Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2005 (09/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2005

aplicandose dichos costos a las asociaciones de vivienda y urbanizaciones populares cuyo tramite se realiza ante la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre y publique.

emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, INFORME Nº 150-05-SGCyC-GAT-MDLP emitido por la Subgerencia de Control y Recaudacion, MEMORANDUM Nº 1062-2005-GM/MDLP emitido por la Gerencia Municipal, INFORME Nº 137-2005-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, MEMORANDUM Nº 1235-2005-GM/ MDLP, MEMORANDUM Nº 0226-2005-GAT/MDLP, MEMORANDUM Nº 314-2005-GAJ/MDLP y el Dictamen emitido por la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre Revocar Valores Tributarios; y, CONSIDERANDO:

MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 15464

Modifican Ordenanza Nº 04-2004-MPC que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000028 Callao, 5 de septiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 5 de setiembre de 2005; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA A LA ORDENANZA Nº 04-2004-MPC QUE APROBO EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES Articulo Primero.- Modificar el Articulo 105º inciso "b" del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 00004-2004MPC, suprimiendo la expresion "y Urbanizaciones Populares", el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "b. Supervisar y coordinar el apoyo tecnico y legal que se brindara a los posesionarios de los asentamientos humanos para su reconocimiento legal y posterior obtencion del titulo de propiedad". Articulo Segundo.- Modificar el Articulo 130º de la acotada MORDAZA municipal agregandole el literal "s" con el siguiente texto: "s.- Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos de Prescripcion Adquisitiva de Dominio y Regularizacion del tracto sucesivo respecto a Urbanizaciones Populares." POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 15466

Que, el numeral 2 del articulo 108º del TUO del Codigo Tributario, indica que la Administracion Tributaria tiene la facultad de revocar, modificar, sustituir o complementar sus actos despues de notificados, cuando detecte que se han presentado circunstancias posteriores a la emision de los mismos que demuestran su improcedencia o cuando se trate de errores materiales, tales como los de redaccion o calculo; Que, asimismo la MORDAZA indicada dispone que la Administracion senalara los casos en que existan errores materiales o circunstancias posteriores a la emision de sus actos, asi como a dictar el procedimiento para revocar, modificar, sustituir o complementar los mismos; Que, el ultimo parrafo del articulo 109º del TUO del Codigo Tributario, otorga a la Administracion la facultad de convalidar, previa subsanacion de los vicios que adolezcan los actos anulables que se hubieran dictado sin observar lo previsto en el articulo 77º del referido dispositivo; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9º y por el Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIME y con dispensa del tramite de lectura del acta, aprobo la siguiente: SE ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza sobre Revocar Valores Tributarios. ORDENANZA Articulo 1º.- La Gerencia de Administracion Tributaria, procedera a revocar, modificar, sustituir o complementar las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa o Resoluciones de Perdida de Beneficio de Fraccionamiento con posterioridad a su notificacion, cuando: a. Los pagos efectuados por el deudor tributario hubieran sido imputados equivocadamente por la Municipalidad. b. Existan pagos totales o parciales de la deuda realizados hasta el dia anterior a aquel en que se efectue la notificacion de las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa o Resoluciones de Perdida de Beneficio de Fraccionamiento que contienen dicha deuda. c. Las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa hubieran sido notificadas sin considerar que la totalidad o parte de la deuda tributaria ha sido materia de un convenio de fraccionamiento. d. Las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa o Resoluciones de Perdida de Beneficio de Fraccionamiento se hubieran emitido como resultado de errores de digitacion, trascripcion y/o procesamiento de cifras por la Municipalidad. e. Se presenten los siguientes casos de duplicidad en la emision de los documentos: - Tratandose de Resoluciones de Multa, estas correspondan a la misma infraccion y periodo tributario, y coincidan en el monto de la sancion, sin considerar intereses. - Tratandose de Ordenes de Pago, estas correspondan al mismo tributo y periodo tributario, provengan de la misma Declaracion y coincidan en el monto del tributo. f. Exista una Declaracion rectificatoria que hubiera determinado una mayor obligacion, respecto a la deuda

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen disposiciones sobre Revocar Valores Tributarios
ORDENANZA Nº 015-2005-MDLP La MORDAZA, 31 de agosto del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA: El Concejo Distrital de La MORDAZA en Sesion de fecha 31 de agosto del 2005 el INFORME Nº 099-2005-GAT/MDLP

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