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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (19/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 19 de junio de 2006 321853REPUBLICADELPERU La inspección para certificación será efectuada por el Inspector de Cuarentena Vegetal en las empacadoras registradas en las áreas destinada para este fin. Durante la inspección fitosanitaria, el Inspector del SENASA verificará que las cajas lleven la información de origen o los códigos correspondientes, que sean nuevas, que los embalajes se ajusten a las exigencias de lasnormas internacionales sobre material de embalajes de madera y que cumpla con lo estipulado en el punto 1 del capítulo IV sobre Certificación Fitosanitaria. Los resultados de la inspección fitosanitaria los anotará en el Formato: DDF-E-09, en la que indicará el número del contenedor o camión, precinto de seguridad colocado. Los contenedores deben ser de uso exclusivo para transportar envíos de similar condición fitosanitaria de ingreso (inspeccionado y aprobado), los cuales deberánvenir sellados/ precintados por la autoridad fitosanitaria competente. Los números de los sellos/ precintos deberán indicarse en el Certificado Fitosanitario. En el Certificado Fitosanitario Oficial, incluyendo el de limón sutil, deberá constar como declaración adicional la siguiente frase: “El envío se encuentra libre de Ecdytolopha aurantiana y cumple con las especificaciones del Plan de Trabajo establecidas para la exportación de cítricos de Perú a los EEUU.” Adicionalmente, se deberá indicar, en la sección correspondiente del Certificado Fitosanitario, el inicio del tratamiento cuarentenario de frío así como el número del precintodel SENASA, empleado para asegurar el medio de transporte. El SENASA mantendrá registros de intercepciones durante la inspección de los envíos, número detratamientos y embarques realizados para Estados Unidos, indicando entre otras cosas, el número de cajas y de despachos, y los números de los precintos utilizados. 4. Etiquetado de la caja. Cada caja debe de ser limpia y sin uso, marcado obligatoriamente con el código de registro asignado al lugar de producción, el cual incluye al departamento, lugar deproducción y el código de registro de la planta empacadora. 1. ANEXOSFORMATOS La versión electrónica de los formatos se encuentra disponible en la pagina web del SENASA: http:// www .senasa.gob .pe - (02) Solicitud para la evaluación y certificación de lugares de producción, centros de acopio, empacadorasy plantas de tratamiento y empaque de plantas y productos vegetales para exportación. DDF-E-02 - (03) Informe de Inspección para la certificación de centros de acopio, empacadoras, plantas de tratamiento y empaque de plantas y productos vegetales para exportación. DDF-E-03 - (05) Certificado de Funcionamiento de Centro de Acopio, Empacadora y Planta de Tratamiento y Empaque. DDF-E-05 - (06) Informe de Inspección Fitosanitaria para la certificación de Lugar de Producción. DDF-E-06 - (07) Certificado de Aptitud de Lugares de Producción de Frutas y Hortalizas con fines de exportación. DDF-E-07 - (08) Solicitud para Certificación de Plantas, Productos Vegetales y Otros Artículos Reglamentados,Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal, para la Exportación o Re-exportación. DDF-E-08 - (09) Informe de Inspección para la Certificación de Plantas, Productos Vegetales y Otros Artículos Reglamentados, Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal, para la Exportación o Re-exportación.DDF-E-09 - (10) Certificado Fitosanitario DDF-E-10 - (13) Manifiesto de carga para muestreo de frutos DDF-E-13 2. GLOSARIO-Caseta de inspección fitosanitaria: Área o lugar destinado exclusivamente para la inspección fitosanitaria.-Certificación fitosanitaria: Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición de un Certificado Fitosanitario [FAO, 1990] -Certificado Fitosanitario: Certificado diseñado según los modelos de certificado de la CIPF [FAO, 1990]. -Certificación fitosanitaria: Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición de unCertificado Fitosanitario [FAO, 1990] -Declaración Adicional: Declaración requerida por un país importador que se ha de incluir en el CertificadoFitosanitario y que contiene información adicional específica sobre un envío en relación con las plagas reglamentadas [FAO, 1990; revisado CIMF, 2005] -Envío: Cantidad de plantas, productos vegetales y/ u otros artículos que se movilizan de un país a otro, y que están amparados, en caso necesario, por un soloCertificado Fitosanitario (el envío puede estar compuesto por uno o más productos básicos o lotes) [FAO, 1990; revisado CIMF , 2001]. -Inspección: Examen visual oficial de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento con las reglamentaciones fitosanitarias [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; anteriormente inspeccionar]. -Lote: Conjunto de unidades de un solo producto básico, identificable por su composición homogénea, origen, etc., que forma parte de un envío [FAO, 1990] -Lugares de producción: Cualquier local o agrupación de campos operados como una sola unidad de producción agrícola. Esto puede incluir sitios de producción que se manejan de forma separada con finesfitosanitarios [FAO, 1990, revisado CEMF , 1999]. -Procedimiento fitosanitario: Cualquier método oficial para la aplicación de medidas fitosanitarias, incluidala realización de inspecciones, pruebas, vigilancia o tratamientos en relación con las plagas reglamentadas [FAO, 1990; revisado FAO, 1995; CEMF , 1999; CIMF ,2001; CIMF , 2005]. -Monitoreo: Proceso oficial continuo para comprobar situaciones fitosanitarias [CEMF , 1996; anteriormenteverificación]. -Área de resguardo fitosanitario: Son instalaciones que deben proveer condiciones de seguridad que impidala contaminación de los frutos y que puede considerar área cerrada con malla mosquitera, dobles puertas en los accesos y salidas de los frutos. -Verificación: Proceso oficial continuo para comprobar la procedencia de la fruta. 10757 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20 /G72/G65/G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73/G20 /G66/G69/G74/G6F/G73/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 /G65/G73/G70/G65/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6D/G69/G6C/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G6F/G7A /G64/G65/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 26-2006-AG-SENASA-DSV Lima, 6 de junio de 2006VISTO: El estudio de Análisis de Riesgo de Plagas Nº 01/ 2006-AG-SENASA-DSV/SARVF , el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagasreglamentadas al país, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de arroz ( Oryza sativa .) procedentes de Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322 "Ley Marco de Sanidad Agraria", se establece que la importación de plantas,productos vegetales y otros artículos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberán sujetarse a las disposiciones que establezca el ServicioNacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importación de plantas,