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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de noviembre de 2006 332706 Que, con Informe Legal Nº 371-2006-CONAFU- CJ de fecha 18 de octubre del 2006, la Comisión Jurídica concluye que el recurrente ha cumplido con acreditar debidamente la existencia y aprobación del acuerdo de la Asamblea Universitaria sobre el cambio de la denominación de la Universidad “Los Ángeles” por el de Universidad “Los Ángeles de Chimbote”, la utilización de las siglas ULADECH a través del tiempo SDUDVXLGHQWL¿FDFLyQHQODHPLVLyQGHVXVGRFXPHQWRVR¿FLDOHVHOSDJRGHORVGHUHFKRVFRUUHVSRQGLHQWHVAsimismo, descartada la posibilidad de cualquier situación de hecho o de derecho que imposibilite concluir el procedimiento administrativo seguido ante este Consejo, esta Comisión Jurídica es de opinión que se declare procedente lo solicitado y en consecuencia se autorice el cambio de denominación de la Universidad Particular “Los Ángeles” por la de Universidad “Los Ángeles de Chimbote”; Que, por Acuerdo Nº 288-2006-CONAFU, el Pleno del CONAFU, en sesión de fecha 24 de octubre del 2006, Autoriza el cambio de denominación de la Universidad Particular “Los Ángeles” por la de Universidad “Los Ángeles de Chimbote”, con las siglas ULADECH; En atención a lo expuesto, y de conformidad con la Ley 26439, 28727 y el Acuerdo del Pleno Nº 288-2006-CONAFU de fecha 24 de octubre del 2006, concordante con el Art. 18° Inc. “d” y el Art. 38° Inc. “d” del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el cambio de denominación de la Universidad Particular “Los Ángeles”, creada por Ley Nº 24163, por la de Universidad “Los Ángeles de Chimbote”, la misma que podrá utilizar las siglas ULADECH. Artículo Segundo.- HÁGASE DE CONOCIMIENTO, la presente Resolución a la Asamblea Nacional de 5HFWRUHVSDUDORV¿QHVSHUWLQHQWHV Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIO LEONCIO DELGADO AZAÑERO Presidente RICHARD MILTON MÉNDEZ SUYÓN Secretario General 5398-1 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionarios para participar en el III Seminario Internacional de Banca Central que se realizará en España RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 083-2006 Lima, 8 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en DVSHFWRVIXQGDPHQWDOHVUHODFLRQDGRVFRQOD¿QDOLGDG\funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Estudios Económicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General los estudios e informaciones necesarias para que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico permitan la consecución de la estabilidad monetaria. Asimismo, la Gerencia de Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos evaluar y velar por el adecuado funcionamiento del Sistema Financiero y por lo tanto de proponer medidas TXHSHUPLWDQPHMRUDUVXH¿FLHQFLD Que, se ha recibido invitación del Banco de España para participar en el III Seminario Internacional de Banca Central, que se llevará a cabo del 20 al 24 de noviembre en Madrid, España; Que, la entidad organizadora cubre una parte del gasto en pasajes y viáticos, asumiendo el Banco la diferencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesión de 17 de agosto de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Gladys Choy Chong, Subgerente de Economía Internacional de la Gerencia de Estudios Económicos y del señor Gonzalo Valdez Figueroa, Jefe del Departamento de Administración de Encajes de la Gerencia de Estabilidad Financiera, a la ciudad de Madrid, España, de 18 al 24 de noviembre, y al pago GHORVJDVWRVD¿QGHTXHSDUWLFLSHQHQHOFHUWDPHQindicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje, por ambos funcionarios, será como sigue: Pasajes US$ 600,00 Viáticos US$ 520,00 Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 60,50___________ TOTAL US$ 1180,50 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE FLORESPresidente 5115-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1003-2006-JEF/RENIEC Lima, 25 de octubre de 2006 VISTOS:(O 2¿FLR 1ž *25(1,(& \ HO ,QIRUPH              1ž*$-5(1,(&GHIHFKDGHDJRVWRGHO 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro 1DFLRQDOGH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOHVXQD,QVWLWXFLyQ constitucionalmente autónoma, con personería jurídica de derecho público interno y con goce de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y ¿QDQFLHUDHQFRQWUiQGRVHDFDUJRGHO5HJLVWURGH(VWDGR