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PÆg. 304144 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de noviembre de 2005 a nivel internacional, activas y no activas; ofrece además ratings financieros y de deuda, así como ratings de fortaleza financiera de todos los sectores de la industria del seguro, (Riesgos Generales, Vida, etc).; Que, asimismo resulta necesario tener en cuenta que la Superintendencia Adjunta de Seguros cuenta con una base de datos con más de 3 000 códigos asignados aempresas de reaseguros a nivel internacional, la mayoría de las cuales cuentan con clasificación de Standard & Poor’s, la cual es utilizada para determinar la viabilidad ono de las empresas de reaseguros que respaldan las operaciones de las empresas supervisadas; Que, en tal sentido y siendo primordial que la Superintendencia Adjunta de Seguros cuente con la suscripción a la base de datos de la Clasificadora de Riesgo Standard and Poor’s con la finalidad de recibirinformación actualizada por ser ella indispensable para el normal desarrollo de las actividades de supervisión y control que ejerce dicha Superintendencia Adjunta, resultarecomendable para la Institución proceder a la contratación de la empresa Standard & Poor’s; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, la contratación de la suscripción a la base de datos de la Clasificadora de Riesgo Standard & Poor’s, por las características indicadas, constituyen serviciosúnicos que no admiten sustitutos, resultando de aplicación lo señalado en el literal e) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM -Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que precisa que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, o AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 20º de la acotada norma legal prevé que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneración se realizarán mediante acciones directas e inmediatas y seaprobarán mediante una Resolución de Titular del Pliego de la entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,previo Informe Técnico Legal que sustente la exoneración y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano; una copia de la mencionada Resolución deberá ser remitida a la ContraloríaGeneral de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez días calendario siguientesa la fecha de su aprobación; Finalmente, es de indicar que el valor referencial del servicio se ha estimado en la suma de US$ 28 084,00(Veintiocho Mil Ochenta y Cuatro y 00/100 Dólares Americanos) incluido todo concepto gasto y tributo. De acuerdo a ello, el proceso de selección correspondientesería una Adjudicación Directa Selectiva; proceso del que se exoneraría la contratación antes indicada por tratarse el mismo de un servicio que no admite sustitutos; Con lo informado por el Departamento Legal mediante Informe Nº 911-2005-LEG; En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en elTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias: RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva que le corresponde en función a su cuantía para la contratación de la empresaSTANDARD AND POOR’S a fin que preste el servicio de suscripción a la base de datos de las principales clasificadoras de riesgos internacionales para la Superintendencia de Banca,Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 28 084,00 (Veintiocho Mil Ochenta y Cuatroy 00/100 Dólares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo, por el período de un año. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el mencionado servicio mediante acciones directas e inmediatas con cargo a los recursos propios de la Institución. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe Técnico y Legal quesustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lodispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 19236 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE Se toma conocimiento de la renuncia de Director del Banco de MaterialesS.A.C. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 003-2005/019-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de los Directores de lasempresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de esta Empresa. Se comunica que, mediante Acuerdo de Directorio de FONAFE N° 003-2005/019-FONAFE, correspondiente a la Sesión de Directorio instalada con fecha 3 de noviembre de 2005, se tomó conocimiento de la renunciaal cargo de miembro del Directorio del Banco de Materiales S.A.C. – BANMAT S.A.C., de la persona señalada a continuación: NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO MANUEL PABLO BANMAT S.A.C PRESIDENTE FERNANDINI CAPURRO HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 19270 Designan Miembro del Directorio del Banco de Materiales S.A.C. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 003-2005/ 019-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normasmodificatorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo ladesignación deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 003- 2005/019-FONAFE, de fecha 3 de noviembre de 2005,se designó como miembro del directorio del Banco de Materiales S.A.C. – BANMAT S.A.C., a la persona que se señala a continuación: NOMBRE EMPRESA CARGO ELÉSPURU NESANOVICH, BANMAT S.A.C. PRESIDENTE OTTO JUAN NORBERTO HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 19269