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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2005 (06/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G31/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 6 de julio de 2005 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA MUNICIPAL Nº 046-2005/MDV-CDV Ventanilla, 22 de junio de 2005 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ventanilla, visto en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de junio del 2005, elInforme Nº 115-2005/MDV-GDUO-SGOP, y el Expediente Nº 10434 sobre propuesta de "Ordenanza de Amnistía de Regularización de Licencia de Construcción"; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194ºsobre Descentralización de la Constitución Política del Esta-do concordado con el Artículo II del Título Preliminar de laLey Nº 27972 "Orgánica de Municipalidades; y en tal sentidoconforme a lo señalado por el artículo 74º de la norma cons- titucional, los gobiernos locales crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de éstas dentro de sujurisdicción y en los límites que señala la Ley; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27157 que modifica la Décimo Cuarta Disposición Complementaria de la LeyNº 27972 y el D.S. Nº 011-2005-VIVIENDA, ésta establece que todas aquellas edificaciones construidas, antes de di- ciembre del 2003, se encuentran exoneradas de pagar lamulta u otras sanciones, y tienen plazo de regularizar lafábrica hasta diciembre del 2005, para las construccionesposteriores a diciembre del 2003 tendrán que acogerse a lasanción correspondiente según el RAMSA y a la Ley Nº 27157, ósea el pago del 10% del Valor de la Obra; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972-Orgánica deMunicipalidades, luego del debate correspondiente el Plenodel Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente Orde-nanza;ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA LA AMNISTÍA DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Artículo 1º.- Autorizar la Amnistía de "Regularización de Licencia de Construcción" para aquellas construcciones que cumpla con los siguientes requisitos: a. Sean anteriores a diciembre del 2003. b. Respeten los parámetros urbanísticos de la zona, y hallan construido dentro de su propiedad. c. No tengan un área mayor a 90 m2. Esta amnistía tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2005. Artículo 2º.- Establecer como "único pago" el monto de S/. 256.90 (Doscientos cincuenta y seis con 90/100 nuevos soles), que corresponde a la obtención del Certificado de Parámetros, Licencia de Construcción en vía de Regula-rización y el Certificado de Finalización de Obra. Artículo 3º.- El "único pago", alcanza a los que han construido sin autorización municipal así como para aque-llos administrados que en cumplimiento de las normas gene- rales y municipales se encuentran tramitando su licencia de obra respectiva. Artículo 4º.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas elcumplimiento de la presente norma municipal, y a la Geren-cia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas su debida difusión. Artículo 5º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 11869 /G41/G64/G65/G63/G75/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G61 /G6C/G6F/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G20/G79/G20/G50/G65/G71/G75/G65/GF1/G61/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 047-2005/MDV Ventanilla, 22 de junio del 2005EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA. REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU