Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 133

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Practicas Preprofesionales de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-2005-MSS MORDAZA de MORDAZA, 15 de noviembre de 2005 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 379-98-RASS, de fecha 10MAR1998, modificada con Resolucion Nº 1391-98RASS, de fecha 23SET1998 y Resolucion Nº 136-2003RASS, de fecha 17FEB2003, se aprobo el Reglamento de Practicas Preprofesionales de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, la Municipalidad considera necesario modificar el Reglamento de Practicas Preprofesionales, con la finalidad de adaptarlo a la estructura organica y a las competencias descritas en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado con Ordenanza Nº 204-MSS del 29OCT2004; Que, es politica de la Administracion Municipal, brindar atencion y capacitacion tecnica y profesional a estudiantes y egresados de Universidades e Institutos Superiores, a traves de las Practicas Preprofesionales; En uso de las facultades que le confiere el Articulo 20º numeral 6 y el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DE PRACTICAS PREPROFESIONALES DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA, el mismo que consta de: Generalidades, 2 Titulos, 4 Capitulos, 37 Articulos, 3 Disposiciones Transitorias, 2 Disposiciones Finales y 3 Anexos, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administracion, a traves de la Subgerencia de Personal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA INDICE
GENERALIDADES DEL CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACION DEL REGLAMENTO TITULO I DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS GENERALES TITULO II DE LOS ASPECTOS GENERALES CAPITULO I DEL MORDAZA, FORMULACION, SEGURIDAD Y RESTRICCIONES CAPITULO II DE LA ADMISION, SUBVENCION Y HORARIOS DE LOS PRACTICANTES

CAPITULO III DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS CAPITULO IV DEL REGISTRO Y CERTIFICACION DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LAS DISPOSICIONES FINALES ANEXOS ANEXO I: FORMATO DE PLAN ANUAL DE PRACTICAS PREPROFESIONALES ANEXO II: FORMATO DE ENTREVISTA PARA PRACTICAS PREPROFESIONALES ANEXO III: INFORME DE EVALUACION DE PRACTICAS PREPROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PREPROFESIONALES GENERALIDADES DEL CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACION DEL REGLAMENTO Articulo 1º.- El presente Reglamento, es un instrumento legal que MORDAZA y regula las acciones administrativas de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en los aspectos relacionados a las Practicas Preprofesionales que implemente segun sus politicas. Articulo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento de Practicas Preprofesionales, son de alcance a todas las unidades organicas y, a todos los estudiantes y egresados que realicen practicas Preprofesionales en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. TITULO I DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS GENERALES Articulo 3º.- La finalidad del presente Reglamento es establecer las normas y procedimientos para la realizacion de Practicas Preprofesionales en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo 4º.- Las Practicas Preprofesionales tienen como objetivo: brindar orientacion, capacitacion tecnica y profesional a estudiantes y egresados de universidades e institutos superiores, asi como, de entidades publicas o privadas que brinden formacion especializada o superior en las areas que correspondan a su formacion academica. TITULO II DE LOS ASPECTOS GENERALES CAPITULO I DEL MORDAZA, FORMULACION, SEGURIDAD Y RESTRICCIONES Articulo 5º.- La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, implementara anualmente, un Programa de Practicas dirigido a estudiantes y egresados de las entidades a que hace referencia el articulo 4º del presente Reglamento, el mismo que se desarrollara bajo la supervision de los Gerentes, Jefes de Oficina, Subgerentes y Jefes de Unidad. Articulo 6º.- Se estableceran dos (2) periodos de Practicas, el primer periodo iniciara en el mes de enero, culminando en el mes de marzo, y el MORDAZA periodo iniciara en el mes de MORDAZA, culminando en el mes de diciembre de cada ano.

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