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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 13 de junio de 2006 321435REPUBLICADELPERU de desarrollo, celebren convenios con Centros Educativos u Organizaciones Sociales, orientados a laimplementación de la tecnología en el sistema educativo,como es el caso del convenio de cooperacióninterinstitucional suscrito entre la Municipalidad provincialde Canas, departamento de Cusco, con la Institución Educativa "Independencia Americana"; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en elAnexo adjunto a la presente Resolución, a favor de laMunicipalidad provincial de Canas, departamento deCusco, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institución Educativa "Independencia Americana"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en laLey Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrantede la presente Resolución, valorizada en S/. 9,410.22 (Nueve Mil Cuatrocientos Diez y 22/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad provincial de Canas,departamento de Cusco, con la finalidad de implementarun maquicentro en la Institución Educativa "IndependenciaAmericana" . Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, deberá constatar que la Municipalidad provincial de Canas, departamento deCusco, instale el maquicentro en la Institución Educativa"Independencia Americana". Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 10436 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2006-VIVIENDA Lima, 30 de mayo de 2006 Visto; el Oficio Nº 007-2005-MPP/ALC, de fecha 11 de enero de 2005, emitida por el Alcalde de la Municipalidad provincial de Palpa; el Informe TécnicoNº 015-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-ARR, defecha 6 de febrero de 2006, emitido por el Programa deEquipamiento Básico Municipal - PREBAM; y, elMemorándum Nº 025-2006-VIVIENDA/OGA-CGP , de fecha 6 de abril de 2006, emitido por el Comité de Gestión Patrimonial; CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 111-96, modificado por Decretos de Urgencias Nº 023-97 y Nº 086-97, se dispone la adquisición de maquinaria parala industria del calzado, confección y tejido, procedentesde la República Popular China, con la finalidad detransferirla a pequeños y microempresarios, a loscentros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, el Decreto Supremo Nº 026-2005-VIVIENDA, establece que el Programa de Equipamiento BásicoMunicipal - PREBAM, evalúe las solicitudes dedonación de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la formación de maquicentros en las Municipalidades,Centros Educativos y demás OrganizacionesSociales, abarcando su función desde la supervisiónhasta la instalación de dichos bienes en su destino; Que, con el Oficio Nº 007-2005-MPP/ALC, de fecha 11 de enero de 2005, el Alcalde de la Municipalidadprovincial de Palpa, solicita al Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, la donación de maquinaria para la instalación de un maquicentro que permitirá el desarrollo de la citada provincia; Que, mediante Informe Técnico Nº 015-2006/ VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-ARR, adjunto alMemorándum Nº 038-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM, de fecha 7 de febrero de 2006, el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM expresa su conformidad a la donación de la maquinaria detalladaen dicho documento, en atención a las consideracionestécnicas del expediente que contiene la solicitud dedonación; Que, con Memorándum Nº 025-2006-VIVIENDA/ OGA-CGP , el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y, actuandode conformidad con lo dispuesto en la "Directiva parael Procedimiento Administrativo respecto de los actosde disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos", aprobada porResolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de ladonación de la maquinaria detallada en el Anexoadjunto a la presente Resolución; Que, según se desprende del Informe Nº 335- 2004/VIVIENDA-OGAJ, emitido por la Oficina Generalde Asesoría Jurídica, los bienes comprendidos enlos Decretos de Urgencias citados en el primerconsiderando, pueden ser transferidos a lasMunicipalidades, que ejecuten programas y proyectos de desarrollo, celebren convenios con Centros Educativos u Organizaciones Sociales,orientados a la implementación de la tecnología en elsistema educativo, como es el caso del convenio decooperación interinstitucional suscrito entre laMunicipalidad provincial de Palpa, departamento de Ica, con el Instituto Superior Tecnológico Palpa; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en elAnexo adjunto a la presente Resolución, a favor de laMunicipalidad provincial de Palpa, departamento deIca, con la finalidad de implementar un maquicentro en el Instituto Superior Tecnológico Palpa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en laLey Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parteintegrante de la presente Resolución, valorizada enS/. 10,807.74 (Diez Mil Ochocientos Siete y 74/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad provincial de Palpa, departamento de Ica, con la finalidad deimplementar un maquicentro en el Instituto SuperiorTecnológico Palpa. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, deberá constatar que laMunicipalidad provincial de Palpa, departamento de Ica,instale el maquicentro en el Instituto Superior TecnológicoPalpa. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 10437