Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2006 (08/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de marzo de 2006

ENERGIA Y MINAS
Reconocen y autorizan al Instituto de Seguridad Minera - ISEM para otorgar a los trabajadores mineros los Certificados de Calificacion a que se refiere el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 097-2006-MEM/DGM MORDAZA, 2 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante escritos Nº 1588823 del 7 de febrero de 2006 y Nº 1592224 del 23 de febrero de 2006, el Instituto de Seguridad Minera -ISEM, solicita se le reconozca y autorice como Institucion para emitir certificados de calificacion; Que, por Informe Nº 215-2006-MEM-DGM-FMI/SM la Direccion de Fiscalizacion Minera opino favorablemente para que se reconozca y autorice al Instituto de Seguridad Minera, por el periodo de 2 anos, para calificar a trabajadores mineros en induccion de seguridad e higiene minera, bajo el esquema presentado en el Programa de Certificacion; Que, el articulo 6º del Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 0462001-EM, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 046-2005-EM, define el certificado de calificacion como aquel "conocido tambien como autorizacion para tareas especificas, otorgado por una Institucion reconocida y autorizada, que califica al trabajador para operar maquinarias, realizar trabajos en caliente en espacios confinados, entre otras actividades operativas mineras. Es requisito previo y final del programa de capacitacion de nuevos trabajadores mineros o de aquellos trabajadores cuyo certificado tenga una vigencia mayor a cinco (5) anos o que seran trasladados a otras actividades mineras con requisitos de calificacion muy diferentes. La responsabilidad en la aplicacion de este requisito recae en los titulares mineros y en las empresas especializadas, sobre las que recaeran las sanciones previstas en las normas vigentes en caso de incumplimiento. Los contenidos de los programas conducentes al certificado de calificacion seran enviados anualmente a la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y seran publicados en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio de Energia y Minas. Dichos programas seran actualizados por sugerencias tanto de las instituciones que certifican la calificacion, como por las empresas mineras o especializadas o por disposicion de la Direccion General de Mineria."; Que, de acuerdo a la MORDAZA MORDAZA referida, las instituciones que otorguen los certificados de operacion deberan ser previamente reconocidas y autorizadas por la Direccion General de Mineria; Que, por lo expuesto y con la opinion favorable de la Direccion de Fiscalizacion Minera, organo tecnico de la Direccion General de Mineria en materia de seguridad e higiene minera, procede el reconocimiento y autorizacion del Instituto de Seguridad Minera - ISEM para los fines a que se refiere el articulo 6º del Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-EM; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer y autorizar al Instituto de Seguridad Minera - ISEM, para otorgar a los trabajadores mineros los Certificados de Calificacion a que se refiere el articulo 6º del Reglamento de Seguridad e Higiene

Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001EM. Articulo 2º.- La duracion del reconocimiento y autorizacion sera de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, pudiendo renovarse bajo los procedimientos de evaluacion que fije la Direccion General de Mineria. Articulo 3º.- El ISEM esta obligado a presentar anualmente o cuando lo requiera la Direccion General de Mineria un informe del desarrollo del MORDAZA de certificacion minera, sin perjuicio de las demas obligaciones que dispone el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria 04185

INTERIOR
Dan por concluidas designaciones de Presidente y Directores del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial
RESOLUCION SUPREMA Nº 0220-2006-IN MORDAZA, 6 de marzo del 2006 VISTA, la Disposicion Transitoria Unica de la Ley Nº 28451, que modifico el Decreto Ley Nº 21021, mediante la cual se dispone que el Ministerio de Defensa y del Interior coordinen las acciones necesarias para nombrar el MORDAZA Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial - CPMP, a partir de la publicacion de la misma; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 363-2004DE/SG, de fecha 17 de agosto de 2004, se designo como miembro del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial - CPMP al General PNP MORDAZA MORDAZA Romero; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 112-2005DE/SG de fecha 31 de enero de 2005, se designaron como miembros del Consejo Directivo de la CPMP a los Oficiales Generales y Almirantes siguientes: Contralmirante MORDAZA MORDAZA Munante, Contralmirante MORDAZA Anderson MORDAZA, Mayor General FAP MORDAZA Miller MORDAZA, Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, General de Brigada MORDAZA MORDAZA Ripalda Ganoza, General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vaca, y General PNP MORDAZA MORDAZA Farfan; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28541, Ley que modifica el articulo 12º y 13º el Decreto Ley Nº 21021, Ley que creo la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, concordante con el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 005-75-CCFF de fecha 22 de agosto de 1975, establece que la Direccion de la MORDAZA estara a cargo de un Consejo Directivo, cuyos miembros seran nombrados mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante Informe Nº 4704-2005-IN-0201, de fecha 22 de MORDAZA del presente ano, formulado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, se concluye que es necesario emitir una Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Defensa e Interior para el cese del actual Consejo Directivo de la CPMP; Que, habiendo coordinado los Ministros de Defensa e Interior la conformacion del MORDAZA Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, en cumplimiento de la Ley Nº 28541, es necesario concluir con las designaciones del Presidente y Directores del actual Consejo Directivo; Que, estando a lo acordado por el Consejo de Supervision de la CPMP; y,

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