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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (23/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322288El Peruano viernes 23 de junio de 2006 ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el documento base de "Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres yHombres del distrito de Comas 2006-2010",presentado y sustentado por la Mesa de Concertación de Género de Comas, la misma que corre en cuerda separada y forma parte integrante de la presenteOrdenanza. Artículo Segundo.- En concordancia con el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y el Plan de Desarrollo Concertado, la Municipalidad Distrital deComas asume el "Plan de Igualdad de Oportunidadespara Mujeres y Hombres del distrito de Comas 2006-2010" como el instrumento de gestión que orienta lasactividades, acciones y programas que la Institución Municipal realice y los representantes de la sociedad civil en su calidad de promotores del Desarrollo LocalIntegral. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad del distrito de Comas, a través de la Subgerencia de Promoción yDesarrollo de la Mujer, y; OMAPED establezca lasacciones administrativas correspondientes para unaadecuada orientación y aplicación del documento enlas actividades y acciones de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Créase una Comisión Técnica Mixta integrado por: - Alcalde quien lo presidirá, o Regidor (a) que él designe, - Un Funcionario de la Gerencia de Desarrollo Humano, - Dos Representantes de la Mesa de Concertación de Género (Titular y Alterno), - Dos Representantes de las Instituciones Públicas. Que, en plazo de 60 días hábiles, identifique las Políticas Locales de Género por línea estratégica, las metas y temporalidad para su implementación y la elaboración de un Plan de Acción que identifique lasacciones, calendario, responsables e indicadores deimpacto que permita medir los avances. Artículo Quinto.- Desígnese al espacio de la Mesa de Concertación de Género como responsable de la vigilancia para el seguimiento y la evaluación del "Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombresdel distrito de Comas 2006-2010". Artículo Sexto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta para que la presente Ordenanzaentre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 11029 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 197-MJM Jesús María, 15 de junio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍAPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el dictamen Nº 007-2006-MJM-CPEP de la Comisión de Planificación, Economía yPresupuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 1º.- Objetivo La presente ordenanza tiene como objeto brindar de manera excepcional y por única vez las facilidades que permitan que los agentes económicos del distrito que no cumplieron en su oportunidad con presentaranualmente su Declaración Jurada de Permanencia enel Giro por los años 2000 al 2006, lo regularicen y deeste modo actualicen su Autorización Municipal deFuncionamiento. Artículo 2º.- Ámbito Podrán acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza, todas las AutorizacionesMunicipales de Funcionamiento vigentes al año 2000, de conformidad con la Ley Nº 27180, a excepción de aquellas que hayan sido revocadas por el Municipio uobservadas por haberse efectuado un cambio de giro,uso o zonificación, o que su validez se encuentresiendo revisada mediante un proceso administrativoen la Municipalidad y/o se encuentre inmersa en algún proceso en el Poder Judicial. Artículo 3º.- Vigencia y periodicidad del beneficio El presente beneficio tendrá vigencia de treinta (30) días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Procedimiento para la Regularización y Actualización de Autorización Municipal deFuncionamiento Los contribuyentes que posean una Licencia Municipal de Funcionamiento con la que desarrollenactividades económicas, comerciales o de servicios yque no hayan actualizado su Licencia Municipal deFuncionamiento a través de la presentación de laDeclaración Jurada de Permanencia en el Giro desde el año 2000 hasta el 2006, podrán regularizar y actualizar sus Licencias con la presentación de sus DeclaracionesJuradas de Permanencia en el Giro. La División de Control Urbano será la responsable de entregar el formato respectivo, de forma gratuita,siempre y cuando se cumpla con los requisitos del Art.2º de la presente ordenanza. Con el visto bueno de laDivisión de Control Urbano en dicho formato, la Unidad de Control y Fiscalización Tributaria, verificará los datos consignados y podrá realizar la liquidación de la multa; elformato y el comprobante del pago de las multascorrespondientes deberá ser presentado en la Unidadde Trámite Documentario. Aquellos que cuenten con más de una Autorización Municipal de Funcionamiento, por cuanto desarrollan susactividades en más de un local, ubicación, establecimiento y/o sucursal deberán presentar una Declaración Jurada de Permanencia en el Giro por cada uno de susestablecimientos y/o sucursales. Artículo 5º.- Del pago de las Multas Adminis- trativas La Unidad de Control y Fiscalización Tributaria, se encuentra facultada a emitir multas administrativas atodos aquellos contribuyentes que no hayan cumplidocon presentar la Declaración Jurada de Permanencia enel Giro, conducta tipificada como infracción administrativa con código 03-335 en el Régimen de Aplicación de