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PÆg. 295606 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de junio de 2005 ANEXO: 4D RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES DEPARTAMENTO : 01 AMAZONAS PROVINCIA : 02 BAGUA PLIEGO : 01 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PECA TIPO OTROS GASTOS ACTIVIDAD / PROYECTO CORRIENTES 1 TOTAL ACTIVIDADES 14852COMEDORES, ALIMENTOS POR TRABAJO, 40,432 HOGARES Y ALBERGUES RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES DEPARTAMENTO : 01 AMAZONAS PROVINCIA : 02 BAGUA PLIEGO : 06 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA - LA PECA TIPO BIENES Y ACTIVIDAD / PROYECTO SERVICIOS 1 TOTAL ACTIVIDADES 14852COMEDORES, ALIMENTOS POR TRABAJO, 127,031 HOGARES Y ALBERGUES Octava.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que me- diante decreto supremo refrendado por el Ministro de Eco- nomía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuan-do sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales deCrédito Interno" provenientes del crédito extraordinario per- manente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación al amparo de la Segunda Disposición Complementaria del De-creto Legislativo Nº 442 y sus modificaciones, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Exceptúase de la declaración de viabilidad y autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad, como requisito pre- vio a la ejecución, de los Proyectos de Inversión Pública queapruebe la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002- PCM del 17 de agosto de 2002, a propuesta de la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Novena.- Modifícase la Cuarta Disposición Transito- ria de la Ley Nº 28112, de acuerdo al siguiente texto: "Cuarta.- A partir de la vigencia de la presente Ley, el pro- grama denominado Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales creado por el Decreto Ley Nº 25535, depende delViceministerio de Economía, que queda facultado para dictar las normas que sean necesarias a fin de compatibilizar su organización y funciones al Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Economía y Finanzas". Décima.- La recuperación que efectúe el Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo So- cial (FONCODES) de los recursos financieros asigna-dos en administración a organismos ejecutores para el otorgamiento de crédito y/o fines de capacitación a mi- cro y pequeños empresarios con arreglo a las disposi-ciones que lo regulan, constituyen recursos directamente recaudados de FONCODES y luego de su respectiva incorporación presupuestaria mediante resolución deltitular del pliego, se destinará el financiamiento de accio- nes a favor de la micro y pequeña empresa. Décima Primera.- El Ministerio de Economía y Fi- nanzas dicta, de ser necesario, las disposiciones regla- mentarias para la mejor aplicación de la presente Ley. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.- Deróganse o déjanse en suspenso, en su caso, las normas y disposiciones legales y administrativas, ge- nerales y específicas, sin excepción, que se opongan olimiten la aplicación de lo establecido por la presente Ley. Asimismo, deróganse la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28194 y la Décimo Cuarta Disposición Final dela Ley Nº 28411.Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintio- cho días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11712 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan a procuradora iniciar accio- nes judiciales contra presuntos respon- sables de la comisión de delitos en agravio del CONSUCODE y del INDECI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2005-PCM Lima, 23 de junio de 2005Visto, el Oficio Nº 612-2005(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 172-2005- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las accio- nes penales correspondientes contra el representantelegal de la empresa J y S Contratistas Generales y Pro- veedores S.R.L. y todos los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la funciónjurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo), en agravio del CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,modificada por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado porDecreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y de- fensa de los intereses del Estado, inicie e impulse lasacciones judiciales correspondientes contra el represen- tante legal de la empresa J y S Contratistas Generales y Proveedores S.R.L. y todos los que resulten responsa-bles de conformidad con la Resolución Nº 172-2005- CONSUCODE/PRE, que constituye parte integrante de la presente Resolución Ministerial.