Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2006 (19/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano lunes 19 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321857

010 Ministerio de Educacion, documento que contiene los procesos a desarrollar en el ano fiscal 2006, con la precision de tareas necesarias para cumplir con cada una de las Metas Presupuestaria establecidas para dicho periodo, asi como la oportunidad de su ejecucion, a nivel de cada dependencia organica del Pliego; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; posteriormente a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0091-2006-ED se dispone llevar a cabo la implementacion del precitado Reglamento de Organizacion y Funciones, encargandose a la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion la elaboracion de la Directiva de transferencia de gestion e implementacion del MORDAZA ROF, asi como las propuestas de los instrumentos de Gestion pertinentes; Que, es asi que por Resolucion Ministerial Nº 1132006-ED, se aprueba la Directiva Nº 039-2006-DM-ED, la cual contiene las normas para el MORDAZA de adecuacion del Ministerio de Educacion al Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, este reordenamiento funcional impone la reasignacion de las MORDAZA presupuestales creadas a principios del ano 2006, correspondiendo adecuar el Plan Operativo Institucional aprobado por Resolucion Ministerial Nº 062-2006-ED, al MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; Que, en ese sentido, es necesario aprobar el Plan Operativo Institucional, adecuado al MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Pliego 010 Ministerio de Educacion para el ano 2006, cuya propuesta ha sido elaborada de acuerdo a las adecuaciones presentadas por cada una de las dependencias organicas del Pliego 010 Ministerio de Educacion, bajo la conduccion de la Unidad de Programacion de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa; Estando a lo solicitado por la Secretaria de Planificacion Estrategica mediante Nota Nº 017-2006-ME/SPE; De conformidad, con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2006 adecuado al MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Pliego 010 Ministerio de Educacion, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, a traves de la Unidad de Programacion, la conduccion, asesoramiento y evaluacion de la reprogramacion del Plan Operativo Institucional aprobado por la presente Resolucion; asi como, efectuar el respectivo seguimiento y evaluacion de su cumplimiento. Articulo 3º.- Disponer que los Jefes y Directores de las Dependencias Organicas del Ministerio de Educacion; Escuelas de Regimen Especial; Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana y Unidades de Gestion Educativa Local de MORDAZA Metropolitana, que forman parte del Pliego 010 del Ministerio de Educacion deberan remitir a la Unidad de Programacion de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, los informes trimestrales y anual de ejecucion de metas y asi mismo senalar las principales limitaciones o facilidades presentadas para el cumplimiento de las mismas, dentro de los diez dias de concluido cada trimestre. Articulo 4º.- Establecer que en el caso del Ministerio de Educacion, los Jefes y Directores de sus Dependencias Organicas deberan remitir ademas, debidamente suscritos, informes de ejecucion de metas, en forma trimestral y anual, sustentados con los correspondientes reportes emitidos por el SIGA MED BAAN. Articulo 5º.- Difundir el documento de gestion aprobado por la presente Resolucion, a las Dependencias Organicas del Ministerio de Educacion; Escuelas de Regimen Especial; Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana y Unidades de Gestion Educativa Local de MORDAZA Metropolitana, que forman parte del Pliego 010 Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 10750

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 290-2006-MEM/DM MORDAZA, 15 de junio de 2006 VISTO: El Memorando Nº 956-2006- MEM/DGM de fecha 07 de junio de 2006, de la Direccion General de Mineria; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado reconoce que la MORDAZA y la salud como derecho fundamental de la persona son MORDAZA en el desarrollo de nuestra sociedad, estableciendo mecanismos de orden juridico para el ejercicio de los mismos; Que, el Ministerio de Energia y Minas tiene como finalidad formular y evaluar, en MORDAZA con la politica general y los planes del Gobierno, las politicas de alcance nacional en materia del desarrollo sostenible de las actividades mineras y energeticas. Asi mismo, es la autoridad competente en los asuntos ambientales referidos a las actividades minero ­ energeticas; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identificacion, elaboracion y actualizacion del inventario de los pasivos ambientales mineros esta a cargo del Ministerio de Energia y Minas, a traves de su organo tecnico competente; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 059-2005EM, Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, precisa que la Direccion General de Mineria, en coordinacion con la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros y el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, conduce las acciones para la identificacion y elaboracion del inventario de pasivos ambientales mineros, considerando los riesgos inherentes a dichos pasivos; Que, habiendose culminado con la identificacion y elaboracion del Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, procede su aprobacion de conformidad con lo dispuesto en el articulo 7º del referido Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de (27) veinte y siete folios, el mismo que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar el informe que sustenta dicho inventario en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 3º.- De conformidad con lo establecido en el articulo 8 del Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, los titulares de actividad minera, las Direcciones Regionales de Energia y Minas, las autoridades publicas de los distintos niveles de gobierno y la sociedad civil, deben contribuir a la identificacion de los pasivos ambientales mineros y que, para tal efecto, durante el plazo de sesenta (60) dias desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, los titulares de actividad minera que hubieren generado pasivos o tengan pasivos ambientales mineros dentro del ambito de sus respectivas concesiones, deberan declararlos ante la Direccion General de Mineria senalando su ubicacion, caracteristicas y los demas datos incluidos en el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros; asimismo, cualquier otra entidad o persona que tuviere informacion sobre el particular, tambien debera ponerla en conocimiento de la autoridad, en el plazo indicado. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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