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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Lima, martes 14 de noviembre de 2006 332797 prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones HVWDEOHFLGRV HQ OD OHJLVODFLyQ (O UpJLPHQ GH FRQFHVLyQúnica no es aplicable para operadores independientes ni para los prestadores de los servicios de valor añadido de conformidad con la Ley Nº 28737. CAPÍTULO I Procedimiento para el otorgamiento de concesión única Artículo 147º-A.- La solicitud para el otorgamiento de concesión única debe dirigirse al Ministerio, adjuntando la siguiente información y documentación: 1. En el caso de personas jurídicas: a. Copia del testimonio de constitución social inscrito FRQIRUPHDOH\RGHOLQVWUXPHQWRTXHFRUUHVSRQGDWUDWiQGRVHde empresas extranjeras. E&HUWL¿FDGRGHYLJHQFLDGHSRGHUGHVXUHSUHVHQWDQWH OHJDOFRQXQDDQWLJHGDGQRPD\RUGHWUHV  PHVHV\FRSLDde su documento de identidad. F&RSLDGHOGRFXPHQWRTXHDFUHGLWHODLQVFULSFLyQHQHO 5HJLVWURÒQLFRGH&RQWULEX\HQWHV 58&  2. Tratándose de personas naturales: a. Copia del documento de identidad E&RSLDGHOGRFXPHQWRTXHDFUHGLWHODLQVFULSFLyQHQHO 5HJLVWURÒQLFRGH&RQWULEX\HQWHV 58&  3. Datos personales del solicitante: Tratándose de personas MXUtGLFDVFRPSUHQGHDOUHSUHVHQWDQWHOHJDO\DORVVRFLRVTXHSRVHDQDFFLRQHVRSDUWLFLSDFLRQHVFRQGHUHFKRDYRWRTXHrepresenten un porcentaje igual o superior al diez por ciento  GHOFDSLWDOVRFLDOGHODPLVPD(QFDVRGHTXHDOJXQRGHlos socios o accionistas sea a su vez una persona jurídica, su UHSUHVHQWDQWHOHJDOGHEHUiSUHVHQWDUHVWHUHTXLVLWR 4. Declaración jurada del solicitante de no hallarse impedido de contratar con el Estado ni estar incurso en las limitaciones establecidas en la Ley y el Reglamento. Tratándose de personas jurídicas comprende al representante OHJDO\DORVVRFLRVRDFFLRQLVWDVTXHSRVHDQDFFLRQHVRSDUWLFLSDFLRQHVFRQGHUHFKRDYRWRTXHUHSUHVHQWHQXQSRUFHQWDMHLJXDORVXSHULRUDOGLH]SRUFLHQWR  GHOFDSLWDOVRFLDOGHODHPSUHVDVROLFLWDQWH(QFDVRGHTXHalguno de los socios sea a su vez una persona jurídica, su UHSUHVHQWDQWHOHJDOGHEHUiSUHVHQWDUHVWHUHTXLVLWR  3HU¿O GHO SUR\HFWR WpFQLFR SDUD OD SUHVWDFLyQ GHO servicio solicitado, autorizado por ingeniero colegiado hábil de la especialidad. 6. Proyección de la inversión prevista para los primeros FLQFR  DxRV\PRQWRGHODLQYHUVLyQLQLFLDODVHUHMHFXWDGRdurante su primer año. 6LHPSUHTXHODFRQFHVLyQLQYROXFUHHQVXiUHDOD provincia de Lima y/o la provincia constitucional del Callao, se deberá presentar: D&DUWD¿DQ]DSRUHOTXLQFH  GHODLQYHUVLyQLQLFLDO D¿QGHDVHJXUDUHOLQLFLRGHODVRSHUDFLRQHV'LFKDFDUWDVHpresentará conforme a lo previsto en el artículo 129º. b.Compromiso de atender, como mínimo, un distrito fuera de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, asegurando la prestación del servicio en dicho GLVWULWRSRUHOSHUtRGRTXHGXUHODFRQFHVLyQ 8. Pago por derecho de publicación de la resolución GHFRQFHVLyQHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQR(QFDVRGHdenegarse la solicitud, el pago efectuado por derecho de publicación será devuelto al solicitante. 