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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de noviembre de 2006 332707 Civil, en el que se inscriben hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil, entre ellos la inscripción de los nacimientos; Que, se ha llegado a establecer con el Informe 1ž *26*5(&5(1,(& HODERUDGR SRU ODSubgerencia de Registros del Estado Civil, que el día 30 de setiembre de 1996, ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lince, provincia y departamento de Lima, se presentó el ciudadano JAVIER GUSTAVO BURGA VEGA, a inscribir el nacimiento de su menor hija ocurrido el 20 de setiembre de 1996, declarando como madre a BICKY PERPETUA BARDALES CELIS; Que, posteriormente a esta inscripción la madre BICKY PERPETUA BARDALES CELIS solicitó ante el Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Trujillo, un proceso de inscripción administrativa del mismo hecho vital, conjuntamente con el ciudadano MARCIAL GENARO MORALES URTECHO, quien declaró ser el padre; como consecuencia de dicho proceso se expidió la Resolución Registral 1ž$',&037GHIHFKDGHVHWLHPEUHde 1999, ordenando la inscripción del nacimiento de dicha menor, la cual se formalizó en la Partida de Nacimiento Nº 60975196; Que, el ciudadano MARCIAL GENARO MORALES URTECHO, solicitó la anulación de la partida de QDFLPLHQWR GHO PHQRU VHJ~Q UH¿HUH SRU HQFRQWUDUVHduplicada mediante la Partida Nº 154696 del Libro de 1DFLPLHQWRGHODxRGHOD2¿FLQDGH5HJLVWURGHEstado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital GH7UXMLOORUH¿ULHQGRTXHQRHVHOSDGUHELROyJLFR\TXHaccedió a inscribirla por haber sostenido una relación convivencial con la madre, en la creencia que no había sido reconocida por su padre; Que, de los hechos descritos se establece que la ciudadana BICKY PERPETUA BARDALES CELIS, ha UHFXUULGRDO5HJLVWURGH(VWDGR&LYLOD¿QGHLQLFLDUXQproceso administrativo extemporáneo de inscripción de nacimiento, no obstante tener inscrito en forma ordinaria el nacimiento de su menor hija, aportando datos falsos con respecto al nombre del padre y fecha de nacimiento, con lo que se establece que la madre tramitó en forma irregular una nueva inscripción de partida de nacimiento en vía administrativa, lo cual era incompatible; toda vez que, dicho proceso está orientado para aquellos casos de personas que no cuentan con inscripción registral civil en ninguna 2¿FLQD GH 5HJLVWUR &LYLO GHO SDtV JHQHUDQGR FRQello duplicidad de inscripción registral, respecto de una misma persona, vulnerando así la intangibilidad del Registro de Estado Civil, lo que conlleva a la cancelación de la Partida Nº 60975196 del Libro de 1DFLPLHQWRVGHODxRGHOD2¿FLQDGH5HJLVWURGHEstado Civil de la Municipalidad Distrital de Trujillo, por tratarse de una doble inscripción con aporte de datos falsos; Que, asimismo, se ha establecido que el ciudadano MARCIAL GENARO MORALES URTECHO, aportó datos falsos con respecto a la identidad de la menor, al declarar que es su padre, hecho que se desprende del texto de la solicitud presentada a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Trujillo, solicitando la cancelación del Acta Nº 60975196 del Libro de Nacimiento del año 1999, por cuanto ya existe una Partida de Nacimientos del año 1996, ocurrido el 20 de setiembre de 1996, refiriendo que no es el padre biológico y que accedió a inscribirla por haber sostenido una relación convivencial con la madre, en la creencia que no había sido reconocida por su padre; sin embargo, esta razón no le exime de la responsabilidad incurrida toda vez que teniendo pleno conocimiento de que no es su hija tramitó conjuntamente con la ciudadana BICKYPERPETUA BARDALES CELIS, en forma irregular