Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

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SN, publicada el 16 de octubre del 2003 aprobo la Directiva Nº 013-2003-SUNARP/SN, la misma que uniformiza los criterios de calificacion registral de los asuntos no contenciosos de competencia notarial de declaracion de prescripcion adquisitiva de dominio, de formalizacion de titulos supletorios, o de saneamiento de area, linderos y medidas perimetricas; Que, dicha Directiva senala que es procedente la inscripcion de la declaracion de prescripcion adquisicion de dominio y formacion de titulos supletorios, respecto de inmuebles situados en zonas urbanas, aunque no se encuentre inscrita la aprobacion de la habilitacion MORDAZA, siempre que la Municipalidad correspondiente, a traves de la certificacion pertinente, establezca que el inmueble materia del MORDAZA no contencioso, cuenta con zonificacion urbana. Este criterio sera tambien de aplicacion a la inscripcion de las regularizaciones de edificaciones tramitadas al MORDAZA de la Ley Nº 27157 y su reglamento; Que, corresponde a la autoridad administrativa, en este caso la Municipalidad de MORDAZA, en uso de su competencia en materia de ORGANIZACION del espacio fisico y uso del suelo (Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Articulos 73º y 79º numeral 3), emitir la MORDAZA que conlleve a que los propietarios de los predios ubicados en los Sectores de San MORDAZA, Parcelacion MORDAZA MORDAZA, Huertos de Villena, Huer tos de Lurin, Huertos de MORDAZA, Sector El MORDAZA, Tomina, La Mejorada, Cacica, Tortugas, Tortuguitas y Anexos, El Arenal y otros puedan acceder al procedimiento de Licencia de Obra, dada las caracteristicas especiales de dichas areas; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2005-Vivienda establece la modificatoria del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157 en lo referente a la Regularizacion precisa que es el tramite destinado a obtener el reconocimiento legal e inscripcion de las edificaciones existentes sobre predios urbanos, terrenos que cuenten con proyecto aprobado de habilitacion MORDAZA con construccion simultanea y los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas que se encuentren como urbanos en la Municipalidad correspondiente e inscritos como rusticos en el Registro de Predios. Asimismo, considera la Habilitacion MORDAZA de Oficio cuando las Municipalidades Provinciales en el ambito del Cercado y las Distritales en su jurisdiccion, identifiquen los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentren como urbanos en la Municipalidad e inscritos como rusticos en el Registro de Predios, declarandolos habilitados de oficio mediante Resolucion de Alcaldia, disponiendo la inscripcion registral del cambio de uso de MORDAZA a MORDAZA, acto este que sera gestionado por el propietario; para el caso del distrito de MORDAZA y debido a las condicionantes especiales de su territorio, la Municipalidad sera la encargada de elaborar los planeamientos integrales de sector que comprende la definicion de la disposicion de los lotes y las vias; Que, por los considerandos anteriores es necesario dictar una MORDAZA de caracter excepcional que tenga por objetivo atender la necesidad de formalizacion gradual de las propiedades en los sectores; que no cuentan con habilitaciones urbanas concluidas, comprendiendose tambien a los moradores de las zonas de limite distrital como son de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y Lurin; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 40º y 79º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, D.S. Nº 008-2000-MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157 de Regularizacion de Edificaciones y D.S. Nº 011-05-Vivienda la misma que modifica el Reglamento de la Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la declaratoria de fabrica, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal por MAYORIA aprobo lo siguiente:

ORDENANZA DE LICENCIAS DE OBRA EN SECTORES SIN HABILITACION MORDAZA Reguladora y formalizadora de las Construcciones en los Sectores San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Huertos de Villena, Huertos de Lurin, Huertos de MORDAZA, Sector El MORDAZA, Tomina, La Mejorada, Cacica, Tortugas, Tortuguitas y Anexos, El Arenal y otros. Articulo Primero.- OBJETO Y ALCANCES El objeto de la presente Ordenanza es determinar las disposiciones normativas y tecnicas a regir en la Formalizacion de Construcciones efectuadas en los Sectores denominados San MORDAZA, Parcelacion MORDAZA MORDAZA, Huertos de Villena, Huertos de Lurin, Huertos de MORDAZA, Sector El MORDAZA, Tomina, La Mejorada, Cacica, Tortugas, Tortuguitas y Anexos, El Arenal y otros; la determinacion del procedimiento y el organo encargado del tramite, de modo tal que se cumpla con la politica municipal en materia de ordenamiento urbanistico, mediante un racional acondicionamiento fisico MORDAZA, en beneficio de sus propietarios y con un criterio de justicia social. Articulo Segundo.- COMPETENCIA La Municipalidad de MORDAZA en uso de las competencias previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo le corresponde normar y regular el otorgamiento de Licencias de Obra y se ejecuten conforme las normas urbanisticas para tal efecto. Articulo Tercero.- AMBITO Las normas de la presente Ordenanza son aplicables a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27157 en los siguientes casos: - Licencia de Obra y/o regularizacion de Edificaciones. Articulo Cuarto.- DEFINICIONES Para efectos de la presente MORDAZA es necesario consignar las siguientes definiciones: Licencia de Obra.- Es la autorizacion que otorga la Municipalidad de MORDAZA, dentro del ambito de su Jurisdiccion, para iniciar cualquier MORDAZA de obra de edificacion, con la cual en forma obligatoria deben contar los propietarios de predios. Habilitacion Urbana.- Comprende la delimitacion de lotes individuales, de lotes para servicios comunales, de areas verdes y el diseno de vias y servicios publicos complementarios. Debe aprobarse conforme a los Planes de Desarrollo Provincial, Plan de Acondicionamiento Territorial y Plan MORDAZA del distrito de Pachacamac. Regularizacion.- Es el tramite destinado a obtener el reconocimiento legal e inscripcion de las edificaciones existentes. Articulo Quinto.- REQUISITOS - PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LICENCIA DE OBRA Ademas de los parametros contemplados en el D.S. Nº 008-2000/MTC, segun sea el caso se tiene que cumplir con los siguientes requisitos: a) Formulario Unico Oficial "FUO" completo, por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario y/o posesionario y el profesional responsable de la Obra. b) Documento de propiedad, MORDAZA de adjudicacion, MORDAZA de posesion o cualquier documento que acredite la titularidad sobre el inmueble materia de tramite y que no tengan problemas judiciales o esten en competencia de la COFOPRI. La MORDAZA de posesion otorgada por la Municipalidad no debera tener antiguedad mayor de 3 anos.

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