Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2006 (13/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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321420

NORMAS LEGALES

El Peruano martes 13 de junio de 2006

MINCETUR
Aprueban "Manual para la Formulacion del Inventario de Recursos Turisticos a nivel nacional (Fase 1 - Categorizacion)"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2006-MINCETUR/DM MORDAZA, 9 de junio de 2006 Visto el Memorandum Nº 367-2006-MINCETUR/VMT de fecha 3 de MORDAZA de 2006, del Viceministro de Turismo, relativo a la aprobacion del "Manual para la Formulacion del Inventario de Recursos Turisticos a nivel nacional (Fase I - Categorizacion)"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 13º del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI, en concordancia con la Setima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR Ley Nº 27790, corresponde al MINCETUR la elaboracion y actualizacion del Inventario Nacional de Recursos Turisticos, en coordinacion con los gobiernos locales, organismos regionales y con los responsables de la administracion y preservacion del Patrimonio Cultural y Natural; Que, el inciso g) del articulo 63º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que es funcion de los Gobiernos Regionales llevar y mantener actualizado, el inventario de recursos turisticos, en el ambito regional, de acuerdo a la metodologia establecida por el MINCETUR; Que, a fin de cumplir con lo establecido en la normativa citada, la Direccion de Desarrollo del Producto Turistico de la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico ha elaborado el proyecto del "Manual para la Formulacion del Inventario de Recursos Turisticos a Nivel Nacional (Fase I Categorizacion), contando para ello con el asesoramiento especializado, entre otros, del INC y del INRENA; Que, dicho Manual comprende los lineamientos tecnicos y normativos que serviran de base para la identificacion, categorizacion y clasificacion de los atractivos turisticos a nivel nacional necesarios para la elaboracion del Inventario de Recursos Turisticos y constituye un importante instrumento de gestion para los Gobiernos Regionales a fin de cumplir las funciones que en materia de recursos turisticos les asigna la ley; De conformidad con lo establecido en el 13º del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000ITINCI, del inciso g) del articulo 63º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y el inciso l) del articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con el Informe Tecnico Nº 008-2005MINCETUR/VMT/DNDT/DDPT y el Informe Nº 021-2006MINCETUR/VMT-AL-GRO y el Memorando Nº 43-2006MINCETUR/ALVMT-LCHC de la Asesora Legal del Viceministro de Turismo. Con la visacion del Viceministro de Turismo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el "Manual para la Formulacion del Inventario de Recursos Turisticos a nivel nacional (Fase 1 - Categorizacion)", el mismo que consta en el anexo adjunto, en treinta y dos (32) folios, que debidamente visados y sellados, forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10412

Delegan en la Camara de Comercio de MORDAZA la facultad de expedir Certificados de Origen a empresas exportadoras domiliciadas en la Region Ica y excepcionalmente a otras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2006-MINCETUR/DM MORDAZA, 9 de junio de 2006 Vista la Carta s/n de fecha 21 de setiembre de 2004, de la Camara de Comercio de MORDAZA, solicitando se le delegue la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; CONSIDERANDO: Que, la Camara de Comercio de MORDAZA es una entidad gremial, con R.U.C. Nº 20192386102, inscrita en el Libro de Asociaciones de la Oficina Registral de MORDAZA, en la Partida Nº 11002380, del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº XI Sede Ica, que tiene por objeto, entre otros, contribuir al desarrollo socioeconomico de la provincia de MORDAZA, de la Region Ica y del pais; Que, conforme al inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, e inciso m) del articulo 39º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a traves de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - DNINCI, del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organo competente para expedir los Certificados de Origen en el MORDAZA de los acuerdos suscritos por el Peru y/o esquemas preferenciales otorgados; Que, el MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha funcion en personas juridicas del sector privado cuando existan circunstancias de indole tecnica, economica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme se desprende de los Articulos 67º y 70º en concordancia con el inciso 8) del Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por razones de orden tecnico y territorial, es conveniente otorgar a la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la delegacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27444 y 27790 y el Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR; De acuerdo con el Informe Nº 09-2005-MINCETUR/ VMCE/DNINCI/DAB-SACO, de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior; Contando con la visacion del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la Camara de Comercio de MORDAZA, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region Ica y "excepcionalmente" a empresas domiciliadas fuera del ambito de dicha Region, cuando provengan de lugares donde no existan entidades autorizadas por el MINCETUR para otorgar Certificados de Origen. La presente delegacion se otorga por el periodo de dos (2) anos y se ejercera de acuerdo a los terminos del Convenio que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial y que debera suscribirse entre el MINCETUR y la mencionada Camara. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representacion del MINCETUR, el Convenio referido en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10413

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