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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (10/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 83

PÆg. 312329 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de febrero de 2006 Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo municipal, referidos aasuntos específicos de interés público, vecinal oinstitucional que expresan la voluntad del órgano degobierno para practicar determinados actos o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante los Acuerdos de Concejo Nº 53-99- MDSM, modificado por el Nº 020-2001-MDSM, se suspendió la recepción y trámite de las solicitudes deCertificados de Compatibilidad de Uso, así como lassolicitudes de Licencia de Funcionamiento de Salas de Espectáculos, peñas, pubs, discotecas, salsódromos, locales para fiestas, bailes, recepciones, clubes nocturnos, salas de billar, casas de hospedaje y hostales de categoría menor a Tres Estrellas, prorrogándose lavigencia con los Decretos de Alcaldía Nº 02-2000-MDSM,Nº 16-2000-MDSM y Nº 04-2001-MDSM; Que, el 22 de agosto de 2001 se elevó a rango de ordenanza el Acuerdo de Concejo Nº 53-99-MDSM susmodificatorias; el cual fue prorrogada, con los Decretosde Alcaldía Nº 011-2002-MDSM, Nº 08-2003-MDSM yNº 022-2004-MDSM; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano con Informe Nº 174-2005-GDU/MDSM comunica que lasuspensión citada, ha resultado insuficiente; toda vez,que se ha incrementado las quejas de los vecinospor ruidos molestos, personas de mal vivir queproliferan dichos locales y la alta congestión vehicular provocada por el ejercicio de los negocios suspendidos a tramitación; Que, además se ha precisado, que en la jurisdicción de San Miguel, las actividades suspendidas a trámite han rebasado la demanda y generado el malestar de losvecinos al afectar principalmente la residencialidad delas zonas al alcanzar una cantidad inapropiada para el distrito; Que, la Municipalidad Distrital de San Miguel ha presentado en el mes de octubre de 2005 al Instituto Metropolitano de Lima, la propuesta de Reajuste deÍndices de Usos para la Ubicación de algunas ActividadesComerciales en Zonas Urbanas de la jurisdicción de San Miguel; a efectos de ser incluida en la aprobación del Plan de Acondicionamiento Territorial por la provincial,conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML;en ella, se elimina los Códigos 5511 (Hotel para categoríaigual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (ApartHotel), 5519A Casa de Huéspedes y Pensión), 5519B (Albergue), 5520E (Bares, Cantinas, Choperías y Pubs), 9219A (Salones de Baile, Discotecas, Boites,Salsódromos, Pubs, Karaoke y similares), 9219C(Casinos, Salas de Bingo, Tragamonedas y Telepódromo)y 9219F (Prostíbulos y Casa de Cita); Que, el Concejo Municipal Distrital conforme al Artículo 9º de la Ley Nº 27972 tiene atribuciones paraaprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Esquema dezonificación de áreas urbanas y demás planesespecíficos sobre la base del Plan de Acondiciona-miento Territorial. Dicho Plan forma parte de laorganización del espacio físico y uso del suelo; a tenor del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la aprobación del Plan es una funciónespecífica exclusiva de las municipalidadesprovinciales; sin embargo, en su elaboración puedenparticipar también las municipalidades distritales,como ha sucedido, conforme al parágrafo anterior; Que, mediante Informe Nº 294-2005-GAJ/MDSM de fecha 6 de diciembre de 2005, emitido por la Gerencia deAsuntos Jurídicos recomienda que, conforme al marcolegal expuesto, la Municipalidad está facultada paraexpedir la norma que suspenda el Índice de Usos paraalgunas Actividades Comerciales en zonas urbanas, por un plazo de seis (6) meses o hasta la aprobación del Plan de Acondicionamiento Territorial; máxime, si éste,es un instrumento para la organización físico espacialde las actividades económicas y sociales, determinandoen la distribución y ubicación de las inversiones y demásactividades; De conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú; la Ley Orgánica de la Municipalidades,Ley Nº 27972, y de la Ordenanza Nº 620-MML. ElConcejo Municipal del distrito de San Miguel, estando alo expuesto, con el voto Unánime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Artículo9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA POR LA CUAL SE SUSPENDE ÍNDICES DE USOS PARA ALGUNAS ACTIVIDADES COMERCIALES EN ZONAS URBANAS EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- SUSPENDER los Índices de Usos para la Ubicación de algunas Actividades Comerciales en Zonas Urbanas en la jurisdicción de San Miguel, por un plazo de seis (6) meses o hasta la aprobación delPlan de Acondicionamiento Territorial por la MunicipalidadProvincial; cuyos Códigos son: 5511 (Hotel para categoríaigual o menor a Tres Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (ApartHotel), 5519A (Casa de Huéspedes y Pensión), 5519B (Albergue), 5520E (Bares, Cantinas, Choperías y Pubs), 9219A (Salones de Baile, Discotecas, Boites,Salsódromos, Pubs, Karaoke y similares), 9219C(Casinos, Salas de Bingo, Tragamonedas, Telepódromo)y 9219F (Prostíbulos y Casa de Cita); cualquiera sea ladenominación que adopten, en horario diurno y/o nocturno. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Policía Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria,Subgerencia de Registros, Licencias y Orientación Tributaria y la Subgerencia de Administración Documentaria y Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 02394 Suspenden procedimiento de autori- zación de elementos de publicidad exterior en el distrito ORDENANZA Nº 103-MDSM San Miguel, 26 de enero de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO:Que es competencia y función específica de la Municipalidad Distrital de San Miguel, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar lafiscalización de la ubicación de avisos publicitarios, tal como lo señala el numeral 3.6.3. del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que por Ordenanza Nº 12-97/MDSM, de fecha 11 de septiembre de 1997, la Municipalidad de San Miguel regulólas autorizaciones de elementos fijos de publicidadexterior y anuncios en general; Que, mediante la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 26780, y Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, se ha modificado el marco legal bajo el cual seexpidió la Ordenanza Nº 12-97/MDSM, por lo que sehace necesario adecuarla a la normatividad vigente.Razón por la cual es pertinente suspender algunos trámites de autorizaciones de anuncios y avisos hasta que se emita la nueva Ordenanza que regula la publicidad exterior en el distrito de San Miguel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Artículo 9º e inciso 5) delArtículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobó lo siguiente;