Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2006 (08/11/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 5
El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2006
NORMAS LEGALES
VISTO:
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vision para tal ano sera una contribucion para el logro del desarrollo equitativo regional a traves de la promocion del comercio y la inversion; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N° 28807 y el Decreto de Urgencia N° 006-2006 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del Primer Vicepresidente de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA Giampietri MORDAZA en representacion del senor Presidente de la Republica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Hanoi, Republica Socialista de Vietnam, del 14 al 24 de noviembre, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, se efectuaran con cargo al Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos (US$ 260 x 5 dias) Tarifa por uso de aeropuerto US$ US$ US$ 4 221,20 1 300,00 30,25
El Estudio de Analisis de Riesgo de Plagas Nº 032006-AG-SENASA-DGSV/UARP, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de semilla de cedro MORDAZA (Acrocarpus fraxinifolius) de Guatemala; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, se establece que la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberan sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Articulo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, deberan ser aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea correspondiente; Que, a solicitud de la empresa ARBOREFORESTA S.R.L., interesado en la importacion de semilla de cedro MORDAZA (Acrocarpus fraxinifolius) y contando con la informacion tecnica remitida por dicha empresa la contenida en bases de datos internacionales, la Unidad de Analisis del Riesgo de Plagas UARP del SENASA inicio el estudio tecnico correspondiente, con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios de importacion del mencionado producto; Que, culminado dicho estudio, este fue sometido a un periodo de consulta publica por espacio de un mes, al termino del cual la UARP emitio el estudio de Analisis de Riesgo de Plagas Nº 03-2006-AG-SENASA-DSV/SARVF, en el que propone los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion de riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias al pais; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 0482001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; RESUELVE:
Articulo 3°.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el Primer Vicepresidente de la Republica debera presentar la rendicion documentada de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros
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AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios especificos en la importacion de semillas botanica de cedro MORDAZA de Guatemala y de colza/canola de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 35-2006-AG-SENASA-DSV
MORDAZA, 2 de noviembre de 2006
Articulo Unico.- Establezcanse los siguientes requisitos fitosanitarios especificos de necesario cumplimiento en la importacion de semilla botanica de cedro MORDAZA (Acrocarpus fraxinifolius) procedente de Guatemala: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera contar acompanado de un Certificado Fitosanitario Oficial emitido por el MORDAZA de origen, el cual debe consignar el tratamiento pre embarque de las semillas con una mezcla comercial a base de tolclofos methyl (30%) +thiram (30%) en la dosis de 4 gr./ kg. de semilla u otros productos cuyos ingredientes activos tengan accion similar.