TEXTO PAGINA: 3
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G35/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de mayo de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G35/G30/G39 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G44/G45/G20/G43/G52/G45/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G4C/G20/G44/G49/G53/G54/G52/G49/G54/G4F/G20/G53/G41/G4E/G20/G50/G45/G44/G52/G4F/G20/G44/G45 /G50/G55/G54/G49/G4E/G41/G20/G50/G55/G4E/G43/G4F/G20/G45/G4E/G20/G4C/G41/G20/G50/G52/G4F/G56/G49/G4E/G43/G49/G41/G20/G44/G45/G20/G53/G41/G4E/G44/G49/G41/G2C /G44/G45/G50/G41/G52/G54/G41/G4D/G45/G4E/G54/G4F/G20/G44/G45/G20/G50/G55/G4E/G4F Artículo 1º.- Objeto de la Ley Créase en la provincia de Sandia, departamento de Puno, el distrito San Pedro de Putina Punco con su capitalel Centro Poblado Putina Punco que se eleva a la catego-ría de villa por la presente Ley. Artículo 2º.- Límites del distrito San Pedro de Putina Punco - Por el Norte.- Con el departamento de Madre de Dios. El límite lo constituye el límite Sur de la Ley Nº 1782.Se inicia en el río Tambopata en el punto de coorde-nadas UTM: X 429,616.66, Y 8 524, 969.52, y conti-núa por una línea con dirección noreste, hasta alcan-zar el thalweg del río Heath, límite internacional entrePerú y Bolivia. - Por el Este.- Con la República de Bolivia según los Tratados Internacionales vigentes.Del último punto descrito, el límite continúa en direc-ción general suroeste hasta un punto de intersecciónde las divisorias de aguas de los ríos Lozabamba yPablobamba con el límite internacional Perú-Bolivia. - Por el Sur-Suroeste.- Con los distritos de San Juan del Oro y Alto Inambari.A partir del último lugar mencionado, el límite continúaen dirección general noroeste por las divisorias deaguas de los ríos Lozabamba (este) y Pablobamba(oeste) hasta encontrar la cota 2195 (coordenadasUTM: X 501,296.78, Y 8 434,469.42); de este puntoel límite se dirige con dirección oeste por una quebra-da sin nombre, aguas abajo, hasta confluir en el ríoPablobamba, donde el límite intersecta al río Pablo-bamba (coordenadas UTM: X 496,810.88, Y 8433,945.88), continúa en línea recta hasta un cerrosin nombre de cota 1901(coordenadas UTM: X494,659.68, Y 8 434,099.01) hasta encontrar las na-cientes de una quebrada sin nombre que confluye enel río Tambopata (coordenadas UTM: X 492,694.16,Y 8 435,105.18); prosigue por la línea de alturas pa-sando por la cota 2244, de este punto el límite conti-núa por la divisoria de aguas del río Charuyoc y sustributarios y el río Cruz Playa, hasta la cota 2270(coordenadas UTM: X 485,071.33, Y 8 439,791.19),para luego continuar con dirección norte por la diviso-ria de aguas de los ríos Charuyoc y Quebrado, hastaalcanzar el cerro Buena Vista pasando por las cotas2160, 2175 y 2005, de donde el límite prosigue por ladivisoria de aguas de los ríos Arcopunco y Azata y elrío Huari Huari (Inambari y sus afluentes) pasando porlas cumbres de los cerros Santiago Punta, cotas 1995,2326, 2272, 2385, 2026 y el cerro San Antón, cotas2615, 2432, 2455, 2460, 2256, 2257, 2324, 2473,2417, 2217, hasta el punto de coordenadas UTM: X460,270.89, Y 8 466,761.71. - Por el Oeste.- Con el distrito de Limbani. Del último punto descrito (coordenadas UTM: X460,270.89, Y 8 466,761.71) el límite describe unadirección general norte por la divisoria de aguas delos ríos Rosario, Shenahuaja, la quebrada Sheheta- piti y el río Huacamayo, pasando por las cotas 2085,1853, 1765, 2162, 1902, 1678, 1937 y 1685, hastaalcanzar las cumbres de los cerros Shehetapiti y Shi-huehui Punta, cotas 1505, 1893, 1860, 1722, 1725;para luego continuar por las cotas 1052, 875, 925,860, 825, 663, hasta las nacientes del río Potoaja,por uno de sus tributarios que desemboca en el ríoPotoaja (coordenadas UTM: X 450,558.69, Y 8510,574.89), prosigue por este río, aguas abajo, has-ta su confluencia en el río Tambopata (coordenadasUTM: X 448,146.83, Y 8 515,930.45), continúa por elthalweg de este río, aguas abajo, hasta un punto decoordenadas UTM: X 429,616.66, Y 8 524,969.52(inmediaciones del lugar denominado Astillero), pun-to de inicio de la presente descripción. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA.- Los límites del distrito de San Pedro de Putina Punco han sido trazados sobre la cartografía oficialelaborados por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) aescala 1:100000; Hojas: Astillero – 2944 (27x) Ed 1-IGN,Reserva Tambopata- Candamo- 3044 (27y) Ed 1-IGN, ríoHeath – 3144 (27z) Ed 1-IGN, Azata – 3143 (28z) Ed 1-IGN, San Ignacio – 3142 (29z) Ed 1-IGN impresos en juliodel 2004; Santa Bárbara – 3043 (28y) Ed 1-IGN impresoen septiembre del 2003; Sandia – 3042 (29y), Ed 1-IGNimpreso en diciembre del 2003. Toda la cartografía estareferida al Datum WGS84. SEGUNDA.- El Poder Ejecutivo dictará las disposicio- nes correspondientes a fin de dotar de las autoridadespolítico-administrativas a la nueva circunscripción que secrea por la presente Ley. TERCERA.- En tanto se elija e instalen las nuevas auto- ridades del distrito San Pedro de Putina Punco, la adminis-tración y la prestación de los servicios públicos seguiránsiendo atendidos por el distrito San Juan del Oro. CUARTA.- El Poder Judicial dispone las acciones nece- sarias a fin de dotar al distrito que se crea por Ley de lasautoridades judiciales correspondientes. La ejecución delo dispuesto en la presente disposición se financia concargo al presupuesto aprobado al Poder Judicial por la LeyNº 28427, sin que su aplicación conlleve, en ningún caso,una demanda de recursos adicionales al Tesoro Público. QUINTA.- El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridadesmunicipales del distrito San Pedro de Putina Punco deacuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 26864, “Ley de Elec-ciones Municipales”. La ejecución de lo dispuesto en lapresente disposición se financia con cargo al presupuestoaprobado al Jurado Nacional de Elecciones por la LeyNº 28427, sin que su aplicación conlleve en ningún caso,una demanda de recursos adicionales al Tesoro Público. SEXTA.- Forma parte de la presente Ley el mapa que define el ámbito de creación del distrito San Pedro dePutina Punco. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de mayo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09165