Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2005 (14/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2005
MORDAZA 92 95 97 101 104 106

NORMAS LEGALES
Frecuencia (KHz) 1450 1480 1500 1540 1570 1590

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Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF y sus normas complementarias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar al Banco de Materiales BANMAT- la facultad de calificar la viabilidad de los proyectos que se formulen en el MORDAZA del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA ­ MI BARRIO, y que se encuentren en la fase de Preinversion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9º de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293, cuyos montos de inversion a precios de MORDAZA MORDAZA iguales o menores al tope establecido por el Ministerio de Economia y Finanzas en la delegacion de facultades prevista para la Oficina de Programacion de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Segundo.- Delegar en el Banco de Materiales BANMAT, la atribucion contenida en el literal c) del articulo 5º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 1572002-EF, mediante el cual se faculta al Organo Resolutivo del Sector la autorizacion para la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los proyectos de inversion publica declarados viables. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 09154

Total de MORDAZA : 34 Articulo 2º.- A fin de optimizar el uso del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion y procurar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parametros tecnicos previstos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados en el articulo primero, podran ser modificados de oficio procurando la menor afectacion de los derechos adquiridos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 09081

VIVIENDA
Delegan al BANMAT calificar la viabilidad de proyectos que se encuentren en fase de Preinversion y autorizar elaboracion de expedientes tecnicos y ejecucion de proyectos en el Programa MI BARRIO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9º de la Ley Nº 27293; Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, el Ministerio de Economia y Finanzas califica la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversion, pudiendo delegar a los sectores esta atribucion total o parcialmente. Del mismo modo, en cada Sector el organo resolutivo puede delegar esta atribucion a las Entidades y Empresas pertenecientes a su Sector; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10º de la Ley Nº 27293, el Ministro o la MORDAZA autoridad ejecutiva constituye el organo resolutivo de cada Sector y, en concordancia con la normatividad presupuestal vigente, autoriza la elaboracion del expediente tecnico y la ejecucion de los proyectos de inversion publica. Asimismo, el organo resolutivo de cada Sector puede delegar sus atribuciones a las entidades y empresas pertenecientes al Sector; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 5º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica aprobado con Decreto Supremo Nº 157-2002EF, el Organo Resolutivo del Sector autoriza la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica declarados viables; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF/ 15, se delegaron facultades a las Oficinas de Programacion e Inversiones del Gobierno Nacional para declarar la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Banco de Materiales BANMAT - se encuentra bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, es necesario delegar en BANMAT las facultades de calificar la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversion; asi como, autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los proyectos de inversion publica, que formulen en el MORDAZA del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - MI BARRIO; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; la Ley Nº 27293,

Aprueban donacion de maquinaria a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Cachora para implementar centro educativo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 129-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005 Vistos; el Oficio Nº 025-2005-MDSPC, de fecha 1 de marzo de 2005, presentado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Cachora, provincia de Abancay, departamento de Apurimac; el Informe Tecnico Nº 013-2005/VIVIENDAVMCS-PREBAM-ARR y el Memorandum Nº 025-2005VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo;

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