Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2006 (19/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 19 de junio de 2006

el corte de la fruta a razon de una fruta cada 240, dirigiendo el muestreo a aquellos frutos con sospecha de infestacion, con el objeto de verificar la ausencia de estados inmaduros de moscas de la fruta. La deteccion de una larva viva de moscas de la fruta generara la verificacion del estado fitosanitario del lugar de produccion o huerto. Se suspendera el embarque de la fruta que proceda de este lugar de produccion hasta que se compruebe que el manejo fitosanitario del lugar de produccion es eficiente. Ante la deteccion de E. aurantiana , el exportador conjuntamente con SENASA evaluaran inmediatamente las areas productoras a fin de verificar la situacion de la plaga en el area y no podran cosecharse frutas desde esos huertos hasta que se concluya la evaluacion y se MORDAZA descartado su presencia. MORDAZA del inicio de tratamiento cuarentenario en frio la fruta debera contar con la aprobacion de la inspeccion fitosanitaria y el Inspector de Cuarentena Vegetal, ademas verificara que la fruta ha sido seleccionada, clasificada y procesada para asegurar que estas no presenten insectos, acaros ni frutos descompuestos en estado descomposicion, hojas, ramas, raices ni suelo. 2. Inicio del Tratamiento Cuarentenario en Frio La Toronja (Citrus x paradisi), las mandarinas (Citrus reticulata), las naranjas dulces (Citrus sinensis), y los tangelos ( Citrus x tangelo ), deberan exportarse con tratamiento de frio a cumplir en MORDAZA, de modo de eliminar cualquier posible presencia de estados inmaduros de moscas de la fruta. Se exceptua de este tratamiento, el Limon Sutil (Citrus aurantiifolia) por no considerarse hospedero de moscas de la fruta. Para estos fines, el interesado debera presentar una solicitud (FORMATO: DGSV/DDF-12-EXP) para acceder a dicho procedimiento y la Boleta de Pago (6% UIT por contenedor. Cuenta Corriente del Banco de la Nacion Nº 00000282499) Los inspectores del SENASA reconocidos por APHIS, son los unicos que pueden certificar el inicio del Tratamiento Cuarentenario en Frio, el cual debe de ser completado durante la travesia, de acuerdo a los requerimientos de APHIS. Los contenedores refrigerados a utilizar contaran con el certificado de aprobacion vigente emitido por APHIS. La lista actualizada de los contenedores aprobados se encuentra en la siguiente direccion: https:// treatments.cphst.org/vessels/ Los procedimientos de inspeccion para el inicio del tratamiento en frio que realiza el SENASA son los siguientes: - Todo el lote motivo de exportacion debera estar pre enfriado uniformemente a 2.2 ºC (36 ºF) o menos. Este pre enfriamiento puede realizarse en almacen o a traves de un tunel de frio y debe mantenerse dentro de un almacen de frio. Luego de este MORDAZA, la temperatura de la pulpa en la camara de enfriamiento debe ser menor o igual a 1.67 ºC (35 °F), a fin de poder iniciar el tratamiento. - Los contenedores deberan de encontrarse en buenas condiciones operativas, las puertas deben ser ajustables y sellables, comprobandose el buen funcionamiento del sistema de expulsion del aire frio. - Los contenedores deberan ponerse en funcionamiento 30 minutos MORDAZA de empezar a ser calibrados y cargados. Mientras se calibra y se carga no debe funcionar la entrada de aire frio. - Se recomienda el uso de sensores del MORDAZA PT - 100 (de platino), con resistencia electrica de 100 ohm cuando se encuentra en una mezcla de agua - hielo a 0ºC., los cuales deben tener una vaina exterior de 3 a 4 mm de diametro. El elemento sensor debe ubicarse dentro de la primera pulgada (2.5 cm) de la fruta y el sensor no debe sobresalir a la fruta. En caso de tener fruta pequena se puede colocar 2 o 3 frutos. Los cables de los sensores deben tener una longitud tal que permita colocar los sensores en los pallets ubicados a 1 o 1.5 m de la puerta. Los sensores deben tener capacidad de lectura de temperatura cada hora hasta por 30 dias. - La calibracion de los sensores se realizara usando una mezcla de hielo en cubos o partido - agua fresca y limpia, en un recipiente plastico y limpio. El hielo debe casi llenar el recipiente, se le agrega agua hasta el nivel