9. Tratándose de personas jurídicas deberán acreditar XQFDSLWDOVRFLDOVXVFULWRQRPHQRUDGLH]  8,7V\HQHOFDVRGHSHUVRQDVQDWXUDOHV\SHUVRQDVMXUtGLFDVVLQ¿QHVGHlucro deberán acreditar ingresos anuales por el mismo monto, mediante declaración jurada del impuesto a la renta del ejercicio anterior a la presentación de la solicitud. Asimismo, en este último caso, deberá presentar el reporte del comportamiento de pago positivo emitido por una central de riesgo acreditada. (QHOFDVRGHTXHODLQIRUPDFLyQOHJDODQWHVVHxDODGD conste en otro expediente, ello se indicará en la solicitud precisando, de ser posible, el número de expediente respectivo. Sin perjuicio de ello, el Ministerio deberá observar lo previsto en el artículo 40º de la Ley Nº 27444. Artículo 148º.- El solicitante presentará al Ministerio su solicitud de otorgamiento de concesión, conteniendo ORVUHTXLVLWRVDTXHVHUH¿HUHHODUWtFXORDQWHULRU6LIDOWDVH  DOJXQRGHORVUHTXLVLWRVVHGHMDUiFRQVWDQFLDGHHOORHQODPLVPDVROLFLWXGRQRWL¿FDFLyQDGMXQWDRWRUJiQGROHXQ SOD]RPi[LPRGHVLHWH  GtDVKiELOHVSDUDTXHFXPSODFRQVXEVDQDUODRPLVLyQHQTXHKXELHVHLQFXUULGR Subsanada la omisión señalada en el párrafo anterior, se entenderá admitida la solicitud de otorgamiento de concesión HQODIHFKDHQTXHVHSUHVHQWDURQORVUHTXLVLWRVIDOWDQWHV &XPSOLGR HO SOD]R VLQ TXH VH KD\D HIHFWXDGR OD subsanación de lo observado, la solicitud se considerará como no presentada y se pondrá a disposición del interesado la documentación correspondiente. La Dirección de Gestión podrá eliminar dicha documentación, si transcurridos FXDUHQWD\FLQFR  GtDVFDOHQGDULRGHVGHVXSUHVHQWDFLyQno hubiera sido recabada por el solicitante. Artículo 149º.- Admitida la solicitud y cumplidos los UHTXLVLWRVIRUPDOHVHO0LQLVWHULRHQXQSOD]RQRPD\RUGHFLQFR  GtDVKiELOHVQRWL¿FDUiDOVROLFLWDQWHRUGHQDQGRODpublicación de un extracto de la solicitud, por una vez, en HO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQR\HQXQGLDULRGHFLUFXODFLyQnacional, según el formato proporcionado por el Ministerio. La publicación se efectuará en un plazo no mayor de GLH]  GtDVFDOHQGDULRFRQWDGRVGHVGHODQRWL¿FDFLyQreferida en el primer párrafo de este artículo. Los ejemplares conteniendo las respectivas publicaciones deberán remitirse DO0LQLVWHULRHQXQSOD]RQRPD\RUDFLQFR  GtDVKiELOHVcontados a partir del vencimiento del plazo señalado para la publicación. En caso de incumplimiento de alguna de ODVGLVSRVLFLRQHVGHOSUHVHQWHSiUUDIRODVROLFLWXGTXHGDUidenegada automáticamente, debiendo la Dirección de Gestión emitir el pronunciamiento correspondiente en el SOD]RPi[LPRGHFLQFR  GtDVKiELOHV Artículo 150º.