Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2005 (30/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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ANEXO: 4D

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de junio de 2005

Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
40,432

RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES DEPARTAMENTO PROVINCIA PLIEGO MORDAZA ACTIVIDAD / PROYECTO 1 TOTAL ACTIVIDADES 14852 COMEDORES, ALIMENTOS POR TRABAJO, HOGARES Y ALBERGUES : 01 AMAZONAS : 02 BAGUA : 01 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PECA OTROS GASTOS CORRIENTES

POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES DEPARTAMENTO PROVINCIA PLIEGO MORDAZA ACTIVIDAD / PROYECTO 1 TOTAL ACTIVIDADES : 01 AMAZONAS : 02 BAGUA : 06 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA - LA PECA BIENES Y SERVICIOS

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11712

14852 COMEDORES, ALIMENTOS POR TRABAJO, HOGARES Y ALBERGUES

127,031

Octava.- Autorizase al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes del credito extraordinario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion al MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 442 y sus modificaciones, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Exceptuase de la declaracion de viabilidad y autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad, como requisito previo a la ejecucion, de los Proyectos de Inversion Publica que apruebe la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002PCM del 17 de agosto de 2002, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Novena.- Modificase la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28112, de acuerdo al siguiente texto: "Cuarta.- A partir de la vigencia de la presente Ley, el programa denominado Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales creado por el Decreto Ley Nº 25535, depende del Viceministerio de Economia, que queda facultado para dictar las normas que MORDAZA necesarias a fin de compatibilizar su organizacion y funciones al Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas". Decima.- La recuperacion que efectue el Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES) de los recursos financieros asignados en administracion a organismos ejecutores para el otorgamiento de credito y/o fines de capacitacion a micro y pequenos empresarios con arreglo a las disposiciones que lo regulan, constituyen recursos directamente recaudados de FONCODES y luego de su respectiva incorporacion presupuestaria mediante resolucion del titular del pliego, se destinara el financiamiento de acciones a favor de la micro y pequena empresa. Decima Primera.- El Ministerio de Economia y Finanzas dicta, de ser necesario, las disposiciones reglamentarias para la mejor aplicacion de la presente Ley. DISPOSICION DEROGATORIA Unica.- Deroganse o dejanse en suspenso, en su caso, las normas y disposiciones legales y administrativas, generales y especificas, sin excepcion, que se opongan o limiten la aplicacion de lo establecido por la presente Ley. Asimismo, deroganse la Decima Disposicion Final de la Ley Nº 28194 y la Decimo Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 28411.

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del CONSUCODE y del INDECI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2005-PCM MORDAZA, 23 de junio de 2005 Visto, el Oficio Nº 612-2005(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Resolucion Nº 172-2005CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las acciones penales correspondientes contra el representante legal de la empresa J y S Contratistas Generales y Proveedores S.R.L. y todos los que resulten responsables, por la presunta comision del delito contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo), en agravio del CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificada por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra el representante legal de la empresa J y S Contratistas Generales y Proveedores S.R.L. y todos los que resulten responsables de conformidad con la Resolucion Nº 172-2005CONSUCODE/PRE, que constituye parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

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