del hielo y se homogeniza, se sumergen los sensores en la mezcla, sin que toquen el fondo o las MORDAZA ni entre ellos. La prueba se realiza cuando la temperatura del sensor alcanza la mas baja (0ºC). Cualquier sensor que lea mas alla de ± 3ºC debe ser reemplazado. La calibracion se realiza tomando tres lecturas consecutivas de temperaturas, a un intervalo de un minuto; estas lecturas no deben diferir en ± 0. 1ºC. Se debera calentar el sensor entre las operaciones con la MORDAZA de la mano para luego volver a realizar las lecturas. - El numero minimo de pallets a tomar lecturas de temperatura es de tres y en cada pallet se toma las temperaturas en tres alturas diferentes. Los pallets se toman en forma aleatoria. - Se deben leer las temperaturas de la fruta de por lo menos tres pallets escogidos en forma aleatoria al momento de salir del almacen de frio y al momento de cargarlo en el contenedor, para que la diferencia (variacion de temperatura) sea anotada en el formato de datos tecnicos al PPQ. - Para la carga de la fruta, se debe tener en cuenta que los pallets con fruta mas caliente deben ser cargados al final y ubicarse cerca de la puerta. Se carga el primer pallet y se ubica el sensor de pulpa (1) en el interior de la fruta (el sensor debe de estar dentro de la fruta) ubicado en la MORDAZA del MORDAZA superior, central y pegado a la pared del contenedor. - Los sensores de pulpa (2 y 3), se colocan a 1.5 m de la MORDAZA, en contenedores de 40 pies y a 1 m en contenedores de 20 pies. Estos se colocan en las MORDAZA de la altura media de los pallets, una al centro y otra en el extremo derecho o MORDAZA, pegado a la pared. El lanzon de los sensores de pulpa deben insertar frutos de citricos, cubriendose en su totalidad, evitando que estos frutos se calienten por el manipuleo de ellos. La carga debe cubrir el piso del contenedor, para obtener una mejor distribucion de frio; caso contrario, se debe cubrir el piso con MORDAZA limpia. El tratamiento empezara cuando la temperatura de los sensores de fruta indique 0ºC o menos de 3ºC por diez (10) minutos y si no existe variacion se procedera al llenado de la documentacion oficial. - Adicionalmente a los sensores de pulpa de los contenedores, cada contenedor debe de estar equipado con una termocupla MORDAZA "T" - Una vez completado el procedimiento, el inspector procedera a completar y otorgar el correspondiente Certificado Fitosanitario. Si el inicio del periodo de tratamiento se cortase por excesos de temperatura, MORDAZA en el registrador, o algun procedimiento inadecuado, y el tratamiento tiene que ser reiniciado, la informacion sobre la ocurrencia y el reinicio tiene que ser correctamente detallada en los reportes, en estos casos la fruta puede arribar a los Estados Unidos de MORDAZA solo a los siguientes puertos: · Cualquier puerto localizado al norte 39o latitud y al este de 104o longitud; · Cualquiera de los siguientes puertos : Wilmington, NC; Seattle, WA; MORDAZA Christi, TX; y Gulfport, MS (no se encuentra en operacion actualmente); · Seattle-Tacoma International, Seattle, WA (no se encuentra en operacion actualmente), · Hartsfield-Atlanta International Airport, Atlanta, GA
Tratamiento: T107-a-1 Tratamiento en Frio: Temperatura Periodo de Exposicion 34 °F (1.11 °C) o menos 15 dias 35 °F ( 1.67 °C) o menos 17 dias

El envio debe estar acompanado por 2 copias del Certificado Fitosanitario, de los documentos del tratamiento de frio, de una carta dirigida al Capitan de la Nave, ademas de la hoja de anotacion de la calibracion de los sensores y los datos tecnicos dirigidos a APHIS, en destino. 3. Emision del Certificado Fitosanitario. El usuario, con 24 horas de anticipacion, presentara en mesa de partes del SENASA local, una solicitud de acuerdo al Formato: DD-E-8, adjuntando la boleta de pago por concepto de la Inspeccion y del Certificado Fitosanitario, segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (Tupa) vigente.

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