Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

Prorrogan vigencia de beneficios de condonacion de intereses moratorios de arbitrios establecidos mediante Ordenanza Nº 245-MDB
ORDENANZA Nº 250-MDB Barranco, 26 de enero del 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru senala que las municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 245-MDB establecio la condonacion de los intereses moratorios por pago voluntario de arbitrios municipales y de adeudos producto de fiscalizacion predial; Que, los beneficios de la referida ordenanza vencieron el 30 de diciembre del 2005; Que, es politica de la administracion municipal dar las mayores facilidades a los contribuyentes que muestran interes en cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA de 5 votos a favor y 1 abstencion de la Regidora MORDAZA, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Dar vigencia a los beneficios establecidos en la Ordenanza 245-MDB, desde el dia siguiente de la publicacion de la presente ordenanza hasta el 28 de febrero del 2006. Articulo Segundo.- Facultar al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias a la presente MORDAZA, incluyendo la prorroga de la vigencia de los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 245-MDB. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 02465

CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004 EF, en su Titulo II, Capitulo I, establece el Impuesto Predial, su definicion, su alcance, base imponible y metodologia, siendo MORDAZA de cumplimiento obligatorio en el territorio de las Municipalidades durante cada Ejercicio Fiscal; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 266-2005VIVIENDA publicada el 31 de octubre del 2005, se aprueban los MORDAZA de los Valores Unitarios Oficiales de Edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA y el Anexo correspondiente a la metodologia para la determinacion de la Base Imponible de las Instalaciones Fijas y Permanentes para el calculo del Impuesto Predial, de igual manera mediante Resolucion Ministerial Nº 2682005-VIVIENDA, se aprueban los Planos Basicos Arancelarios que contienen los valores arancelarios de terrenos urbanos de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Decreto Supremo Nº 176-2005-EF publicado el 16 de diciembre del 2005, se establece el valor de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT para el ano 2006, en S/. 3,400.00 Nuevos Soles, como valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias; Que, a merito del MORDAZA parrafo del articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se actualiza el valor de los predios por las Municipalidades, la cual constituye la obligacion de presentar la Declaracion Jurada de Autovaluo y se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto; Que, es politica de la actual gestion municipal, la de brindar las mayores facilidades a los Contribuyentes de su Comuna, ha estimado por conveniente el envio de la informacion tributaria a sus hogares, a efecto de facilitar el pago oportuno de sus tributos; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el Articulo 20º inciso 6) la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ESTABLECER el Programa Predial para el ejercicio gravable 2006, en forma automatizada, emitiendose la Valorizacion del Predio (Autoavaluo) y la determinacion del Impuesto Predial. Articulo Segundo.- ESTABLECER las Modalidades de Pago siguientes: - Al contado hasta el 28 de febrero. - En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales: Primera: Segunda: Tercera: Cuarta: 28 31 31 30 de de de de febrero MORDAZA agosto noviembre

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Establecen Programa Predial para el Ejercicio 2006 y las modalidades de pago
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-06-MDCH Chaclacayo, 1 de febrero del 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO: El Informe Nº 014-GDATR-MDCH-2006 de fecha 30 de enero del 2006 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Memorando Nº 037-2006-GM/ MDCH de la Gerencia Municipal;

La MORDAZA, Tercera y Cuar ta Cuota, seran reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago. Articulo Tercero.- FIJESE como gastos administrativos de emision y distribucion domiciliaria, el equivalente a S/. 13.60 Nuevos Soles hasta dos Predios y S/. 6.80 Nuevos Soles por predio adicional. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el presente ano, el 0.6% de la UIT, equivalente a S/. 20.40 Nuevos Soles. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Administracion y a la Unidad de Informatica, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02489

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