Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2005 (13/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de noviembre de 2005

Que, mediante Proveidos Nºs. 1626-5-2004 y 007-52005 emitidos con fechas 3 de noviembre de 2004 y 14 de enero de 2005, respectivamente, se solicito a la Administracion que remitiera un informe en el que se precise la deuda tributaria que origino el procedimiento de ejecucion coactiva iniciado contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendose indicar ademas su estado actual y MORDAZA certificada de la resolucion que traba medida cautelar sobre el referido vehiculo y su MORDAZA de notificacion; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 012825-2005 de fecha 25 de febrero de 2005, se reitero a la Administracion a fin que cumpla con remitir la documentacion e informacion senalada precedentemente, dentro de un plazo de 10 dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de dicha resolucion, disponiendo la suspension temporal de medidas cautelares que pudiesen afectar al tercerista con ocasion de la cobranza coactiva iniciada; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02205-5-2005, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, se dispone revocar la Resolucion Nº 65-17-00000890 emitida el 11 de MORDAZA de 2004, que declara no admitir a tramite la terceria de propiedad, sustentada en que el recurrente no MORDAZA fehacientemente que hubiera adquirido el referido vehiculo con anterioridad a la afectacion al no haber la Administracion cumplido con proporcionar la informacion requerida, disponiendo a su vez oficiar al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a fin que de cumplimiento a lo dispuesto en dicha Resolucion; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 19267 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 576-2005-EF/10 MORDAZA, 10 de noviembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1715-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante escritos de fechas 29 de MORDAZA de 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso queja contra el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por infringir las normas del procedimiento de ejecucion coactiva relacionados con los arbitrios municipales de los anos 1997 al 2000, 2002 y 2003 y se deje sin efecto la medida cautelar en forma de secuestro recaida sobre su vehiculo de Placa de Rodaje Nº EO-6289; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 073643-2004 de fecha 27 de setiembre de 2004, se dispuso la acumulacion de los Expedientes Nºs. 3790 y 3791-04 por guardar conexion entre si, senalandose que mediante Proveidos Nºs. 0514-3-2004 y 1061-3-2004 de 12 de MORDAZA y 6 de agosto de 2004, respectivamente, se reitero a la Administracion que cumpla con informar sobre los hechos que motivaron la interposicion de las quejas y el envio de los originales o copias certificadas de los valores que dan origen al procedimiento de ejecucion coactiva, requiriendose para que la Administracion cumpla con lo ordenado dentro de un plazo de 10 dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de dicha resolucion, disponiendose que el ejecutor coactivo se abstenga de ejecutar cualquier medida cautelar adoptada o por adoptarse; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 092813-2004, de fecha 25 de noviembre de 2004, se reitera al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cumpla con proporcionar la informacion solicitada, bajo responsabilidad; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 003493-2005 de fecha 19 de enero de 2005, se reitera a la Administracion para que cumpla con lo solicitado, bajo apercibimiento de formular la denuncia penal correspondiente; Que, el Tribunal Fiscal, mediante Resolucion Nº 022015-2005, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, declara fundadas las quejas interpuestas, disponiendo oficiar al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas a fin que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte del Servicio de Administracion Tributar ia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales

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