. (Observación 3) Deficiencias en el registro y control de la cuenta 13 letras pagarés y otros efectos por cobrar, debido a la devolución efectuada por HIDRANDINA S.A de las con- tribuciones reembolsables por inversiones de 17 obras de redes eléctricas, financiadas entre los años de 1993 a 1998, realizado por la sede central del CTAR ANCASH, equivalente a S/. 1865, 572,74 al 31 de diciembre de 2002. Recae responsabilidad Administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Santiago Lino Linares Dávila, Hec- tor Rolando Cabezas Huanuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario. (Observa- ción 4) Los saldos de la cuenta inmuebles, maquinaria y equi- po de la SEDE CENTRAL del ex CTAR ANCASH al 31 de diciembre de 2002, ascendente a S/. 112 685 939,54 no se encuentran sustentados al no haberse realizado el correspondiente inventario físico;. Recae responsabili- dad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Hec- tor Rolando Cabezas Huanuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario, Eva Edita Rios Zorrilla, Francisco Carranza Quiñones. (Observa- ción 5) La subdivisionaria 332.02.01 equipos de transportes del balance general al 31 de diciembre de 2002 de la SEDE CENTRAL del CTAR ANCASH, cuyo saldo es de S/. 3 169 048, 61 no se presenta razonablemente al haberse omitido el registro contable de S/. 16 224 888, 56. Recae responsabilidad administrativa en Angel Al- fredo Zurita Flores, Hector Rolando Cabezas Huanuco, Julio Alcidez Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario. (Observación 6) La cuenta 33 cargas diferidas del balance general al 31 Dic. 2002 de la sede central del CTAR ANCASH, cuyo saldo asciende a S/. 39 037 952,58 no se presenta razonablemente al existir una subvaluación por S/. 1 342 671,03 y no contar con un análisis detallado de los dere- chos pendientes. Recae responsabilidad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Santiago Lino Linares Davila, Hector Rolando Cabezas Huanuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario (Ob- servación 7)Notas de contabilidad por un importe de S/. 10.866 330,77 de la sede central del CTAR ANCASH corres- pondiente al año 2002 no se encuentran debidamente sustentados, afectando la cuenta inmuebles maquina- rias y equipos de los estados financieros. Recae res- ponsabilidad administrativa en Teodoro Nicanor Figue- roa Rosario (Observación 8) La cuenta caja y bancos de la sede central del CTAR ANCASH, cuyo saldo al 31 de diciembre de 2002 es de S/.1 316 667 23 no se presenta razonablemente al exis- tir inconsistencia por S/.103,385,42. Recae responsabi- lidad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, San- tiago Lino Linares Davila, Hector Rolando Cabezas Hu- anuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario. (Observación 9) Saldo de la subdivisionaria 17 102 “Responsabilida- des Fiscales” al 31 de diciembre de 2002 por un importe de S/. 17 908, 70 cuya antigüedad es de cuatro (04) años no ha sido materia de provisión por incobrables. Recae responsabilidad administrativa en Angel Alfredo Zurita Flores, Santiago Lino Linares Dávila, Hector Ro- lando Cabeza Huanuco, Julio Alcides Vizcarra Zorrilla, Teodoro Nicanor Figueroa Rosario; Alfredo Castromon- te Tahua, Marcelo Ramirez Lázaro (observación 10) En la Dirección Regional de Educación Ancash al 31 de diciembre de 2002, existen deficiencias en el cálculo de la provisión de beneficios sociales de una muestra seleccionada de la UGE Huaraz, por S/. 13 742.36. Re- cae responsabilidad administrativa en Francisco Tello Mejía, Eleodoro Obregón Melgarejo, Florentino Yanac Salazar, Nancy Gutierrez Castillejo, Elías José Adauto Velez, Wilder Alegría Arevalo, Nelly Benedicta Flores Mandieta; (Observación 11) En el cálculo de la provisión de beneficios sociales de la Dirección Regional de Educación Ancash, no se ha tomado en cuenta los topes indemnizatorios legales, exi- sitiendo un exceso de S/. 11 504.59. Recae responsabi- lidad administrativa en Francisco Tello Mejía, Eleodoro Obregón Melgarejo, Florentino Yanac Salazar, Nancy Gutierrez Castillejo, Elías José Adauto Velez, Wilder Ale- gría Arevalo, Nelly Benedicta Flores Mandieta; (Obser- vación 12) Existen diferencias entre la remuneración principal indicada en el libro de planillas y la remuneración prin- cipal utilizada en el cálculo de beneficios sociales al 31 de diciembre de 2002, ocasionando una provisión en defecto de S/. 67 953.18, recae responsabilidad administrativa en: Francisco Tello Mejía, Eleodoro Obregón Melgarejo, Florentino Yanac Salazar, Nancy Gutierrez Castillejo, Elías José Adauto Velez, Wilder Alegría Arevalo, Nelly Benedicta Flores Mandieta. (Ob- servación 13) Existe una diferencia de S/. 363 609.22 al 31 de di- ciembre de 2002 en el cálculo de la provisión de benefi- cios sociales, entre la información registrada en el ba- lance y los cálculos de los análisis de las UGES´s con- formantes de la Dirección Regional de Educación de An- cash. Recae responsabilidad administrativa en: Fran- cisco Tello Mejía, Eleodoro Obregón Melgarejo, Florenti- no Yanac Salazar, Nancy Gutierrez Castillejo, Elías José Adauto Velez, Wilder Alegría Arevalo, Nelly Benedicta Flores Mandieta (Observación 14) La Dirección Regional de Educación afectó al gasto del ejercicio 2002, pagos de servicios por consumo de agua potable, Luz, y teléfono de los centros educativos por S/. 84 760, 56, correspondiente a deudas del ejerci- cio 2001. Recae responsabilidad administrativa en Elías José Adauto Velez (Observación 15) El saldo de la cuenta letras, pagarés y otros efectos por cobrar que al 31 de diciembre de 2002 es de S/. 687 891,98 en los Estados Financieros de la Dirección Re- gional de Educación de Ancash, no se encuentra sus- tentado con los documentos que acrediten su cobrabili- dad. Recae responsabilidad administrativa en Alex Her- nesto Salazar Caballero, Alfredo Daniel Cueva Torres, Santiago Eder Zubieta Aldave, Francisco Tello Mejía; Eleo- doro Obregón Melgarejo, Florentino Yanac Salazar Nan- cy Gutierrez Castillejo, Elias José Adauto Vélez (Obser- vación 16) Los saldos del rubro inmuebles, maquinaria y equipo de la Dirección Regional de Educación Ancash al 31 de diciembre de 2002 ascendentes a S/. 264 658 673 66 no se encuentran correctamente sustentados al omitirse realizar el inventario físico. Recae responsabilidad ad-