Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2006 (08/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de marzo de 2006

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Exoneran a ESSALUD de procedi mientos regulados en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, para efecto de contrataciones y adquisiciones necesarias para la construccion y equipamiento basico de los centros asistenciales de Aplao y Nasca
DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica de salud el mejoramiento permanente de los servicios que otorga el Seguro Social de Salud ESSALUD, con la finalidad que dicha institucion cumpla con los fines senalados por su Ley de creacion - Ley Nº 27056; Que, en la MORDAZA geografica de Aplao (Arequipa) y Nasca (Ica) la infraestructura actual del Seguro Social de Salud es insuficiente e inadecuada para otorgar prestaciones de salud a los asegurados, agravandose esta situacion por la creciente demanda asistencial, que se ha incrementado principalmente por la incorporacion en el MORDAZA de trabajo de tales regiones de nuevos sectores de trabajadores; Que, con el objeto de superar dicha situacion de urgencia, ESSALUD ha programado la construccion y equipamiento basico de los Centros Asistenciales de Aplao (Arequipa) y Nasca (Ica); Que, la demanda y oferta de servicios de salud en dichas localidades se encuentra sustentada en los respectivos estudios de preinversion e Inversion efectuados para tal efecto por ESSALUD; Que, es de interes nacional, con caracter extraordinario y urgente dictar las medidas adecuadas que permitan garantizar a la poblacion asegurada de ESSALUD, en las zonas de Aplao y Nasca, prestaciones de salud regulares e integrales; debiendose para ello permitir que esta institucion efectue de manera inmediata contrataciones de bienes y servicios necesarios para la implementacion y mejoramiento de los citados centros asistenciales; De conformidad, con el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- De la exoneracion Exonerese al Seguro Social de Salud - ESSALUD de los procedimientos regulados en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, para efecto de las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios, necesarios para la construccion y equipamiento basico de los centros asistenciales de Aplao (Arequipa) y Nasca (Ica), hasta su culminacion, que no debe superar el ejercicio fiscal 2006, estas contrataciones se realizaran bajo los principios de transparencia y economia. Articulo 2º.- Publicidad y Transparencia El Seguro Social de Salud - ESSALUD, registrara las contrataciones y adquisiciones materia de esta exoneracion, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, conforme a ley.

Asimismo, debera publicar estas en forma resumida en el Diario Oficial El Peruano, asi como en uno de los diarios de mayor circulacion nacional y en la pagina web de la Entidad. Articulo 3º.- Fiscalizacion posterior Las contrataciones y adquisiciones realizadas por el Seguro Social de Salud - ESSALUD, senaladas en el articulo 1º del presente Decreto de Urgencia deberan ser puestas en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en un plazo no mayor de diez dias utiles de haber sido iniciadas y luego de su culminacion. Articulo 4º.- Refrendos El presente Decreto de Urgencia, sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 04331

PCM
Disponen que OSINERG proceda a la contratacion de una Auditoria Integral para los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural operados por Transportadora de Gas del Peru S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 010-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 1012000-EM y 102-2000-EM respectivamente, el Estado Peruano autorizo la suscripcion de los Contratos BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos desde Camisea a la Costa con Transportadora de Gas del Peru S.A.; Que, dados los incidentes acontecidos durante la operacion de los Sistemas de Transporte Gas Natural y Liquidos de Gas Natural operados por Transportadora de Gas del Peru S.A., es necesaria la realizacion de una Auditoria Integral de dichos Sistemas de Transpor te, a fin de establecer medidas para que aquellos cuenten con los mejores niveles de seguridad, confiabilidad y continuidad que permitan que la operacion y prestacion del servicio brinden seguridad y la mayor confianza de la ciudadania y del Estado Peruano; Que, adicionalmente es necesario revisar el Reglamento de Transporte de hidrocarburos por ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-99-EM, asi como sus normas complementarias, a fin de determinar la realizacion de modificaciones que permitan contar con

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