Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2006 (08/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 314173 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de marzo de 2006 Modifican R.M. N” 072-2006- MINCETUR/DM y autorizan viaje deViceministro de Comercio Exterior aEE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2006-MINCETUR/DM Lima, 6 de marzo de 2006 Visto los Memorándum Nºs. 150 y 151-2006- MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competentepara definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociacionescomerciales internacionales, en coordinación con lossectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivascompetencias; Que, del 8 al 10 de marzo del año en curso, el Titular del Sector acompañará al señor Presidente de la República, doctor Alejandro Toledo Manrique, en la VisitaOficial que realizará a la ciudad de Washington D.C.,Estados Unidos de Norteamérica, para tratar temasvinculados con el Tratado de Libre Comercio - TLC asuscribir con dicho país; Que, el Viceministro de Comercio Exterior en su calidad de Jefe del equipo negociador peruano del TLCcon los Estados Unidos de Norteamérica, debe brindarel apoyo técnico correspondiente durante las reunionesconcertadas para tal fin; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 072-2006- MINCETUR/DM, de fecha 28 de febrero de 2006 se autorizó entre otros, el viaje del Sr. Pablo de la FlorBelaúnde a la ciudad de Santiago, República de Chile,del 6 al 7 de marzo de 2006, para que participe en la IVRonda de Negociaciones para la suscripción de un TLCcon la República de Chile; Que, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se modifique la Resolución citada, adelantando su retornoa la ciudad de Lima, a fin de viajar a la ciudad deWashington D.C. del 7 al 13 de marzo de 2006; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Leyes Nºs. 27790, 27619 y 28652, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 072-2006-MINCETUR/DM, en la partereferida a la fecha de viaje del Sr. Pablo de la FlorBelaúnde, la misma que queda autorizada para el día 6de marzo de 2006. Artículo 2º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, del Sr. Pablo de la Flor Belaúnde, Viceministro de ComercioExterior, del 7 al 10 de marzo de 2006, para los finesseñalados en la parte considerativa de la presenteResolución Ministerial. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdoal siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 750,00 Viáticos (US$ 220,00 x 5 días) : US$ 1 100,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje seautoriza por la presente Resolución, deberá presentar alTitular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentasde acuerdo a Ley.Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04232 Autorizan viaje de profesional de PromPerœ a Francia para participar en Ferias Internacionales de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2006-MINCETUR/DM Lima, 6 de marzo de 2006 Vista la Carta Nº C.129.2006/PP.GG de la Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutarlas políticas y estrategias de promoción del turismo internoy receptivo, así como de promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, acorde con sus funciones, PromPerú tiene previsto participar en las Ferias Internacionales deTurismo "Salón Mahana" y "Salón Mundial del Turismo",organizadas ambas por la empresa Exposium Group, arealizarse del 10 al 12 de marzo y del 16 al 19 de marzo del presente año, en las ciudades de Lyon y París, República Francesa, respectivamente; Que, por ser de interés institucional, la Gerente General de PromPerú solicita se autorice el viaje de laseñora Lyda García Cortes, profesional que prestaservicios en la Gerencia de Turismo Receptivo de PromPerú, para que en representación de la entidad desarrolle diversas actividades vinculadas a la promociónturística en las ferias mencionadas en el considerandoanterior; Contando con la visación de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia Legal y de la Gerencia General de PromPerú; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27619, 28652 modificada por Decreto deUrgencia Nº 002-2006, Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y la Resolución Ministerial Nº 053-2006-MINCETUR/DM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Lyon y París, República Francesa, de la señora Lyda García Cortes, profesional que presta servicio en la Gerenciade Turismo Receptivo de PromPerú, del 7 al 20 de marzode 2006, para que en representación de la entidadparticipe en las Ferias Internacionales de Turismo "SalónMahana" y "Salón Mundial del Turismo". Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo alPresupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión dePromoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos (US$ 260,00 x 12 días) : US$ 3 120,00 Pasajes Aéreos : US$ 1 425,00Tarifa Córpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal a que serefiere el Artículo 1º de la presente Resolución,