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PÆg. 304137 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de noviembre de 2005 por ASOCIACION PACHAMAMA e.V, a favor de ASOCIACION PACHAMAMA MANTA WUA WUAN CUNAPACC PERUPI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por ASOCIACION PACHAMAMA e.V, a favor de la ASOCIACION PACHAMAMA MANTA WUA WUAN CUNAPACC PERUPI, consistente en 1054 bultosconteniendo telas, zapatos, frazadas, fundas, toallas, sillas de plástico, coche de niños, monitor marca Peacock, ollas, máquinas de coser, accesoriosmedicinales, CPU (incluido cable y Mouse, Ecco Key), juguetes, material quirúrgico, parlante de bajos usado, material de traumatología, material para operaciones,anteojos y herramientas ginecológicos, monitor, archivos, materiales para carpintería, máquinas de escribir, zapatos para niños, material de cocina, casacas, material deoficina, material didáctico alemán, Impresora Epson Stylus color 600, vendas cohesiva de fijación compresoras absorbentes, sillas, almohadas, carteras, mesa, radio,bicicletas, puertas de madera, una balanza, ropa para bomberos, monitor 4URL Micro Scan, IBM personal Computadora 300PI, Proline CPU con mouse, panasonicVideo recorder, Play station y accesorios, Tape Deck, ropa de cama, secador de pelo, muletas, despertador, mesas de plásticos, cómoda de madera, silla con bancapara pies, Fujitsu Siemens CPU Serie Nº 3604280390, mesa de cocina, pañales, calculadoras, máquina de escribir eléctrica, camas, catre para enfermos, somiers,banco de carpintería, cajas de herramientas vacías, cepillo de carpintería, grifería, perchero, serrucho de carpintería, taladro eléctrico, sillas de ruedas, portadoresde infusión para hospital, accesorios médicos, mesas quirúrgicas para hospital, ordenador de ropa para hospital, lámpara ultravioleta, colchones, un containerde 40', protector de sillas usados, cajas de plásticos vacíos usados, gancho de plástico, bolsa de mano, velas, tina, tijera de jardinería, refrigeradora chica usada, conun peso bruto de 12,760.00 kilos, llegados vía marítima, amparado con Conocimiento de Embarque Nº 4BREES0386, con un valor FOB US$ 2,073.00 (DosMil Setentitrés y 00/100 Dólares Americanos) con un peso bruto de 12,760.00 kilos, donación destinada para el apoyo humanitario para la población de extrema pobreza. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributarla- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19218 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1243-2005-RE Lima, 11 de noviembre de 2005 Visto el Expediente Nº 6964-2005, presentado por el Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI), mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) respecto a la donación recibida de Emmaus International; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI), se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada porDecreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 4 de abril de 2003, legalizado por el Consulado General del Perúen París, República de Francia, se observa que Emmaus International ha efectuado una donación a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI); Que, los bienes donados consisten en trescientos noventa y siete (397) bultos consistentes en noventinueve (99) cajas de ropa usada de invierno,ciento cinco (105) cajas de ropa usada de verano, veintinueve (29) bultos de ropa usada de invierno, quince (15) cajas de bolsos, nueve (9) cajas de ropa blanca,trece (13) cajas de zapatos, sesenta (60) bultos de ropa, dieciocho (18) cajas de perchas, veinticuatro (24) cajas de cintas, dieciocho (18) cajas de bobinas dehilo, dos (2) cajas de botones para costura, dos (2) cajas de broches para costuras, una (1) caja de cinturones, dos (2) cajas de mantas, con un pesomanifestado de 8,996 kilogramos y un valor FOB aproximado de EUR 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Euros), donación que será destinada paraapoyar gratuitamente a las familias de escasos recursos económicos del departamento de Piura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial, la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadasa favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaus International, a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Emmaus International, a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI),consistente en trescientos noventa y siete (397) bultos consistentes en noventinueve (99) cajas de ropa usada de invierno, ciento cinco (105) cajas de ropa usada deverano, veintinueve (29) bultos de ropa usada de invierno, quince (15) cajas de bolsos, nueve (9) cajas de ropa blanca, trece (13) cajas de zapatos, sesenta(60) bultos de ropa, dieciocho (18) cajas de perchas, veinticuatro (24) cajas de cintas, dieciocho (18) cajas de bobinas de hilo, dos (2) cajas de botones paracostura, dos (2) cajas de broches para costuras, una (1) caja de cinturones, dos (2) cajas de mantas, con un peso manifestado de 8,996 kilogramos y un valorFOB aproximado de EUR 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Euros), donación que será destinada para apoyar gratuitamente a las familias deescasos recursos económicos del departamento de Piura. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se