Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (23/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 23 de junio de 2006 322287REPUBLICADELPERU Rampas.- Se presenta en los extremos de los abanicos de las aceras se construirán rampas peatonales, de concreto de calidad igual a las aceras, de 0.90 ml de ancho y a continuación se referirá un refuerzo de 0.80 mt, antes de la zona de berma y/o jardín. Obras sanitarias Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de redes de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL, debiendo los interesados presentar la documentación que acrediten esta aprobación antes de la recepción de las obras. Redes Eléctricas Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que aprobara EDELNOR, debiendo los interesados presentar la documentación que acrediten esta aprobación antes de la recepción de las obras. Instalaciones Telefónicas Los servicios telefónicos serán coordinados por los interesados con Telefónica del Perú S.A. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la Inscripción Individualizada de los lotes de terreno del proyecto de Habilitación Urbana Nueva denominada Programa de Vivienda El Nazareno, ejecutado en un área de 9,666.00 m2, ubicado en la Parcela Nº 43 del Fundo Chacra Grande y Santa Inés, de acuerdo a los planos: Perimétrico (Lámina P-01), Lotización (Lámina L-01) Asignado con Nº 017-2006/GDUR-MDC y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: MANZANA A MANZANA B LOTE ÁREA LOTE ÁREA 1 133.00 m2 1 133.00 m2 2 120.00 m2 2 120.00 m2 3 120.00 m2 3 120.00 m2 4 120.00 m2 4 120.00 m2 5 120.00 m2 5 120.00 m2 6 120.00 m2 6 120.00 m2 7 120.00 m2 7 120.00 m2 8 120.00 m2 8 120.00 m2 9 120.00 m2 9 120.00 m2 10 120.00 m2 10 120.00 m2 11 120.00 m2 11 120.00 m2 12 120.00 m2 12 120.00 m2 13 120.00 m2 13 120.00 m2 14 133.00 m2 14 133.00 m2 15 133.00 m2 15 133.00 m2 16 120.00 m2 16 120.00 m2 17 120.00 m2 17 120.00 m2 18 120.00 m2 18 120.00 m2 19 120.00 m2 19 120.00 m2 20 120.00 m2 20 120.00 m2 21 120.00 m2 21 120.00 m2 22 120.00 m2 22 120.00 m2 23 120.00 m2 23 120.00 m2 24 120.00 m2 24 120.00 m2 25 120.00 m2 25 120.00 m2 26 120.00 m2 26 120.00 m2 27 120.00 m2 27 120.00 m2 28 133.00 m2 28 133.00 m2 28 Lotes 3, 412.00 m2 28 Lotes 3,412.00 m2 Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, la venta garantizada de los lotes que se detallan en el Artículo Tercero. Artículo Quinto.- DEBERÁ redimir en dinero los deficit de aportes reglamentarios antes de culminar laetapa de recepción de obras a las entidades afectadas de acuerdo al Cuadro Normativo especificado en el Plano de Lotización (lamina L-01) Asignado con Nº 017-2006/ GDUR-MDC . Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que estará a cargo del recurrente. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural, a través de sus unidades orgánicas, dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución poniendo en conocimiento a la Municipalidad de Lima. Regístrese, comuníquese, cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 10987 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G62/G61/G73/G65/G20/G22/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65 /G49/G67/G75/G61/G6C/G64/G61/G64/G20 /G64/G65/G20 /G4F/G70/G6F/G72/G74/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20 /G70/G61/G72/G61 /G4D/G75/G6A/G65/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G48/G6F/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G43/G6F/G6D/G61/G73/G20/G32/G30/G30/G36/G2D/G32/G30/G31/G30/G22 ORDENANZA Nº 190-C/MC Comas, 28 de abril del 2006EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de abril del 2005, la Moción de Orden del Día suscritapor los Regidores Antonio Vásquez Sánchez, Carlos VidalLázaro Rojas, Delsy F . Melgarejo Chamorro, WalterGuillén Castillo, Federico Orlando Rivera Chumpitaz, queaprueban el documento base de "Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres del distrito de Comas 2006 - 2010"; y, CONSIDERANDO:Que, dentro del Marco del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Municipalidades, se impulsa laparticipación con Equidad de Género como un enfoquetransversal que debe ser asumido por el conjunto delpaís; Que, es competencia del Gobierno Local diseñar y ejecutar políticas locales que incorpore el enfoque de género en concordancia con los acuerdos, convenios ytratados que sobre la materia han sido suscritos por elPerú; Que, en el marco de las competencias municipales, es deber de la Gestión Municipal establecer los Mecanismos que permitan aplicar y monitorear el tema de enfoque de la Equidad deGénero y la Igualdad de Oportunidades, para laciudadanía en general; Que, de conformidad con el artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades, sobre desarrollo social e Igualdad de Oportunidades, regula la obligatoriedad que tiene el Gobierno Municipal de promover una cultura dePaz e Igualdad de Oportunidades; así como de formularpolíticas locales tendentes a regular, dirigir, ejecutar,promover, supervisar y controlar las acciones orientadasa la prevención de la problemática del distrito y apoyo a los sectores vulnerables como niños, jóvenes, adolescente, mujeres y personas con discapacidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades, después de lasdeliberaciones respectivas, el Pleno del Concejo aprobó por unanimidad la siguiente;