Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (27/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

PÆg. 303005 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de octubre de 2005 1.4 Las siguientes Comisiones quedan adscritas al Sector a cargo del Ministro de Justicia: - La Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la Gestión Pública y en la Sociedad, creada por Decreto SupremoNº 120-2001-PCM; y, - La Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado enlos ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional creada por Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, y encargada de los Programas de PlanIntegral de Reparaciones, de conformidad con lo establecidoen la Ley Nº 28592. En un plazo que no excederá del 31 de diciembre de 2005, la Presidencia del Consejo de Ministros transferirá los recursos, el acervo documentario y los bienes correspondientes al Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- Fusión de la Secretaría de Comunicaciones Fusiónese la Secretaría de Comunicaciones con el Despacho Presidencial. En un plazo que no excederá del 31 de diciembre de 2005, la Presidencia del Consejo de Ministros transferirálos recursos, personal, sujeto a su actual régimen laboral,acervo documentario y bienes de la Secretaría deComunicaciones. Artículo 3º.- Secretaría Técnica del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente enPerjuicio del Estado - FEDADOI La Secretaría Técnica del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI queda a cargo del Ministerio de Justicia. La designación del Secretario Técnico se realizaa propuesta del Ministro de Justicia. En un plazo que no excederá del 31 de diciembre de 2005, la Presidencia del Consejo de Ministros transferirálos recursos, el acervo documentario y los bienes de dicha Secretaría Técnica. Artículo 4º.- Transferencias presupuestarias Encárguese a la Presidencia del Consejo de Ministros para que en coordinación con el Ministerio de Economía yFinanzas, a través de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, la elaboración de la propuesta normativa para la aprobación de la transferencia de partidas del pliego de laPresidencia del Consejo de Ministros, a favor de los pliegoscorrespondientes originada como consecuencia de laaplicación del presente Decreto Supremo, la cual incluirála adscripción del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI- al Pliego del Ministerio de Justicia. La propuesta deberá ser presentada para la aprobación del Consejo de Ministros en un plazo que no excederá del30 de noviembre de 2005. Artículo 5º.- Adecuación de Reglamentos de Organización y Funciones El Ministerio de Educación, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Justicia, el DespachoPresidencial y los Organismos Públicos Descentralizadosque se adscriben, deberán presentar el proyecto deadecuación de sus respectivos Reglamentos de Organización y Funciones de acuerdo a lo establecido porel presente Decreto Supremo. La aprobación de dichos documentos de gestión se realizará mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, dentro de los treinta (30) díascalendario de haber sido aprobada la transferencia departidas a que hace referencia el artículo anterior. Artículo 6º.- Normas Complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolución Ministerial, aprobará las normascomplementarias para la aplicación del presente DecretoSupremo. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro deEducación, el Ministro de Economía y Finanzas y por elMinistro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 18249 Modifican la Quinta Disposición Final del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 083-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, con la finalidad de prevenir posibles distorsiones en la aplicación de la normativa tributaria y contractual que pueda afectar a los proveedores o al Estado, mediante el DecretoSupremo Nº 014-2005-PCM se modificó el precitadoReglamento, incluyendo una Quinta Disposición Final que INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TRIBUTARIO ““AASSPPEECCTTOOSS CCOONNTTRROOVVEERRTTIIDDOOSS EENN EELL IIGGVV”” UUllttiimmaass mmooddiiffiiccaacciioonneess RReeggllaammeennttaarriiaass yy oottrrooss tteemmaass ppeennddiieenntteess Expositores: DR. CÉSAR RODRÍGUEZ DUEÑAS Pazos, López de Romaña, Rodriguez - BDO DRA. ROSANNA BRIGNETI BARBIS Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Luna- Victoria Abogados DR. LUIS DURÁN ROJO Asesoramiento y Análisis Laborales - AELE Jueves 10 de Noviembre de 2005 De 18:00 a 21:00 hrs. Hotel Sonesta Posadas del Inca - El Olivar Av. Pancho Fierro 194 San Isidro Asociados: S/. 180.00 (incl. IGV) No Asociados: S/. 250.00 (incl. IGV) Inscripciones : Av. José Gálvez Barrenechea 592 Ofc. 202, San Isidro Teléfono: 226-2356 Fax: 226-2357 E-mail: ipidet@terra.com.pe