Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2006 (13/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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LICA DEL P E

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323520

NORMAS LEGALES
LEY Nº 28778

El Peruano jueves 13 de MORDAZA de 2006

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28777
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: POR CUANTO:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE REPATRIACION DE LOS OBJETOS ARQUEOLOGICOS QUE FORMAN PARTE DE LA COLECCION MACHUPICCHU DE LA UNIVERSIDAD DE MORDAZA
Articulo 1º.- Declaratoria de interes nacional Declarase de interes nacional la repatriacion de los objetos arqueologicos, autorizados por el Estado peruano a salir del MORDAZA mediante Decretos Supremos nums. 1529 y 31 del 31 de octubre de 1912 y 27 de enero de 1916, respectivamente, que conforman la Coleccion Machupicchu depositaria en el museo Peabody de la Universidad Norteamericana de MORDAZA, en concordancia con la propuesta de colaboracion expresada por dicha Universidad. La repatriacion incluye a los objetos arqueologicos provenientes del Santuario Arqueologico Machupicchu retirados del territorio nacional. Articulo 2º.- Comision de repatriacion Constituyese la Comision de Alto Nivel de Repatriacion de los objetos arqueologicos senalados en el articulo precedente, conformada por: Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, que la presidira. Un representante del Ministerio de Justicia. Un representante del Congreso de la Republica. Un representante del Instituto Nacional de Cultura. Un representante del Gobierno Regional de Cusco. Un representante del Gobierno Local de Machupicchu.

LEY QUE ESTABLECE EL DIA NACIONAL DE LA VISION
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase el MORDAZA jueves de octubre de todos los anos como "Dia Nacional de la Vision". Articulo 2º.- Actos conmemorativos El Ministerio de Salud, en coordinacion con el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, programa y ejecuta las acciones necesarias para efectos de la difusion del establecimiento del "Dia Nacional de la Vision", asi como de la realizacion de los actos conmemorativos con dicho motivo. Articulo 3º.- Colecta nacional Como parte de los actos conmemorativos, el Instituto Nacional de Oftalmologia - INO, en coordinacion con el Comite Nacional de Prevencion de la Ceguera, organiza una colecta nacional anual destinada a recibir donaciones, tanto de personas naturales como de instituciones publicas y privadas, a fin de financiar actividades del Programa Nacional de Prevencion y Control de la Ceguera. Las autoridades de los diversos organismos del Estado deben brindar las facilidades necesarias para tal efecto. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 12227

Los representantes de los Ministerios y del Instituto Nacional de Cultura ­ INC se designaran mediante resolucion ministerial y el del Congreso de la Republica por acuerdo del Consejo Directivo, en el lapso de los 30 dias siguientes a la vigencia de la presente Ley. La Comision iniciara sus funciones dentro de los 15 dias siguientes de designados sus miembros. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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