Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

c) Declaracion Jurada del propietario o posesionario del predio en la que conste que dicho inmueble no presenta contenciosos judiciales ni administrativos. d) En caso de copropiedad y/o coposesion, la solicitud y los planos de arquitectura deberan estar firmados por los copropietarios. e) Comprobantes de pagos de Derecho de Tramite y Derecho de Revision. Los Pagos seran:
- Derecho de Tramite - Derecho de Revision - Derecho de Licencia - Derecho de Inspeccion Ocular 2.10% de la UIT vigente 0.15% del V.O. como minimo S./. 58.00 1.20% del V.O. como minimo S./. 120.00 2.10% de la UIT vigente solo en caso de regularizacion para verificar y contrastar el Autoavaluo

Proyectos aplicara la presente Ordenanza con las caracteristicas senaladas asi como la senalada en el D.S. Nº 030-2002-MTC publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 30 de junio del 2002. f) Se emitira la Resolucion de Licencia de Obra y numeracion respectivamente a los proyectos que cuenten con Dictamen "Aprobado" de la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos en la especialidad de Arquitectura, con la respectiva carga si hubiera, sujeta al cambio de zonificacion y a la culminacion del tramite de habilitacion urbana. Articulo Septimo.- PLAZO Los administrados que opten por acogerse a la MORDAZA de facilitacion y formalizacion de la licencia de obra, deberan presentar su solicitud con los requisitos establecidos en el articulo 5º, dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- EXONERACION Exonerar del pago de las multas y sanciones al 100% establecidas por el articulo 108º del D.S. Nº 008-2000MTC y Ley Nº 27333 a los propietarios de las edificaciones construidas sin Licencia de Obra que se acojan al presente procedimiento y unicamente hasta la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Los expedientes tecnicos de Licencia de Obra que se encuentren en tramite a la vigencia de la presente ordenanza, deberan adecuarse a la presente norma. Articulo Decimo.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Rural y Medio Ambiente queda encargada del estricto cumplimiento y adecuacion practica mediante Informe Tecnico pertinente de la presente Ordenanza y la Gerencia de Participacion Vecinal de su promocion y difusion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 02365

Para el caso de regularizacion, el valor de obra sera el declarado en el Autoavaluo. Para Obras Nuevas, se debera presentar el presupuesto de obra formulado sobre la base de los MORDAZA de Valores Unitarios vigentes al mes de presentar la regularizacion. f) Previo al otorgamiento de la Licencia de Obra debera asimismo presentar el Comprobante de pago a cuenta de la liquidacion que se emita por habilitacion MORDAZA a favor de la Municipalidad de MORDAZA, el equivalente al 20% de la UIT vigente. En caso de Obra Nueva: g) Planos de arquitectura firmados por arquitecto colegiado, en formato y escala normativa. h) Carta de Ingeniero o Arquitecto colegiado, por la que se hace responsable de la ejecucion de la obra cumpliendo las normas reglamentarias y de la buena practica constructiva. En caso de Regularizacion: i) Planos de Arquitectura firmados por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado, en formato y escala normativa. j) Carta de Responsabilidad de Obra, respecto a las estructuras de la edificacion, firmado por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. Articulo Sexto.- ORGANO A CARGO DEL PROCEDIMIENTO a) La MORDAZA del expediente se MORDAZA por la Oficina de Tramite Documentario, la misma que se derivara a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente. b) El area de Obras Publicas y Privadas, sera la que en uso de sus funciones asignadas, se avocara al procedimiento regulado en el articulo precedente dentro de los plazos establecidos por la Ley Nº 27157, su Reglamento y las normas complementarias. c) Para determinar la zonificacion en el caso de que no estuvieran oficialmente determinados por los planes urbanos o proyectos urbanisticos integrales, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente, a traves del area de Catastro, Obras Privadas y Habilitacion MORDAZA de la Municipalidad fijara para el caso especifico tomando para ello como base las Ordenanzas Nº 620-MML y Nº 729-MML, Directiva Nº 013-2003-SUNARP/SN, y el D.S. Nº 027-2003Vivienda y su modificatoria D.S. Nº 012-2004 (Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano) y la Ordenanza Nº 310-MML, asi como otras normas que no se opongan a los fines de la presente Ordenanza. d) Si alguno de los parametros no estuviera oficialmente determinado por los planes urbanos o proyectos urbanisticos integrales, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad debera fijar para el caso especifico, conforme asi lo senala el articulo 48º y articulo 63º modificado por D.S. Nº 0112005-Vivienda del Reglamento de la Ley Nº 27157. e) Para la calificacion de Proyectos nuevos o Regularizacion la Comision Tecnica calificadora de

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Suspenden Indices de Usos para la ubicacion de determinadas actividades comerciales en zonas urbanas del distrito
ORDENANZA Nº 101-MDSM San MORDAZA, 16 de diciembre de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, establece en el Articulo 194º que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica que gozan los gobiernos locales el mismo articulo constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia, la misma que se ejerce mediante MORDAZA con rango de Ley, como son las Ordenanzas, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos (Articulo 40º - Ley Nº 27972);

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