- (O0LQLVWHULRGHQWURGHORVWUHLQWD  GtDV hábiles siguientes a la presentación por parte del solicitante GHODSXEOLFDFLyQDTXHVHUH¿HUHHODUWtFXORSUHFHGHQWHprocederá al análisis de la solicitud. En esta etapa se SRGUiUHTXHULUDOVROLFLWDQWHODSUHVHQWDFLyQGHLQIRUPDFLyQy/o documentación adicional necesaria para emitir su SURQXQFLDPLHQWR(OUHTXHULPLHQWRGHEHUiVHUFXPSOLGRHQXQSOD]RQRPD\RUDFLQFR  GtDVKiELOHV'HFRQVLGHUDUORpertinente, el Ministerio, en razón del grado de complejidad de ODLQIRUPDFLyQ\RGRFXPHQWDFLyQUHTXHULGDSRGUiSURUURJDUdicho plazo cuando así lo haya solicitado el interesado. 7UDQVFXUULGRHOSOD]RDTXHVHUH¿HUHHOSiUUDIRDQWHULRU GHKDEHUVHRWRUJDGRVLQTXHHOVROLFLWDQWHKD\DFXPSOLGRcon la presentación de la información y/o documentación UHTXHULGDOD'LUHFFLyQGH*HVWLyQGHFODUDUiHODEDQGRQRdel procedimiento iniciado. Artículo 151º.- &RQFOXLGRHOSOD]R¿MDGRHQHOSULPHU párrafo del artículo precedente, el órgano competente del Ministerio emitirá el informe respectivo recomendando se otorgue o deniegue la concesión solicitada. De considerarse procedente la solicitud de concesión, el órgano competente del Ministerio remitirá los actuados con los correspondientes proyectos de resolución de otorgamiento de concesión y de contrato de concesión a OD2¿FLQD*HQHUDOGH$VHVRUtD-XUtGLFDSDUDVXYLVDFLyQla cual deberá pronunciarse dentro de un plazo máximo de FLQFR  GtDVKiELOHVHOHYDQGRORVDFWXDGRVDO'HVSDFKRdel Viceministro de Comunicaciones. Con la conformidad del Viceministro de Comunicaciones VHHOHYDUiORVDFWXDGRVDO7LWXODUGHO0LQLVWHULRTXLHQGHFRQVLGHUDUORSURFHGHQWHHPLWLUiODUHVROXFLyQFRUUHVSRQGLHQWHobservándose el plazo para el otorgamiento de la concesión establecido en el artículo 153º. Artículo 152º.- Si la Dirección de Gestión considera improcedente la solicitud de concesión, emitirá el informe QHJDWLYR\PHGLDQWHUHVROXFLyQGLUHFWRUDOVHGHQHJDUiODsolicitud de otorgamiento de concesión. Artículo 153º.- El plazo para el otorgamiento de FRQFHVLRQHVHVGHFLQFXHQWD  GtDVKiELOHVFRPSXWDGRVD SDUWLU GH TXH OD VROLFLWXG HV DGPLWLGD FRQIRUPH D ORdispuesto en el artículo 148º. El cómputo de los plazos precitados, se suspenderá cuando: (VWpSHQGLHQWHGHFXPSOLPLHQWRDOJ~QUHTXHULPLHQWR efectuado al solicitante. 2. Se efectúen observaciones a la solicitud de concesión DTXHVHUH¿HUHHODUWtFXORž /DVVXVSHQVLRQHVTXHVHSURGX]FDQHQDSOLFDFLyQGH HVWHDUWtFXORQRVREUHSDVDUiQORVSOD]RVPi[LPRV¿MDGRVpara el otorgamiento de la concesión. Artículo 154º.- &RQWUDODVUHVROXFLRQHVTXHVHH[SLGDQ conforme a los artículos precedentes, podrán interponerse ORV UHFXUVRV DGPLQLVWUDWLYRV TXH FRQWHPSOD OD /H\ GHOProcedimiento Administrativo General. Artículo 154-A.- El pago por derecho de concesión es único para la prestación de todos los servicios.PROYECTO