Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (01/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G35/G39/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de febrero de 2005 viembre de 2004, fue exonerada de proceso de selec- ción la Contratación de los "Servicios de PublicidadRadial y Televisivo para la Emisión de Avisos Informa-tivos del Gobierno Regional del Callao", autorizándo- se, en mérito a la evaluación técnica de las caracte- rísticas inherentes a los diferentes medios de comu-nicación realizada por la Oficina de Imagen Institucio-nal del Gobierno Regional del Callao, la Contrataciónmediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantíay bajo la modalidad de Servicios Personalísimos, de los Servicios de Publicidad aludidos en el artículo pri- mero de la presente resolución, a los medios de Co-municación a) Compañía Peruana de Radiodifusión S.A.hasta por un monto de S/. 61,500.00 (Sesenta y un milquinientos con 00/100 nuevos soles); b) Panamerica-na Televisión S.A. hasta por la suma de S/. 43,500.00 (Cuarenta y tres mil quinientos con 00/100 nuevos soles); c) Instituto Nacional de Radio y Televisión delPerú hasta por la suma de S/.4,500 (Cuatro mil qui-nientos y 00/100 nuevos soles) y d) GRUPORPP S.A.hasta por al suma de S/.15,000.00 (quince mil con 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe de Vistos, el Jefe de la Oficina Imagen Institucional y Protocolo informa que por un errorde digitación se colocó como valor referencial del servi-cio de publicidad contenido en los documentos InformeNº 028-2004-REGION CALLAO/GGR-OIP, Informe Nº031-2004-REGION CALLAO/GGR-OIP, Informe Nº 032- 2004-REGION CALLAO/GGR-OIP, Informe Nº 035- 2004-REGION CALLAO/GGR-OIP, Informe Nº 036-2004-REGION CALLAO/GGR-OIP, la suma de S/.126,259.00 cuando el monto que debió de consignarseera de S/. 124,500.00, razón por la cual solicitan se ten-ga en cuenta dicho error a efectos de adoptar las medi- das pertinentes; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en su infor- me de visto señala, que la referida resolución omite se-ñalar la fuente de financiamiento a utilizarse para laadquisición exonerada, haciéndose necesario subsa-narlo en concordancia a lo establecido en el Numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, consignándose o agregándose que esa adquisición seencuentra financiada con recursos de la Participaciónen Rentas de Aduanas y, que para ello, debe adoptarsela forma y modalidad de comunicación o publicación quecorresponde al acto original; Que, la Directiva acotada establece también la obligatorriedad de establecer el tipo, descripción básica,cantidad y tiempo de la prestación del servicio, los mis-mos que se encuentran contenidos en el Informe Nº036-2004-REGION CALLAO/GGR-OIP el cual sustentala Resolución Ejecutiva Regional Nº 324-2004-REGION CALLAO/PR; Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444 faculta a la Administración a rectificar sus actos con efecto retroacti-vo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de losadministrados, siempre que no se altere lo sustancial desu contenido ni el sentido de la decisión, debiendo adop- tarse las formas y modalidades de comunicación o pu- blicación que corresponda para el acto original, cuandose trate de errores materiales o aritméticos en los actosadministrativos; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Gerencia de Administración y la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, y en virtud de las atribu- ciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales y el Reglamento de Organizacióny Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobadopor Ordenanza Regional Nº 002-2004-REGION CA-LLAO-CR, modificada por al Ordenanza Regional Nº 004- 204-REGION CALLAO-CR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 324-2004-RE- GION CALLAO-PR, quedando redactado en los térmi- nos siguientes: "Artículo Segundo .- AUTORIZAR, en mérito a la evaluación técnica de las características inherentes alos diferentes medios de comunicación realizada por la Oficina de Imagen Institucional del Gobierno Regional del Callao, la Contratación mediante proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía y bajo la modalidad de Servi-cios Personalísimos, de los Servicios de Publicidad alu-didos en el artículo primero de la presente resolución, a los medios de Comunicación siguientes: a. Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. hasta por un monto de S/. 61,500.00 (Sesenta y un mil quinien- tos con 00/100 nuevos soles); b. Panamericana Televisión S.A. hasta por la suma de S/. 43,500.00 (Cuarenta y tres mil quinientos con 00/100 nuevos soles); c. Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú hasta por la suma de S/.4,500 (Cuatro mil quinientos y 00/100 nuevos soles) y d. GRUPORPP S.A. hasta por al suma de S/. 15,000.00 (quince mil con 00/100 nuevos soles). La descripción básica, el tipo, tiempo, y cantidad de los servicios a contratarse, conforme a lo establecido en el presente artículo, se encuentran detallados en el Infor-me Nº 036-2004-REGION CALLAO/GGR-OIP el cualforma parte integrante de la presente Resolución. La contratación a que hace referencia el presente artículo afectará los recursos de la fuente de financia- miento Rentas de Aduana." Artículo Segundo.- Precísase para todos los efec- tos que el monto total de la contratación de los serviciosa que hace referencia la Resolución Ejecutiva RegionalNº 324-2004-REGION CALLAO-PR y la presente Resolución asciende a la suma de S/. 124,500.00 (Cien- to veinticuatro mil quinientos con 00/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- Disponer, que la Gerencia Gene- ral Regional remita copia de la presente Resolución comolos informes que lo sustentan a la Contraloría Generalde la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, así como, la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruanodentro de los diez (10) días hábiles siguientes de aproba-da. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 02226 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G62/G69/G2D/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G2D/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 022-2005-REGIÓN CALLAO/PR Callao, 28 de enero de 2005 VISTOS: El INFORME Nº 005-2005-GRC/GA-OL de fecha 17 de enero de 2005, de la Oficina de Logística recomen-dando la nulidad de oficio de la Licitación Pública Nacio-nal Nº0013-2004-REGIÓN CALLAO, derivado, median-te proveído, por la Gerencia General Regional; y el INFORME Nº 012-2005-REGIÓN CALLAO/GAJ-EAP del 21 de enero de 2005, emitido por la Gerencia de Aseso-ría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 276- 2004-Región Callao-PR del 12 de noviembre de 2004, se designó al Comité Especial encargado de conducirlos procesos de Licitación Pública y Concurso Públicode Bienes y Servicios, así como los proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía de Bienes y Servicios que con-voque el Gobierno Regional del Callao; Que, en la realización del proceso de Licitación Públi- ca Nacional Nº 0013-2004-REGIÓN CALLAO, existe lapresunción de irregularidades cometidas en la recep-ción y evaluación de propuesta económica del postorMaderera Mariscal Castilla SAC, en lo concerniente alítem Nº 1, por el monto de su propuesta ascendente a S/. 1 012 618,74 (Un Millón Doce Mil Seiscientos Diecio-