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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (08/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 301874 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de octubre de 2005 Aceptan renuncia de Viceministro de Minas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2005-EM Lima, 7 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2005-EM, se designó al Ing. Rómulo Mucho Mamani como Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo antes mencionado; De conformidad con la Ley Nº 27594; el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el Ing. Rómulo Mucho Mamani al cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 17221 Encargan funciones del despacho del Viceministro de Minas al Viceministro de Energía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 418-2005-MEM/DM Lima, 7 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Minas; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial, hasta la designación del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, al señor economista JUAN MIGUEL CAYO MATA, Viceministro deEnergía, las funciones del Despacho del Viceministro deMinas del Ministerio de Energía y Minas, hasta ladesignación del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 17222 JUSTICIA Aprueban Plan de Implementación y Calendario Oficial de la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal DECRETO SUPREMO Nº 013-2005-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957, del 28 de julio del 2004, se promulgó el nuevo Código Procesal Penal; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 958, del 28 de julio del 2004, se creó la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal integrada por representantes delPoder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior,Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Justiciaquien la preside, habiéndose incorporado posteriormente unrepresentante de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 4º del Decreto Legislativo antes mencionado, son atribuciones de laComisión Especial de Implementación del CódigoProcesal Penal formular las políticas y objetivos para laadecuada implementación progresiva del Código ProcesalPenal, diseñar la propuesta específica del Plan de Implementación, así como elaborar el calendario oficial de aplicación progresiva del referido Código; Que, luego de analizada la propuesta técnica de implementación progresiva del Código Procesal Penalpresentada por la Secretaría Técnica de la Comisión,elaborada en base a las propuestas presentadas por las instituciones, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, en sesión de fecha 9 de febrerode 2005, aprobó el calendario oficial de aplicaciónprogresiva del Código Procesal Penal a nivel nacional; Que, en sesión de fecha 20 de junio de 2005, la citada Comisión aprobó el Plan Implementación del Código Procesal Penal; Que, en atención a la documentación presentada por la Comisión Especial de Implementación del CódigoProcesal Penal, es necesario aprobar dicha propuesta afin de que se dé inicio a las actividades referidas; De conformidad con el artículo 118º numeral 24) de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, la Ley Nº 27238 - Leyde la Policía Nacional del Perú, el Decreto SupremoNº 003-2004-IN que aprueba el Texto Único Ordenadodel Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio delInterior y el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE DECRETA:Artículo 1º.- Aprobación del Plan de Implemen- tación del Código Procesal Penal Apruébase el Plan de Implementación del Código Procesal Penal elaborado por la Comisión Especial de Implementacióndel Código Procesal Penal, el mismo que será publicado en lapágina web del Ministerio de Justicia, www.minjus.gob.pe. Artículo 2º.- Aprobación del Calendario Oficial de la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal Apruébase el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal formulado por laComisión Especial de Implementación del Código ProcesalPenal, que consta del siguiente cronograma anual: Año 2006 : Distritos judiciales de Huaura y La Libertad. Año 2007 : Distritos judiciales de Ayacucho, Callao, Cusco, Lambayeque y Ucayali. Año 2008 : Distritos judiciales de Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Junín, Moquegua, Piura, Tacna y Tumbes. Año 2009 : Distritos judiciales de Ancash, Apurímac, Cañete, Huancavelica, Ica y Puno. Año 2010 : Distritos judiciales de Lima Norte, Huánuco-Pasco, Loreto, Madre de Dios, San Martín y Santa. Año 2011 : Distrito judicial de Lima. Artículo 3º.- Inicio del Proceso de Implementación La implementación del Código Procesal Penal se iniciará en el distrito judicial de Huaura el 1 de febrero del2006 y el en el distrito judicial de La Libertad el 1 deagosto del 2006. Artículo 4º.- Secuencia y cronograma de la implementación anual A partir del año 2007 la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal fijará la